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Divorcio.


Enviado por   •  11 de Julio de 2013  •  Examen  •  1.506 Palabras (7 Páginas)  •  365 Visitas

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DIVORCIO

El divorcio, en la actualidad, es uno de los recursos del derecho más utilizados, este consiste en sentido general en la disolución del matrimonio abordando al proceso que tiene como finalidad dicho término de la unión conyugal, teniendo como primer requisito la existencia del matrimonio.

Diferentes motivos pueden causar que se efectúe un divorcio y dependiendo de estas es el tipo de divorcio que debe ser requerido, cada una varía en su procedimiento así como en sus consecuencias.

En el presente ensayo se analizará al divorcio en sus diversas clasificaciones, como también en una breve comparación con diferentes épocas históricas logrando una apreciación con el divorcio actual.

Desde la época Romana en el derecho romano la institución del divorcio ya era admitida y reglamentada legalmente; se consideraba con dos formas distintas:

La primera llamada “Bona gratia” que en la actualidad es relativo al divorcio voluntario pues tiene el razonamiento de que “el mutuo disenso disuelve lo que el consentimiento había unido”, no se requería ninguna formalidad y surtía sus efectos por el solo acto de voluntad.

La “Repudiación” es la segunda forma, en este divorcio se requería de uno solo de los cónyuges sin ser necesario que exprese las causas, el que intentara divorciarse por medio de la repudiación necesitaba notificar al otro esposo su voluntad ante siete testigos, mediante un acta o por medio de la palabra.

En México se distinguen dos grandes sistemas de divorcio: Por separación de cuerpos y el divorcio vincular.

En el divorcio por separación de cuerpos el vínculo matrimonial perdura y sus efectos son: la separación material de los cónyuges, quienes quedan desobligados a vivir juntos lo que incluye la vida marital, siendo este sistema de divorcio el único reglado en los Códigos Civiles de 1870 y de 1884.

El 2 de diciembre de 1914 se introdujo a la ley otro sistema de divorcio llamado divorcio vincular, teniendo como principal característica la disolución del vínculo, otorgado capacidad a los cónyuges para contraer nuevas nupcias.

Dentro del sistema vincular surge una división llamados divorcio necesario y divorcio voluntario.

El divorcio previsto en el Código Civil para el Estado de Quintana Roo tiene sus causales señaladas en las fracciones I a XXV de art. 798.

Llamado divorcio administrativo es un tipo de divorcio que facilita en gran forma la disolución del matrimonio, este se obtiene a medida que los consortes acuden ante el Oficial del Registro Civil con una solicitud para que se levante un acta que dé por terminado el matrimonio. Este divorcio surge con la intención de disolver el vínculo matrimonial con toda rapidez y armonía, el art. 800 del código Civil para el Estado de Quintana Roo menciona que se puede efectuar cuando los consortes tengan más de un año de casados, ambos convengan divorciarse y sean mayores de edad, además de no tener hijos menores de edad y que han liquidado su comunidad de bienes, se puede hacer también mediante un notario público del lugar del domicilio conyugal.

En el caso de que exista la intención de divorciarse por parte de ambos cónyuges pero no llenen los requisitos señalados para el divorcio de tipo administrativo, por ser menores, tener hijos menores o bienes comunes, deberán acudir ante el juez competente para un divorcio de tipo judicial.

En el caso específico de que existan hijos menores de edad es necesario presentar ante el juez un convenio de divorcio, este documento tiene como objetivo señalar la situación que vivirán los menores involucrados durante y después del procedimiento de divorcio, se fija la persona a quien sean confiados los hijos del matrimonio, el modo de subvenir a las necesidades de los hijos, la casa que servirá de habitación a cada uno de los cónyuges, la cantidad que un cónyuge debe pagar al otro a título de alimentos durante el procedimiento, y la administración de los bienes acompañado de un inventario y un avaluó de los bienes muebles e inmuebles de la sociedad, todo esto previsto en el art. 804 del mismo código.

Generalmente el punto más difícil de llegar a un acuerdo es sobre la patria potestad, es común que un cónyuge pretenda excluir al otro de los menores, la patria potestad no es renunciable pero su perdida se envuelve en una sanción de divorcio necesario contra el cónyuge que resulta culpable; en el caso de divorcio voluntario la ley considera que no hay causa imputable a ninguno de los cónyuges pues entiende que es propia voluntad el motivo de la separación.

Al referirse el art. 804 en su segunda fracción en cuanto al modo de subvenir las necesidades de los hijos, también

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