Diplomacia Internacional I. Glosario Diplomático
Enviado por ashlymendes2020 • 21 de Septiembre de 2021 • Tarea • 1.550 Palabras (7 Páginas) • 115 Visitas
Diplomacia Internacional I.
Glosario Diplomático: [pic 1]
- A:
Academia Diplomática: es una entidad académica comprometida con la formación y preparación de altos ejecutivos que de manera multi e interdisciplinaria y a la vez competitiva y eficaz cumplan con los requerimientos de un mundo en proceso de globalización.
Agentes Diplomáticos: son las personas a las que se les inviste de la capacidad para ejercer las funciones diplomáticas actuando en nombre del Estado.
Altos Comisionados: es el nombre que reciben las embajadas de un país miembro de la otrora Mancomunidad Británica de Naciones, hoy Mancomunidad de Naciones (Commonwealth of Nations) ante otro país miembro de esta organización.
- B:
BCIE: El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), es la principal fuente de financiamiento multilateral de recursos financieros para el desarrollo de los países que conforman el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA).
Beligerante: [país, nación] Que está en guerra con otro.
Buenos Oficios: cuando un país, al advertir que existe una controversia, procura aproximar a las partes contendientes por medio de la diplomacia.
- C:
Canciller: es un funcionario que ocupa un cargo de mucha importancia. En algunos sistemas parlamentarios, el canciller es el jefe de Gobierno.
Comunicación Diplomática: Interacción entre Estados para lograr una conciliación y/o negociación.
Consultor Internacional: tiene como misión principal aportar soluciones que conduzcan al éxito en los procesos de internacionalización que emprenden muchas empresas.
- D:
Derecho Internacional: es la rama jurídica que regula las relaciones entre Estados y particulares, siempre que tengan un componente internacional, con el objetivo de evitar conflictos
Diplomacia Bilateral: es aquella en la que la relación entre países se da entre dos sujetos. Es decir, entre dos países. De ahí su nombre.
Disputa: La noción de disputa refiere al acto y la consecuencia de disputar. Este verbo, a su vez, alude a mantener una discusión, una pelea o un enfrentamiento
- E:
Embajada: es la misión diplomática de mayor categoría y, por lo tanto, la más importante. Es la representación oficial de un país en otro. Entre sus funciones, están las de velar por los intereses de su Estado, promover las relaciones y actividades de desarrollo entre ambos territorios y organizar visitas de Estado.
Embajador Itinerante: persona que es reconocida como máximo representante de una actividad en el extranjero.
Encargado de Negocios: es un funcionario diplomático de mayor jerarquía dentro de una representación diplomática, encargado interinamente de reemplazar al embajador o jefe de misión en su ausencia.
- F:
Función Diplomática: consisten principalmente en: a) representar al Estado acreditante ante el Estado receptor; b) fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones económicas, culturales y científicas entre el Estado acreditante y el Estado receptor.
Función Legal: cuando una persona pone su actividad al servicio del público, para cumplir determinada tarea, ya directamente, ya dentro del marco de una organización colectiva pública o privada.
Funcionario Gubernamental: encargado de cumplir las funciones estrictamente políticas, el Gobierno debe dirigir la política interior y exterior, para lo que cuenta con los mecanismos que le proporcionan las demás funciones que le son constitucionalmente atribuidas.
- G:
Gabinete ministerial: Conjunto de los colaboradores inmediatos de un ministro, libremente nombrados y revocados por él.
Gasto público: Es la utilización de recursos presupuestarios para la realización de actividades de interés público, de acuerdo con las autorizaciones presupuestarias. Constitucionalmente.
Gobiernos de Estados Independientes:
- H:
Habeas corpus: Procedimiento previsto para salvaguardar los derechos fundamentales de una persona, detenida ilegalmente, porque no existan motivos materiales reales o presuntos de detención, por extralimitación temporal o por incumplimiento de las formalidades previstas en la ley.
Hacienda Pública: los efectos de esta Ley, está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde al Estado o a sus organismos autónomos.
Hechos administrativos: se concretan en comportamientos materiales, es decir, en el ejercicio de una actividad física de órganos de la administrativo; pueden ser realizados con independencia de un acto administrativo anterior, o pueden ser cumplidos incluso para declarar la voluntad de la administración.
- I:
Identidad Judicial: Servicio y actividad de policía judicial que tiene por objeto la identificación de las personas, así como el tratamiento de las huellas y de los indicios.
Igualdad Soberana: Se le conoce así al efecto reconoce que todos los Estados “gozan de igualdad soberana. Tienen iguales derechos e iguales deberes y son por igual, miembros de la comunidad internacional, pese a las diferencias de orden económico, social, político o de otra índole.
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