Determinacion De Oficio
Enviado por Maggiieb • 12 de Noviembre de 2013 • 1.057 Palabras (5 Páginas) • 347 Visitas
El Código Orgánico Tributario en su artículo 130 refiere, cuando la administración podrá efectuar una determinación de oficio, bien sea sobre base cierta o sobre base presuntiva, el artículo 131 establece los sistemas que aplicara la Administración para la determinación de oficio, el 132 señala los casos en los cuales la administración podrá proceder de oficio, el articulo 133 los medios para efectuar la determinación sobre base presuntiva y también cabe mencionar los artículos 134, 135 y 136.
La ley de Impuesto Sobre la Renta por su parte, indica en su artículo 94 lo siguiente:
“Cuando conforme al Código Orgánico Tributario la Administración Tributaria deba proceder a determinar de oficio el impuesto sobre base presunta utilizando indicios y presunciones, se tomaran en cuenta, entre otros elementos, los siguientes:
1.- Volumen de las transacciones efectuadas en el ejercicio o ejercicios gravables.
2.- Capital invertido
3.- Préstamos, consumos y otras cargas financieras
4.- Incrementos patrimoniales
5.- Rendimiento de Empresas similares
6.- Utilidades de otros periódicos
7.- Modo de vida del contribuyente, cuando se trate de personas naturales”
Se entiende por determinación o liquidación de la obligación tributaria al acto o conjunto de actos mediante los cuales se declara o no la existencia y cuantía de un crédito tributario.
*-La determinación de oficio (contemplada en el artículo 130 del Código Orgánico Tributario) es el acto administrativo mediante el cual el sujeto activo (el Estado) procede a determinar y cuantificar la obligación tributaria, cuando se tiene conocimiento de los siguientes casos:
a).- Cuando el Contribuyente no haya declarado.
b).- Cuando existen dudas sobre la declaración.
c).- Cuando no presente el contribuyente los libros contables.
d).- Cuando la declaración no esté debidamente respaldada por documentos de contabilidad que permitan conocer los antecedentes y el monto de las operaciones para calcular el tributo.
e).- Cuando los libros, registros y demás documentos no reflejen el patrimonio real del contribuyente.
El Artículo 131 del Código Orgánico Tributario plantea dos sistemas para la determinación de oficio por parte de la Administración Tributaria, a saber:
“1. Sobre base cierta, con apoyo en todos los elementos que permitan conocer en forma directa los hechos imponibles.
2. Sobre base presuntiva, en mérito de los elementos, hechos y circunstancias que por su vinculación o conexión con el hecho imponible permitan determinar la existencia y cuantía de la obligación tributaria”
Cabe destacar que también hay un sistema de determinación de oficio sobre base mixta la cual es realizada por la administración tributaria con la colaboración del sujeto pasivo, no obstante que el impuesto a pagar lo fija la administración.
Visto lo anterior, podemos decir que:
Se entiende por determinación de la obligación tributaria sobre base cierta, cuando se cuenta con el apoyo de los elementos que permitan conocer en forma directa los hechos generadores del tributo, entre estos elementos ciertos y directos encontramos los respectivos montos de las partidas de ingresos brutos, de costo y los de gastos, que conforman la materia gravable, para poder determinar así la base imponible.
Se entiende por determinación de la obligación tributaria sobre base presuntiva, cuando se determina a través de hechos o circunstancias, que por su vinculación o conexión normal con el hecho generador de la obligación, permitan determinar su existencia y cuantía.
El artículo 132 del Código Orgánico Tributario, señala cinco (05) casos en los cuales la Administración Tributaria pobra proceder de oficio a la determinación
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