Desarrollo Sustentable
Enviado por brendy_azul • 6 de Septiembre de 2012 • 1.281 Palabras (6 Páginas) • 317 Visitas
Acuerdos de la cumbre de la Tierra de Río de Janeiro
Principio 1: Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones por el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
Principio 2: Los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, el derecho soberano de explotar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de asegurar que las actividades bajo su jurisdicción o control no causen daños causar daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas situadas fuera de los límites de la jurisdicción nacional.
Principio 3: El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.
Principio 4: Con el fin de lograr el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no puede considerarse en forma aislada.
Principio 5: Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, con el fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y atender mejor las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.
Principio 6: La situación y las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular los menos adelantados y los más vulnerables del medio ambiente, se dará especial prioridad. Las acciones internacionales en el ámbito del medio ambiente y desarrollo debería abordar también los intereses y necesidades de todos los países.
Principio 7: Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de las diferentes contribuciones a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen.
Principio 8: Para lograr el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar los patrones insostenibles de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
Principio 9: Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de la capacidad endógena para el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, adaptación, difusión y transferencia de tecnologías, incluidas las tecnologías nuevas e innovadoras.
Principio 10: Las cuestiones ambientales se manejan mejor con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre materiales y actividades peligrosos en sus comunidades, y la oportunidad de participar en los procesos de toma de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y participación del público poniendo la información a disposición. El acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, incluyendo el resarcimiento, se facilitará.
Principio 11: Los Estados deberán promulgar leyes ambientales eficaces. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por algunos países pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y económico injustificado para otros países, en particular los países en desarrollo.
Principio 12: Los Estados deberían cooperar para promover un ambiente de apoyo y sistema económico internacional abierto que conduzca al crecimiento económico y el desarrollo sostenible en todos los países, para abordar mejor los problemas de la degradación del medio ambiente. Medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción encubierta al comercio internacional. Tomar medidas unilaterales para solucionar
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