Derecho Internacional Público
Enviado por luisr43 • 13 de Febrero de 2013 • 1.008 Palabras (5 Páginas) • 363 Visitas
Derecho Internacional Público:
Es la rama del derecho que se encarga principalmente de solucionar los conflictos que puedan surgir entre los Estados.
Derecho Internacional Privado:
Es aquel que exclusivamente se encarga de solucionar los conflictos de leyes en el espacio (territorio), por medio de tratados, son aquellas normas que dicen como se soluciona el conflicto.La teoría de los estatutos
El problema de los conflictos de leyes en el espacio se reduce a la determinación de la autoridad territorial o extraterritorial de los diversos preceptos.
Tres tipos de solución aparecen lógicamente posibles:
a) El principio de la territorialidad absoluta
b) El de la extraterritorialidad absoluta
c) El de la territorialidad y la extraterritorialidad combinadas.
De acuerdo con el primer principio, las leyes de cada estado se aplican exclusivamente, dentro del territorio del mismo, y a todas las personas que en él se encuentren, sean nacionales o extranjeras, residentes o transeúntes. Seria en realidad la supresión del problema, pues si las leyes vigentes en su país se aplicasen solo dentro del territorio del mismo, a todas las personas, sin excepción, el conflicto de leyes no llegaría nunca a suscitarse.
La aplicación rigurosa del principio de la territorialidad implica la total incertidumbre acerca de la existencia y perduración de los derechos. “Rodenburgh observaba que si estos debían ajustarse a la ley de los lugares en que la persona podía residir, el estado del individuo cambiaria en cada viaje, lo que es absurdo.
La convicción de que el principio de la territorialidad no podía admitirse de manera absoluta, llevo a los juristas de la Edad Media a investigar cual era el mejor criterio de clasificación de los preceptos legales, en función de su ámbito espacial de vigencia. Nació así en la Escuela de los Comentaristas, la famosa teoría de los estatutos.
Bartolo se plantea, por primera vez, el problema de la vigencia espacial del derecho extranjero, y ofrece, para resolverlo, la distinción entre leyes relativas a las cosas –circa rem--, leyes concernientes a las personas –circa personam—y leyes que versan sobre las formas de los actos “distinción de la que sale luego la teoría de los estatutos personales, reales y mixtos, básica todavía en nuestro derecho internacional privado”
La palabra estatuto empleada por los juristas italianos del siglo XIV es sinónimo de ley.
Estatutos personales y reales, los primeros acompañan por todas partes al sujeto en tanto que los segundos solo tienen vigencia dentro del territorio de cada estado. Las leyes relativas a la condición jurídica de las personas como por ejemplo, las que fijan la mayoría de edad, son extraterritoriales mientras que las que atañen directamente a las cosas, por el contrario, son pura esencia territoriales.
Doctrina de Pillet
Entre las doctrinas contemporáneas acerca de los conflictos de leyes una de las más interesantes es la del jurista francés Pillet. Este autor parte del principio de que el derecho internacional privado debe tener como base el respeto de las soberanías.
El respeto de las soberanías encuentra su fundamento en normas jurídicas obligatorias para todos los Estados.
Pero, ¿en qué forma resultan
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