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Demanda Mercantil Ejecitivo.


Enviado por   •  16 de Enero de 2017  •  Documentos de Investigación  •  1.525 Palabras (7 Páginas)  •  336 Visitas

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C. JUEZ DE LO MERCANTIL EN

TURNO DEL PRIMER PARTIDO

JUDICIAL EN EL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE.

NETZAHUALCÓYOTL MEDRANO GARCÍA y MARÍA DOLORES NÁPOLES ZARATE, mexicanos, solteros,  mayores de edad, originarios  y vecinos de esta Ciudad señalando como domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones la finca marcada con el numero -*-------------------------------------------------------- Jalisco, conforme al artículo 1069 del Código de Comercio, con el debido respeto ante Usted comparezco para

EXPONER:

Que comparecemos con en nuestro carácter de Endosatarios en Procuración misma personalidad que acreditamos con los endosos al reverso de los documentos base de la acción, a nuestro favor por parte del JORGE ISRAEL RAMÍREZ SEGURA, que por medio de este escrito vengo a demandar en la Vía Ejecutiva Mercantil ejercitando la ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA en contra de la C. ANDREA MICHELLE NAOMI ROMERO GARCIA en calidad de Acreditada y Deudor Principal, quien tiene su domicilio en la finca marcada con el número 131 de la calle Azucena en la Colonia López Mateos en Tlaquepaque Jalisco, reclamándoles el pago y cumplimiento de las siguientes:

PRESTACIONES:

  1. Por el pago de la cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 moneda nacional) como suerte principal.

    B) Por el pago de los intereses moratorios pactados en los documentos a razón del 10%  por ciento mensual sobre las cantidades que se le reclaman en las prestaciones anteriores, desde que incumplió y que desde entonces constituyo en mora hasta la total solución del presente asunto.

    C) Por el pago de honorarios gastos y costas judiciales  que se originen con la tramitación del presente juicio y que serán cuantificadas en la etapa de ejecución de sentencia en forma incidental.

Para la procedencia de esta demanda hago de su conocimiento de su señoría el siguiente capítulo de hechos y consideraciones de derechos;


HECHOS:

1.- Con fecha 03 tres de agosto del año 2014 dos mil catorce, el C. ANDREA MICHELLE NAOMI ROMERO GARCIA, suscribió 1 uno Título de Crédito de los llamados Pagares, a favor del C. JORGE ISRAEL RAMÍREZ SEGURA por una cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) con fecha de expedición el día 3 tres de agosto del 2014 dos mil catorce, con una fecha de vencimiento del 3 tres de agosto del 2015 dos mil quince, importe del pagare valioso por la cantidad antes citada, lo cual es la suerte principal que se reclama.

Y en caso de mora se estableció un interés convencional a razón del 10 % por ciento mensual.

2.- Una vez llegado el vencimiento del mismo documento el C. JORGE ISRAEL RAMÍREZ SEGURA, se presentó en varias ocasiones en el domicilio del ahora demandado C. ANDREA MICHELLE NAOMI ROMERO GARCIA, con el objeto de que dicho documentos le fuera pagado por la misma que lo había aceptado, pero este se negó a hacerlo en reiteradas ocasiones.

3.- Es el caso que de múltiples gestiones extrajudiciales que se han hecho al deudor y hoy  demandado, y no ha sido posible lograr su cobro, como lo acredito con los documentos ya que se encuentran aún en nuestro dominio y se exhiben como fundatorios de la acción.

4.- Por lo anterior, dicho documento nos ha sido endosado para su cobro judicial con todas las consecuencias inherentes al mismo. A lo que tengo a bien ahora ofrecer el siguiente capítulo de

PRUEBAS:

Al fin de justificar la procedencia de la acción y los hechos que constituyen la demanda, se ofrecen los siguientes medios de prueba y convicción, en los términos de los artículos 1198, 1205, 1401 y relativos del Código de Comercio en vigor.

En éste mismo escrito ofrezco las pruebas que como parte actora me corresponde, en tiempo y forma legal, ya que es la etapa procesal oportuna para hacerlo de las cuales ofrezco las siguientes:

A).- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el documento denominado pagare, que sirven en el presente juicio como documento fundatorio de mi acción y que a continuación se detallan:

1.- Título de Crédito de los llamados Pagares, a favor del C. JORGE ISRAEL RAMÍREZ SEGURA por una cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) con fecha de expedición el día 3 tres de agosto del 2014 dos mil catorce, con una fecha de vencimiento del 3 tres de agosto del 2015 dos mil quince, del importe del pagare, lo cual es la suerte principal que se reclama.

El documento fue aceptado por la ahora demandada C. ANDREA MICHELLE NAOMI ROMERO GARCIA, como deudor principal, a favor del C. JORGE ISRAEL RAMÍREZ SEGURA, en caso de mora se estableció un interés convencional a razón del 10 % por ciento mensual.

Estas probanzas se ofrecen como prueba pre constituida que demuestran el adeudo y se relaciona con todos y cada uno de los hechos de mí escrito de demanda.

B).- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todo lo actuado y lo que se actuara en el presente juicio y que beneficie de igual forma los intereses que represento con fundamento en el artículo 1237 y demás relativos del Código de Comercio en vigor.

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