Derechos Humanos
Enviado por perezrodriguez • 11 de Noviembre de 2013 • 710 Palabras (3 Páginas) • 208 Visitas
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR, por su sigla en inglés) es un tratado multilateral general que reconoce Derechos económicos, sociales y culturales y establece mecanismos para su protección y garantía. Fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 3 de enero de 1976. Se compromete a las partes a trabajar para la concesión de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, incluidos los derechos laborales y los derechos a la salud, la educación y un nivel de vida adecuado.
ACCIONES JUDICIALES PARA LA DEFENSA DE INTERESES COLECTIVOS O DIFUSOS.
Es un medio de impugnación judicial especial conferido a aquellos titulares de un interés supraindividual, a los fines de lograr el restablecimiento e incluso reparación del derecho objeto de protección. Dicha acción es de eminente orden público y de marcado origen Jurisprudencial, no sujeto a término para su interposición y cuyos efectos son “Erga omnes”, es decir, se extiende al grupo de personas que son partícipes del derecho restablecido.
ACCIONES JUDICIALES COLECTIVAS PARA LA EXIGIBILIDAD DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES.
Cuando se habla de estas acciones significa que ahora las personas podrán presentar denuncias individuales o colectivas ante la comunidad internacional cuando sus derechos sean violados.
“En la forma y medida en que un Estado cumpla con sus obligaciones respecto de los DESC no solamente ha de ser materia del escrutinio de los órganos de verificación del cumplimiento de las normas que los consagran y garantizan, sino que debe abarcar la participación activa de la sociedad civil en esta tarea como una condición sustancial del ejercicio de su ciudadanía”.
La Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos son los órganos encargados de vigilar el cumplimiento de los DESC por parte de los estados que ratificaron el Protocolo. En los hechos, sin embargo, son pocas las denuncias presentadas.
LOS DERECHOS SOCIALES Y CULTURALES EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CRBV).
Los derechos sociales y culturales se encuentran desarrollados en el Título III; de los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes, Capítulo V:
“De los Derechos Sociales y culturales de las Familias”. Estos derechos requieren de la adopción de medidas y la asignación de recursos, para garantizar su efectividad, la justa distribución de las riquezas, y la consecución de un nivel de bienestar para todos. Por ello, su exigibilidad tiene en parte un carácter progresivo. Sin embargo, eso no implica que esa efectividad esté exclusivamente supeditada a las decisiones y actuaciones de los poderes ejecutivo y legislativo, y que por ello no sean también derechos directamente exigibles ante los
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