Derechos Humanos
Enviado por DONCOLOR11 • 4 de Noviembre de 2013 • 497 Palabras (2 Páginas) • 228 Visitas
Las comunicaciones
como un derecho humano
En varios tratados regionales e internacionales se define la libertad de expresión como un derecho humano1. El acceso a los servicios de comunicación no está identificado como un derecho humano específico por sí mismo, pero en los tratados se abordan muchas dimensiones de la comunicación, incluidas la prensa, el acceso a la información, y la influencia de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). En algunos tratados también se definen las restricciones legítimas de la comunicación.
Disposiciones sobre todos estos aspectos figuran en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966 y que forma parte de la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se estipula que “La existencia de medios de prensa y otros medios de comunicación libres y exentos de censura y de trabas es esencial en cualquier sociedad para asegurar la libertad de opinión y expresión” y que “el público tiene también el correspondiente derecho a que los medios de comunicación les proporcionen
los resultados de su actividad”. En el tratado se estipula además que existe el derecho de acceso a la información contenida en órganos públicos, independientemente del modo de almacenar dicha información o del origen de la misma.
Con respecto a las TIC en particular, en un comentario del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 2011 sobre el Pacto, éste opina que los signatarios “deberían tener en cuenta la medida en que la evolución
de las tecnologías de la información y la comunicación, como Internet y los sistemas de difusión electrónica de
la información en tecnología móvil, han cambiado sustancialmente las prácticas de la comunicación en todo el mundo. Ahora existe una red mundial en la que intercambiar ideas y opiniones, que no se basa necesariamente en la intermediación de los medios de comunicación de masas. Los Estados partes deberían tomar todas las medidas necesarias para fomentar la independencia de esos nuevos medios y asegurar el acceso a los mismos de los particulares”2.
En su Artículo 19, el tratado también deja en claro que sólo pueden imponerse restricciones a las comunicaciones de conformidad con la ley y si éstas son necesarias con miras a “respetar los derechos o la reputación de otros” o proteger la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
El Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales (RTI) contiene disposiciones relacionadas con el derecho a comunicar. En su Artículo 3.4, en particular, estipula que “A reserva de la legislación nacional, todo usuario que goce de acceso a la red internacional establecida por una administración (o una empresa privada de explotación reconocida) tendrá derecho a cursar tráfico. Se debería mantener en la mayor
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