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Derechos y justicia. Imperio de la ley


Enviado por   •  22 de Julio de 2021  •  Ensayo  •  1.646 Palabras (7 Páginas)  •  79 Visitas

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UNIVERSIDAD ESTATAL

PENÍNSULA DE SANTA ELENA

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FACULTAL DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

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CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

DOCENTE: ISAURO HONORIO DOMO MENDOZA

ASIGNATURA DE LEGISLACION LABORAL Y SOCIAL

SEMESTRTE 4 PARALELO 1

TRABAJO AUTONOMO

CHRISTIAN EDUARDO RONQUILLO AYLUARDO

La Libertad-Ecuador

2021-2022

LA LEY

El término "ley" significa una entidad legal en la que todas las partes involucradas están reguladas legalmente. El responsable de esta formación y sus representantes se rigen por la ley. Esto incluye tanto las decisiones individuales como sus acciones hacia otros ciudadanos y gobiernos. El estado de derecho significa la observancia de los principios, reglas de convivencia y leyes establecidos en la Constitución, estatutos y ordenanzas.

IMPERIO DE LA LEY

Esta ley debe tener un propósito universal si establece un marco para la convivencia igualitaria de los ciudadanos y garantiza su libertad. El carácter social omnipresente creado por las leyes que dominan todas las sociedades socava y distorsiona el verdadero significado de las leyes y los conceptos que explican.

En una sociedad libre hay una enorme diversidad de propósitos que persiguen las personas y los diferentes grupos de interés esa diversidad es legítima de eso se trata la libertad, pero también implica que el conflicto es un elemento permanente la discusión política la discrepancia la pluralidad de fines y deseos y valores son parte de la libertad pero al mismo tiempo se necesita un orden que impida la anarquía como lograr que se pueda preservar la libertad y las diferencias legítimas y al mismo tiempo mantener el orden e impedir el caos ese es el arte de gobernar palabra que viene del latín y significa pilotar el barco ese equilibrio se logra en un estado de derecho en el cual toda acción se subordina a un orden jurídico aceptado y vigente para un ambiente de respeto a las personas y al orden público.

IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY

Es un principio universal de seguido que la ley rige para la posibilidad y que no tiene bártulos retroactivos, sino en los casos en que se determinan como excepción, y que se son en las 23 reglas que constan en el Art. 7 del Código Civil y alguna orden Transitoria de la última Constitución Política del Ecuador.

EL ART. 7 DEL CÓDIGO CIVIL ECUATORIANO

con claridad nuncio que la ley no dispone fortuna para lo subsiguiente y que no tiene efectos retroactivos; y, que solamente en eliminación de una ley posterior con otra anterior, se observan las reglas de excepción.  Muchos fueron los juristas, incluido el valeroso presidente de la Corte Suprema de Justicia, que ratificaron a esos preceptos Constitucionales como faltos de pasión, hasta venir al extremo de rogar una versión del Congreso Nacional, el mismo que parcamente contestó que el ánimo de las disposiciones Constitucionales era aguado y que no había nadando que interpretar.

LEY PARA EL FUTURO

Así duela a unos, este es el elemental sentido de la irretroactividad de la ley, y el principio claro y supremo que toda Ley rige para el futuro, con pocas excepciones que se dan también en materia económica y tributaria. Si no fuese así, cada ley que se promulga, removería hasta a los muertos.

CARACTERISTICAS DE LA LEY

Características formales

La ley es el entusiasmo normativo consentido por el testículo legal competente, mediante la solicitud de creación previsto en el tomo constitucional. Nótese que se ha preferido tratar de "Órgano legislativo competente" y no de Congreso o Parlamento, para significación de identificar el grosor del que emana la ley, pues, ciertamente, el derecho emana de los denominados congresos o parlamentos, empero no todo obra con intrepidez y tonalidad de ley, necesariamente, emana de esos órganos.

Características materiales

Para inducir a la ley, se suele tratar a la crónica 1 del Código Civil que señala que: " La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por

la Constitución, manda, prohíbe o permite.". (CODIGO CIVIL, 2019, pág. ART. 1)

Si por ahínco soberana entendemos el deporte de oriente venia por noticiero de los órganos del talento público, tenemos que ésta es ejercida por todas las instituciones políticas a través de las cuales, básicamente, se manifiesta el comienzo de sainete popular (presidente de la República y Congreso Nacional, y del primero, en auténtico sentido, no emana la ley).

Si se trata de una cuestión puramente importante y se refiere a la "forma constitucional" y la revocación de la voluntad del soberano (cuestión básica ya modificada por un acuerdo legal formal), el primer artículo 1 contiene directivas (especialmente las del Parlamento) y nuestro derecho, Decisiones sobre la constitución, principios normativos, reparaciones y prohibiciones. No es un mero término legal ya que engloba diferentes tipos de derechos y acciones regulatorias.

Debemos entender que debemos implementarnos de acuerdo con el método de ejecución, el método de gestión y todos los ciudadanos. Este proceso es conocido por esta publicación que ha agregado un sistema legal. En la Declaración Oficial, las Reglas deben hacerse en base a nuestro sistema, pero en realidad se reducirá el periódico.

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