Derechos Humanos
Enviado por Leon__X • 22 de Mayo de 2012 • 454 Palabras (2 Páginas) • 418 Visitas
Anotaciones derechos humanos
Marco normativo de los derechos humanos:
Atribuciones de los organismos de defensa y promoción de los derechos humanos en el ámbito nacional y local
En el subtema anterior, observaste los organismos de defensa y promoción de los derechos humanos de carácter internacional, a través de los Sistemas Universal e Interamericano y los principales organismos que los conforman.
Es importante resaltar que el Sistema Nacional de Protección de los Derechos Humanos considera dos medios para el ejercicio de acciones de defensa y protección de los derechos humanos: jurisdiccionales y no jurisdiccionales.
Atribuciones de los organismos de defensa y promoción de los derechos humanos en el ámbito nacional y local
Medios jurisdiccionales
Juicio de amparo Acción de inconstitucionalidad
• Aplica para salvaguardar los derechos humanos ante su posible violación.
• Es individual y el desarrollo del proceso está a cargo de jueces federales.
• Su fundamento legal se sustenta en los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Son procesos judiciales que determina la Suprema Corte de Justicia de la Nación con excepción de los asuntos electorales y los establecidos en el Artículo 46 de la Constitución Federal.
• Pueden ejercerla:
o Minorías parlamentarias con el 33% de sus miembros.
o El Procurador General de la República.
o Partidos políticos en asuntos electorales.
o La CNDH y sus órganos equivalentes, cuando exista una probable contradicción entre la Constitución Política de nuestro país y una norma general, ley o tratado.
• Su fundamento constitucional se sustenta en el Artículo 105 fracción II.
Atribuciones de los organismos de defensa y promoción de los derechos humanos en el ámbito nacional y local
Para configurar el sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos en nuestro
país, nos remitiremos a la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su
Artículo 102 apartado B, establece el fundamento jurídico de los organismos de derechos.
Artículo 102, apartado B
El Congreso de la Unión y las legislaturas de las
entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas
competencias, establecerán organismos de protección
de los derechos humanos que ampara el orden jurídico
mexicano, los que conocerán de quejas en contra
de actos u omisiones de naturaleza administrativa
provenientes de cualquier autoridad o servidor
público, con excepción de los del Poder Judicial de la
Federación,
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