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EL DERECHO COMO OBJETO DE CONOCIMIENTO


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2015  •  Apuntes  •  43.375 Palabras (174 Páginas)  •  629 Visitas

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UNIDAD DIDACTICA Nº 1

TITULO: EL DERECHO COMO OBJETO DE CONOCIMIENTO

El Derecho: concepto. Derecho, moral y usos sociales. Derecho objetivo y derecho subjetivo. Las ramas del Derecho: Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Civil, Derecho Comercial. El Derecho Económico.

Derecho

Concepto El derecho como concepto tiene 4 significados:

1.- El Derecho Objetivo  el derecho como norma.

        “Es el conjunto de normas jurídicas de una comunidad”. Ejemplo: Constitución Nacional, Código Civil, Código Penal.

2.- El Derecho Subjetivo  son las conductas permitidas o autorizadas.

        “Es el mismo derecho pero visto del lado del sujeto (de la persona). Son las libertades, permisos o autorizaciones que tienen las personas de acuerdo con lo que establece el derecho objetivo.” Ejemplo: libre culto, completa libertad de asociarse con fines útiles y lícitos.

3.- El Derecho Natural son los valores que surgen de la naturaleza humana y que le son revelado al hombre por la razón, son derechos universales e inmutables.

        Apuntado a una doctrina: “es el conjunto de principios con validez universal que debe estar por encima de toda norma creada”. Son derechos que se tienen por ser persona, reconocen a la dignidad humana; derecho es, para los que siguen este concepto, tener valores incorporados, y debe ser justo, la justicia es un elemento necesario para el derecho natural. Ejemplo: derecho a la dignidad humana, derecho a la vida, derecho a la libertad de expresión, a la igualdad, la justicia como valor, etc.…

4.- El Derecho Positivo → Es el derecho que crea el hombre para regular su conducta, su convivencia en un tiempo y espacio, y es válido porque lo sanciona el órgano de estado que tiene la potestad para legislar. Es el derecho vigente, el derecho como norma. Ejemplo: el Congreso es el órgano habilitado que sanciona las leyes y los jueces y los abogados son los que deben aplicar la ley.

Diferencia entre derecho y Moral:

Moral

Derecho

Son reglas de conducta humana.

Son reglas de conducta humana.

Diferencia entre lo bueno y lo malo; valora la conducta en sí misma.

El campo de la moral es la conciencia.

Diferencia entre lo justo e injusto; valora la conducta en cuanto al alcance que tenga la misma para los demás.

El campo del derecho es el de la convivencia social.

Conducta unilateral: son las distintas opciones que tiene la persona al tomar una decisión; muchas veces no se puede hacer el bien, entonces, se debe elegir lo que menos mal hace (decisiones no perfectamente buenas), hacer el mal menor. Es unilateral porque solo relaciona las acciones consigo mismos.

Bilateral: es bilateral porque regula la relación de las personas con otras personas físicas o jurídicas (la relación mía con el otro).

Es autónoma: es auto-impuesta, surge de una convicción propia, el grupo al que pertenezco me transmitió conceptos, reglas, normas que acepto y no las rechazo. Estas normas en algún momento pueden ser cambiadas por alguien del grupo.

Heterónomo: porque es impuesto desde afuera (el Estado) y lo impone el órgano que tiene la facultad de legislar.

Es incoercible: no se puede demandar el cumplimiento forzado de una norma moral, el derecho no puede opinar.

La sanción moral puede o no seguir a la violación de una norma moral, y ésta puede o no ser respetada por los individuos.

Es coercible: se puede ordenar el cumplimiento forzado de una obligación legal. Excepción: objeción de conciencia frente a determinadas conductas que dañan la conducta individual de una persona.

La norma jurídica deber ser cumplida inexorablemente, y el Estado puede llegar a la compulsión física si es necesario.

Sanción: 1.- culpa o reproche (es interna de mi o de mi grupo) 2.- la social: que puede aplicar el grupo social al que se pertenece (repudio social, menosprecio de los amigos).

Sanción: de origen legal, aplicada por los magistrados que tienen la autoridad de aplicar la ley, resolver conflictos, y aplicar sanciones o penas.

Usos sociales:

Son reglas que hacen a las buenas maneras, al decoro, la cordialidad, propias de la convivencia y educación.

Comparten con el derecho el campo de la ética y de lo social; regulan las conductas heterónomas y las referidas a la coexistencia.

Se diferencian del derecho en: los usos sociales son incoercibles y las sanciones consisten en la reprobación al trasgresor por parte de la comunidad.

Ramas del derecho:

El derecho tradicionalmente se divide en dos grandes áreas. El área de derecho público y el área del derecho privado y dentro de cada área hay distintas ramas o materias.

Teoría del interés protegido: Si se protege en primer lugar el interés de la comunidad, la norma es de derecho público. Cuando se protege en primer lugar el interés particular, la norma es de derecho privado. Ejemplo: el derecho penal es derecho público; el civil y comercial es derecho privado.

Sujeto de la relación: una norma es de derecho privado cuando regula relaciones entre particulares, y es de derecho público cuando regula relaciones entre sujetos, en los cuales uno de ellos es el Estado. De acuerdo con este criterio el derecho administrativo es derecho público (Cuando el Estado otorga una autopista en concesión por sistema de peaje está delegando sus atribuciones). El derecho comercial es siempre derecho privado. El Estado puede también actuar como particular en el derecho privado, y un ejemplo es cuando el Estado es inquilino, en este caso la relación que se establece es derecho privado.

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