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ESBOZO DE LA TRADICION JURIDICA EN LA AMERICA LUSO-HISPÁNICA


Enviado por   •  7 de Octubre de 2019  •  Ensayo  •  1.469 Palabras (6 Páginas)  •  595 Visitas

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ENSAYO

ESBOZO DE LA TRADICION JURIDICA EN LA AMERICA LUSO-HISPÁNICA

NUBIA ESTELLA ORREGO LONDOÑO

EDWIN GABRIEL OSPINA RAMIREZ

Presentado a:

HERNAN AUGUSTO LOPEZ DUQUE

UNIVERSIDAD U DE COLOMBIA FACULTAD DE DERECHO

ASIGNATURA: HISTORIA DEL DERECHO

MEDELLIN

2019

ESBOZO DE LA TRADICION JURIDICA EN LA AMERICA LUSO-HISPÁNICA

     Durante la colonización de las naciones latinoamericanas, predomino la cultura jusfilosófica y el aparato jurídico, corporativo, patrimonialista y represivo. La independencia de América latina y el rompimiento entre España y Portugal generó las condiciones para incorporar y difundir principios de una tradición jurídica, con idealismo iusnaturalista apoyada en un pasado económico colonial-explotador.

Horizontes jurídicos en el tiempo de la conquista y de la colonización

Durante varios siglos Iberia, fue conquistada y poblada por varias etnias, con gran variedad de culturas y pluralidad en normatividad social, ante la obligación de reglamentar y garantizar la transferencia de la riqueza extraída de las colonias conquistadas, se hizo necesario un sistema jurídico especial.

Debido a la inexistencia de un derecho especifico, se buscó la legislación ya consagrada, presentada por el código de las siete partidas (1256-1265), por el ordenamiento de Alcalá de Henares (1348) por los fueros municipales y fuero real y, finalmente, por la ley de toro.  

(OTS & CAPDEQUI), Adujo que “la obra más importante del derecho histórico castellano y una de las que alcanzaron mayor difusión por la alta autoridad doctrinaria en todos los países del Occidente europeo”

La ley de toro, fue otra fuente jurídica importante en la formación histórica de algunas de las instituciones legales del pueblo ibérico.

Las fuentes principales del nuevo derecho en territorios recién descubiertos, se debe a la lucha de algunos teólogos juristas con ideas humanistas influenciados por “leyes indias” según (WOKMER). Estas Buscan atender y armonizar tres factores íntimamente relacionados entre sí: los intereses económicos, la política de lucro riqueza de los conquistadores; y la evangelización y buen trato de los individuos.

Esta normatividad fue marcada por mudanzas de reglas en los siglos XVI Y XVII, destacándose el derecho español aplicado a colonias hispánicas y por normas generales denominadas instrucciones definiendo directrices  civiles y militares, además de renovar la escolástica bajo el influjo del humanismo, el pensamiento español alcanza un notable florecimiento, tanto en el campo de las letras y de las artes, en las áreas de la teología, la filosofía, la política y la jurídica

A causa de genocidio indígena, y denuncias de religiosos y teólogos, el estado colonizador se vio en la necesidad de crear una legislación para proteger y conservar a los nativos frenando a los conquistares, consolidando “una reglamentación bastante completa y avanzada para la época” según (BRUIT) reconociendo un tratamiento humano y una relación ideal entre indios y españoles.

Aunque no se alcanzó en su  totalidad todos sus propósitos, las leyes de burgos  prepararon el camino para la llegada de las Leyes Nuevas de 1542, que no solo correspondieron a los esfuerzos y los deseos de Bartolomé de las Casas, sino, que representaron la más auténtica victoria del humanismo cristiano de la época.

Filosofía jurídica humanista y Bartolomé de las Casas

Al final de la edad media surge la filosofía jurídica humanista cuestionando la tradición escolástica y defendiendo la legislación en defensa del nuevo mundo.

El humanismo jurídico desarrollado, bajo tendencias orientadas para el estudio y la reconstrucción de los textos clásicos, hasta la que reivindicaba la libertad y autonomía del jurista en la exégesis de la ley, por tanto, ante la opinión común o interpretación más aceptada.

Aunque se reconocieron la tesis acerca del derecho indígena, el régimen de explotación no fue desterrado ya que venimos de una cultura jurídica latinoamericana es apoyada en un pasado económico colonial-explotador y en la construcción posterior de un sistema socio-político elitista, individualista y excluyente.

(TOUCHARD), defensor humanista de los indios, hablo de que no se podrán cambiar totalmente los acontecimientos a pesar de los éxitos obtenidos con las leyes nuevas, estimulo en esa época el pensamiento político y religioso de la vida intelectual de España

Surge un documento jurídico denominado Requerimiento  en 1514, oficializando la posición de los reyes Católicos  instituyendo intervención española en la india declarando guerra justificada si estos se resistiesen, estos argumentos ocasionaron repudio y una fuerte reacción humana por varios teólogos juristas quienes se sustentaban en la doctrina del derecho natural y humanismo.

Bartolomé, se opuso toda política de colonización Española del nuevo mundo siendo un incansable protector de los derechos indígenas. Influenciando una legislación más humana y protectora, luchando por garantizar los derechos de los indios.

En los siglos XVI Y XVII, además de llevarse a cabo una renovación escolástica bajo el influjo del humanismo, el pensamiento español alcanza un notable florecimiento, tanto en el campo de las letras y de las artes, en las áreas de la teología, la filosofía, la política y la jurídica.

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