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Derecho A La Igualdad Entre Hombres Y Mujeres


Enviado por   •  1 de Abril de 2014  •  1.617 Palabras (7 Páginas)  •  1.451 Visitas

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EL DERECHO A LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES

La autora Alda Facio hace un comentario acerca de la igualdad entre hombres y mujeres enfocada en la responsabilidad del estado de asegurar a todas las mujeres el goce de sus derechos humanos en igualdad con los hombres; aborda el concepto de igualdad concebido desde el pensamiento político clásico que la define como un hecho y no como un valor, y tomándolo en cuenta recalca que a las personas que sufren desigualdad y discriminación se les exige demostrar que son “iguales”; a los hombres que ya gozan de los derechos que las mujeres buscamos, y por ello se interpretan las luchas de mujeres, como lucha por ser igual a los hombres.

Señala que desde la perspectiva de los Derechos humanos, la igualdad no se refiere a la semejanza de capacidades y meritos o a cualidades físicas, sino a un derecho autónomo el cual se presenta en la casi totalidad de instrumentos legales de derechos humanos como un deber ser; es decir la igualdad introducida por la doctrina de los derechos humanos no es un hecho sino un valor establecido ante el reconocimiento de la diversidad humana.

En la lucha de las mujeres por la igualdad, encontramos personas que se oponen a un trato diferenciado entre hombres y mujeres, estas personas confunden la igualdad con la semejanza o similitud; lo que en sí buscan estos movimientos de lucha por la igualdad de la mujer es el reconocimiento de la ciudadanía plena, es decir, no buscan ser idénticas a los hombres, sino todo lo contrario, buscan diferenciar lo que anteriormente se entendía por “ser humano” (pues durante milenios de años muchos juristas y teólogos cuestionaban la pertenencia de la mujer a la especie humana) era sinónimo de hombre; en síntesis buscan la pertenencia de la mujer a la especie humana, condición ya alcanzada por la mayoría de los hombres.

En la larga y continua lucha que durante años han librado las mujeres contra muchos opositores como los usos, las costumbres, los pensadores, la iglesia, etc., por lograr la igualdad, encontramos al estado, al que se le exige que cumpla con sus obligaciones legales para garantizar la igualdad, recordando que el estado no cumple con su obligación mediante el otorgamiento a las mujeres de los derechos que ya gozan los hombres; sino que se le exige que se involucre activamente eliminando todas las formas de discriminación hacia la mujer, lo que conlleva tres principios: 1.- no discriminación; 2.- responsabilidad estatal, e, 3.- igualdad de resultados. Nosotros nos referiremos únicamente al segundo principio.

IGUALDAD COMO RESPONSABILIDAD ESTATAL.

Los derechos humanos generan tres niveles de obligaciones para el estado: 1.- respeto, pues el derecho a la igualdad no es una excepción, el estado tiene el deber de reconocerlo en su legislación y más aun si es un estado parte de la Convención Americana de los Derechos Humanos; 2.- protección, debe promulgar leyes y crear mecanismos para prevenir o denunciar su violación, y, 3.- garantía o cumplimiento, es decir, adoptar las medidas necesarias para crear las instituciones, los procedimientos y la distribución de recursos que permitan el goce de ese derecho, como la ratificación de los convenios internacionales y la rendición de cuentas ante sus poblaciones y la comunidad internacional.

El derecho a la igualdad desde la perspectiva de los derechos humanos, no se encuentra sujeto a la realización progresiva ni a la disponibilidad de recursos, crea obligaciones de efecto inmediato, es decir, el estado tiene la obligación de adoptar medidas concretas y encaminadas a la realización de todos los derechos para todas y todos; sin embargo existen razones por las cuales, aun a pesar de tantos tratados que garantizan la igualdad entre hombres y mujeres, entre los que podemos encontrar la falta de voluntad política, las concepciones religiosas, las costumbres y tradiciones misóginas que engrandecen la superioridad del sexo masculino, los estereotipos sexuales que tienden a mantener la inferioridad de los roles femeninos, entre muchos más, por los que aun en nuestros días no se ha podido eliminar la discriminación sexual; a pesar de todos los avances y beneficios que hemos obtenido, resulta necesaria, la creación de doctrinas tendientes a la eliminación de todas las formas de discriminación existentes, como la (CEDAW, por sus siglas en ingles) Convención Sobre la eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, en la que se combinan la igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación contra mujeres y el principio de responsabilidad estatal, y no se conforma con imponer una obligación general a los estados de reconocer: la igualdad entre hombres y mujeres ante la Ley, la capacidad jurídica y oportunidades para el ejercicio de esa capacidad, además detalla dichas obligaciones en relación con una serie de derechos humanos para lograr esa igualdad, y define la prohibición de la discriminación de forma detallada y extensa; entre las obligaciones impuestas a los estados encontramos

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