EL SUFRAGIO: PARTICIPACION A TRAVES DEL VOTO
Enviado por dbzluisa • 24 de Abril de 2015 • Tesis • 3.313 Palabras (14 Páginas) • 581 Visitas
EL SUFRAGIO: PARTICIPACION A TRAVES DEL VOTO
El sufragio es el derecho político y constitucional a votar a los cargos públicos electos. En un sentido amplio, el sufragio abarca el activo, donde se determina quienes tienen derecho al votar (uso más común); y el pasivo, que se refiere a quienes y en qué condiciones tienen derecho a ser elegidos.
Históricamente, numerosos colectivos han sido excluidos del derecho a votar por muchas razones: unas veces porque sus miembros eran "súbditos" de reyes feudales y no se les consideraba hombres "libres"; otras veces porque la exclusión de la votación dependía de una política explícita claramente establecida en las leyes electorales. En unas ocasiones el derecho a votar excluía a grupos que no cumplían ciertas condiciones (exclusión de analfabetos, impuestos de capitación, etc.); en otras ocasiones a un grupo se le ha permitido votar pero el sistema electoral o las instituciones del gobierno fueron diseñados a propósito para darles menos influencia que otros grupos más favorecidos.
Se suele considerar que la legitimidad política de un gobierno democrático deriva principalmente del sufragio.
Tipos de sufragio
Sufragio universal: es en extensión un derecho a votar a todos los adultos, sin distinción de raza, sexo, creencia o posición social, económica y vertical.
Sufragio restringido: también llamado censitario, solo podían votar las personas que aparecían en un censo o lista, normalmente en función de su riqueza, propiedades inmobiliarias o nivel de tributación.
Sufragio social: es donde todos le hacían indiferencias a todos los de color prácticamente eran racistas
Es práctica habitual en la mayoría de países, que el voto solamente puedan ejercerlo quienes son considerados nacionales o ciudadanos del país. Ello supone que, dependiendo de las condiciones en que pueda obtenerse la nacionalidad -con más o menos facilidad, en un número de años de residencia, restringida a la primera generación, con filiación, etc. (véase Ius sanguinis, Ius soli como métodos de adquisición de nacionalidad)- amplios sectores de los residentes de un país pueden estar privados del derecho al voto o tenerlo restringido. El derecho de ciudadanía universal reclama la superación de la nacionalidad como espacio restringido de derechos. No obstante, en las últimas décadas se han producido avances en el reconocimiento del derecho al voto a extranjeros residentes, tales como el concepto de ciudadanía europea en el ámbito de la Unión Europea, o la firma de tratados internacionales bilaterales para reconocer recíprocamente el derecho al voto en las elecciones locales de los nacionales residentes en el otro Estado.
El sufragio femenino hace referencia al derecho de voto ejercido por las mujeres y por tanto el derecho político y constitucional a votar a los cargos públicos electos así como a ser votado. El sufragio abarca por tanto al activo, donde se determina quienes tienen derecho al ejercicio del voto como al denominado pasivo, que se refiere a quienes y en qué condiciones tienen derecho a ser elegidos.
El Sufragio como Derecho, como Deber y como Función Pública:
Algunos autores cuestionan la calificación del sufragio como un derecho, dado que aquí tiene carácter obligatorio y es un deber jurídicamente exigible: quien no concurre a votar sin causa justificada, es multado y no puede ejercer temporariamente empleos públicos. Es importante aclarar que el sufragio deja de ser obligatorio cuando se convoca a una consulta popular no vinculante; en ese caso, los ciudadanos pueden optar por no concurrir a las urnas.
Otros autores, como Sánchez Viamonte, consideran al sufragio como una función pública, lo que implica una confluencia de derechos y deberes: « Toda manifestación de voluntad individual que tiene por objeto concurrir a la formación de la voluntad colectiva, con el fin de constituir el gobierno o decidir algún problema trascendental para los intereses de la Nación, toma el nombre de sufragio ».
Según esta interpretación, la importancia del acto electoral hace que los votantes actúen como «funcionarios públicos », pues con la acción del voto contribuyen a lograr los objetivos del Estado mediante la integración del gobierno.
ARTICULO 198. Concepto del Sufragio. Sufragio es el voto que se emite en una elección política o en una consulta popular
ARTICULO 199. Clases de comicios:
a) Elecciones generales que comprenden: La elección de Presidente y Vicepresidente de la República, así como de los diputados al Congreso de la República y Corporaciones Municipales.
b) Elección de diputados a la Asamblea Nacional Constituyente.
c) Elección de diputados al Parlamento Centroamericano.
d) Consulta popular.
ARTICULO 200. De la calificación del sufragio. En la calificación del sufragio se aplicarán los siguientes sistemas:
a) Mayoría absoluta;
b) Mayoría relativa;
c) Representación proporcional de minorías
ARTICULO 201. De la mayoría absoluta. Este sistema, aplicable tan solo a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, consiste en que la planilla triunfadora deberá obtener, por lo menos, la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Si en la primera elección ninguna de las planillas obtuviere tal mayoría, deberá llevarse a cabo la segunda elección con las dos planillas que hayan alcanzado la mayor cantidad de sufragios, en un plazo no mayor de sesenta días ni menor de cuarenta y cinco y conforme a la convocatoria, en la que sólo figurarán postuladas las planillas que hayan alcanzado mayor cantidad de votos en los primeros comicios, y ganará la elección la planilla que obtenga a su favor, por lo menos, la mitad más uno de los votos válidos.
La primera elección de Presidente y Vicepresidente de la República se deberá realizar el primero o segundo domingo del mes de septiembre del año en el que se celebren las elecciones.
ARTICULO 205. De la Integración del Congreso de la República. El Congreso de la República se integra con Diputados electos en los distritos electorales y por el sistema de lista nacional, cada departamento de la República constituye un distrito electoral, con excepción del Departamento de Guatemala, en el cual el municipio del mismo nombre comprenderá el Distrito Central y los restantes municipios constituirán el Distrito Departamental de Guatemala. Cada Distrito Electoral tiene derecho a elegir un Diputado por el hecho mismo de ser distrito y a un Diputado más por cada ochenta mil habitantes.
Los Diputados electos por el sistema de lista nacional constituirán una cuarta parte del total de diputados que integran el Congreso de la República. El número total de Diputados
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