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Derecho Civil


Enviado por   •  30 de Mayo de 2014  •  415 Palabras (2 Páginas)  •  219 Visitas

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El Código de 1931 sufrió diversas modificaciones, entre otras, en las siguientes materias:

✓ Condena condicional;

✓ Delincuencia de menores;

✓ Vagos y malvivientes;

✓ Juegos prohibidos;

✓ Hostigamieto sexual, abuso sexual, estrupo y violación;

✓ Rapto;

✓ Golpe y otras violencias físicas simples

✓ Injurias y difamación;

✓ Delitos cometidos por comerciantes sujetos a concurso y delitos electorales y en materia de Registro Nacional de Ciudadanos.

Concluida la violenta etapa revolucionaria, y tras la emisión de una nueva Carta Magna, la Constitución de 1917, la necesidad de nuevas instituciones se reflejó en el ámbito del Derecho Penal, haciéndose patente una vez más la exigencia de crear una nueva legislación punitiva.

Fue hasta el año de 1925, cuando el Presidente en aquel entonces, Plutarco Elías Calles, designó una nueva comisión que se encargase de la revisión del anterior código y la elaboración de uno más acorde a las necesidades sociales del país. Los trabajos de la comisión terminaron en 1929; el Presidente Emilio Portes Gil promulgó el Código Penal el 30 de septiembre de 1929, el cual entró en vigor el 15 de diciembre del mismo año.

Según los propios autores del Código, entre los que destacó José Almaraz (el código de 1929 es conocido comúnmente como Código Almaraz) el ordenamiento responde a los postulados de la escuela positivista. Es uno de los primeros cuerpos de leyes que inicia la lucha consciente contra el delito a base de defensa social e individualización de sanciones.

De acuerdo con la inspiración positivista, la responsabilidad penal se basó en la responsabilidad social, misma que sin embargo, no fue establecida adecuadamente por los legisladores, al grado que la misma se contradice y opone a otros principios incluidos dentro del mismo texto legal.

El Código padecía de serios defectos de redacción, numerosas repeticiones y contradicciones, lo que dificultó su aplicación; a tal grado que apenas había sido promulgado, cuando se hacía patente la preocupación por abrogarlo y crear una nueva legislación más adecuada en su lugar. El Presidente Emilio Portes Gil nombró una nueva Comisión para la elaboración de un tercer Código Penal, que fue promulgado el 13 de agosto de 1931, por el Presidente Pascual Ortiz Rubio. Este último ordenamiento, es el que actualmente sigue vigente en materia federal. Numerosos anteproyectos elaborados en los años de 1948, 1958, 1963 y 1984 han mostrado la inquietud por realizar un nuevo ordenamiento de carácter punitivo, que se adapte más a las condiciones de la nueva época, en un país tan cambiante como el nuestro; situación, que hasta el momento por desgracia no se ha dado.

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