ESTRUCTURA FACTICA DE LA TEORIA DEL CASO
Enviado por ehhwriogtwr • 5 de Noviembre de 2017 • Trabajo • 831 Palabras (4 Páginas) • 737 Visitas
ESTRUCTURA FACTICA DE LA TEORIA DEL CASO | MINISTERIO PUBLICO | DEFENSA |
1. ¿Cuándo? | a.- Dia 27 de septiembre del año 2008. b.- Al ser las 3:34 horas. | a.- Dia 27 de septiembre del año 2008. b.- Al ser las 3:34 horas. |
2. ¿Dónde? | Patio interior, #1759 de la calle segunda, zona centro. Condado de San Diego. | En la casa de Celia Vallejo, calle segunda. |
3. ¿Quién hizo? | El acusado, Rafael Santiago. | Rafael Santiago. |
4. ¿Qué hizo? | Privación de la libertad y violación. | Se ofreció a llevar a Laura Padilla a su casa debido al gran estado de ebriedad en el que se encontraba. Una vez estando en el patio trasero de la casa, se acostaron y comenzaron a besarse con gran intensidad. |
5. ¿A quién se lo hizo? | Contra la humanidad de Laura Padilla. | Laura Padilla. |
6. Circunstancias de:
libertad.
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7. Resultado de la acción. | Moretones en la parte superior de los brazos de Laura Padilla y desgarre de 1 cm del área anal. | |
8. Móvil de la acción (el por qué). | La acción fue realizada debido a la vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima. | Rafael se ofreció a llevar a Laura debido al alto grado de alcoholismo en el que se encontraba. |
MATERIAL VISUAL
- DIAGRAMA DE LA ESCENA DEL CRIMEN “A”.
[pic 1]
- DIAGRAMA DE LA ESCENA DEL CRIMEN “B”.
[pic 2]
- FOTOGRAFIA DE LA ESCENA DEL CRIMEN “A”.
[pic 3]
DELITO | JURIDICO PARA LA FISCALIA | JURIDICO PARA LA DEFENSA |
PRIVACION ILEGAL DE LA LIVERTAD (Código Penal Federal; art. 364).
| El día 27 de septiembre del año 2008 al ser las 3:34 a.m., se le privo de la libertad de manera violenta a Laura Padilla. Quien se encontraba vulnerable, ya que estaba bajo los efectos del alcohol. El presunto autor de la conducta a título de dolo, es Rafael Santiago. Persona imputable debido a la ejecución de los actos ya mencionados. No existe causal de justificación o atenuación alguna. | El día 27 de septiembre del año 2008 al ser las 3:34 a.m., el Sr. Rafael Santiago se ofreció a llevar a su casa a Laura Padilla, la cual accedió de manera voluntaria. |
VIOLACION (Código Penal Federal; art. 265).
| Una vez estando en el patio trasero de Celia Vallejo, el autor ya mencionado del delito anterior (privación de la libertad) efectuó fuerza física en contra de Laura Padilla, provocando que cayeran en el pasto, lugar donde ocurrió la violación. | El día 27 de septiembre del año 2008 al ser las 4:15 a.m., Rafael Santiago acompaño a Laura Padilla a casa de Celia Vallejo. Una vez llegado a su destino, Laura se percató que no tenía las llaves de la casa. Dichos hechos causaron que Laura intentara abrir la puerta trasera, lo cual concluyo en un intento fallido y dio omisión a que estos terminaran acostados en el patio, realizando actos eróticos. Principio constitucional de presunción de inocencia. Principio de la carga de la prueba. |
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