“EL DERECHO AGRARIO: HISTORIA Y SU RELACIÓN CON LA REALIDAD.”
Enviado por Dinorah Pantoja • 11 de Abril de 2016 • Apuntes • 1.790 Palabras (8 Páginas) • 370 Visitas
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
FACULTAD DE DERECHO
DERECHO AGRARIO
“EL DERECHO AGRARIO: HISTORIA Y SU RELACIÓN CON LA REALIDAD.”
POR:
MITZI DINORAH PANTOJA PIÑA
Jueves 24 de septiembre del 2015
INTRODUCCIÓN
México es un país rico por sus aportaciones culturales al mundo, y de estas es importante para nuestra legislación, el derecho agrario, ya que su origen y organización se basa en las formas de propiedad comunal de los aztecas y mayas.
El derecho agrario es una rama relativamente moderna dentro del mundo del derecho, aunque cabe citar que la agricultura lleva más de 10.000 años acompañando al hombre, y las disputas y negociaciones por dichos temas agrarios son tan viejos como la vida misma. Esta rama del derecho está vinculada a la agricultura (los trabajos relacionados con el tratamiento del suelo, la plantación de vegetales y la transformación del medio ambiente para la satisfacción de las necesidades del ser humano). Por lo tanto, es el conjunto de las normas, los reglamentos, las leyes y las disposiciones que regulan la propiedad y organización territorial rústica y las explotaciones agrícolas.
En otras palabras, el derecho agrario es una rama del derecho que incluye las normas reguladoras de las relaciones jurídicas identificadas con la agricultura.
Actualmente, el avance de la industria y de la tecnología aplicada a la agricultura ha hecho, que en las últimas décadas, el derecho agrario cobre mayor importancia.
ANTECEDENTES DEL DERECHO AGRARIO
Época Prehispánica
Los más antiguos datos del derecho agrario en México se encuentran en la época pre-colonial. Desde entonces se ha buscado la mejor forma de hacer productiva la tierra, y es también desde entonces que se distinguen las instituciones agrarias, por ejemplo las de los aztecas; por medio de tales instituciones se puede apreciar claramente la proyección de su estructura social, ésta se formaba de nobles, sacerdotes, el ejército, del pueblo en el que había agricultores, comerciantes, artesanos y esclavos.
Las guerras fueron fuente de ingreso territorial para los aztecas; así es como se apoderaban de las tierras, y las repartía entre los más altos rangos.
Incluso los códices de estas agrupaciones como los aztecas son documentos base del derecho agrario mexicano, no sólo para su comprensión y estudio, sino como fuente general del derecho que representa un instrumento reivindicativo agrario de las comunidades indígenas.
En un principio el “derecho azteca” se fundó careciendo de órganos jurisdiccionales debidamente especializados. Entonces aquí el derecho agrario no existía como una rama del derecho por separado. La denominación que se le dio a la propiedad agraria entre los aztecas fue la siguiente:
- Tlatocalli. Ésta era la propiedad del monarca
- Pillali. Tierras de los principales nobles.
- Altepetlalli. Tierras propiedad del barrio.
- Calpulli. Tierras que se les repartieron a cada jefe de familia, para que las cultivaran y sostuvieran.
- Miltchimalli. Con éstas tierras se sostenían al ejército.
- Teotlalpan. Eran las tierras de los dioses, el producto se destinaba al mantenimiento de los gastos que originaba el culto.
El calpulli era una unidad sociopolítica, la más importante, que originalmente significó “barrio de gente conocida o linaje antiguo”, pertenecían en comunidades al núcleo de población integrante del calpulli. Las tierras del calpulli se dividían en parcelas llamadas tlamilli, cuya posesión y dominio útil se otorgaba a las familias pertenecientes al barrio. Hay que hacer notar que su explotación era individual o, mejor dicho, familiar y no colectiva.
Época Colonial
Al consumarse la caída de Tenochtitlán, la Corona española adoptó diversas medidas tendientes a organizar la vida política, económica y social de ese nuevo y enorme territorio. Al efecto, el Consejo Real de las Indias emitió diversas disposiciones para promover el mejoramiento de los indios; sin embargo, de manera paralela también autorizó la creación de otras instituciones, en primer término la encomienda, cuyo propósito era modificar las costumbres de los naturales y obtener tributos y tierras. En la época colonial los españoles probaron varias formas para hacer del campo un eje económico y productivo: la encomienda, las composiciones, los mayorazgos y la hacienda principalmente.
La Conquista representó un cambio rápido, dramático y en la mayoría de los casos violento de las formas de vida de más de un centenar de grupos étnicos distintos. A la privación del principal medio de vida, la tierra, se debe agregar la introducción de nuevos cultivos y de la ganadería, la sustitución de las antiguas deidades y fiestas y la pérdida de sus formas de vida y gobierno tradicionales
Después de la conquista los españoles se adueñaron de las mejores tierras; como las del monarca, nobles y la de los guerreros, en la época colonial la propiedad privada se estableció como la propiedad privada de los españoles, propiedad eclesiástica, propiedad de los pueblos. Pero conforme fue pasando el tiempo empezó una decadencia al grado de que terminaban en manos de la iglesia, del clero.
Época Independiente
Las diferencias existentes entre las personas propietarias de la tierra y aquellas que la trabajaban en la época colonial hacia el año 1800 se hicieron insostenibles, fundamentalmente porque el reparto de las tierras entre los propios españoles fue in equitativa.
Así mismo se comenzaron a hacer más notorias las diferencias en las clases sociales por lo cual gente como Hidalgo encabezó la rebelión en contra de la Corona Española que concluiría finalmente con la Independencia en 1810, sin embargo se planteó un nuevo problema: ¿cómo repartir la tierra? Porque no dejaron de existir los latifundios ni los mecanismos de explotación de la tierra. Esto dio pauta a la expedición de dos leyes:
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