Economia de la gobernanza
Enviado por manupedrido • 5 de Noviembre de 2021 • Tesis • 8.217 Palabras (33 Páginas) • 158 Visitas
BLOQUE II. GOBERNANZA
TEMA 3. ECONOMÍA DE LA GOBERNANZA. FUNDAMENTOS TEÓRICOS BÁSICOS[1]
Esquema del capítulo
- Introducción
- Orígenes: la empresa como forma de coordinación económica alternativa al sistema de precios
- Conceptos básicos
- La lógica básica de gobernanza. Hipótesis de alineamiento eficiente
- Consideraciones de apoyo al microanálisis
- Estructura de fallas de la organización
- Gobernanza, entorno institucional e individuo
- Resumen
Lecturas propuestas
3.1 INTRODUCCIÓN
La Economía de la Gobernanza hace referencia al estudio del buen orden y los acuerdos practicables, donde el buen orden incluye tanto el orden espontáneo, es decir, un orden que funciona de manera autónoma, libre e inconsciente, como un orden intencional, es decir, un orden de tipo consciente, deliberado y decidido. Los acuerdos practicables hacen referencia a los modos factibles de organización económica. El objetivo es resolver la lógica de eficiencia económica para gestionar transacciones mediante modos de gobernanza alternativos -principalmente, mercados “spot”, varias formas de contratos a largo plazo (formas híbridas) y jerarquías (organizaciones). Esta lógica de eficiencia económica descansa en la minimización de los costes de transacción, por ello la Economía de la Gobernanza también se conoce como Economía de Costes de Transacción.
La Economía de la Gobernanza, tal y como la vamos a enfocar, es principalmente un ejercicio de orden privado bilateral, lo que significa, que las partes inmediatas a un intercambio están activamente implicadas en la provisión del buen orden y acuerdos practicables. Además, la necesidad para un ordenamiento privado varía según las reglas del juego provistas por el Estado. En este sentido, diferencias entre una situación de desorden o de confusión legal donde el Estado provee protección limitada o no confiable para la propiedad y los contratos, y una situación de legalidad donde el Estado se compromete por principios en la protección de la propiedad y el cumplimiento y ejecución de los contratos, resultan pertinentes para el análisis económico de la gobernanza.
El recurso al ordenamiento privado bajo condiciones de desorden legal es comprensible: dada la ausencia de soporte estatal, las partes no tienen otra elección más que hacer lo mejor para crear su mecanismo de gobernanza bilateral o de grupo para desarrollar intercambios que por naturaleza son problemáticos. Pero ¿de dónde surge la necesidad para un ordenamiento privado si el Estado provee un sistema de legalidad, de reglas eficaces de ejecución de contratos, tal y como es asumido por la tradición del “centralismo legal”? El ordenamiento privado aquí descansa en las limitaciones inherentes al “centralismo legal”. La mayoría de las disputas, incluyendo aquellas que, bajo las actuales reglas, podrían ser llevadas a un Tribunal, tratan de resolverse sin acudir a un foro externo al original de la disputa. Esto es así porque, en muchas circunstancias los participantes pueden desarrollar privadamente soluciones más satisfactorias a sus problemas que los profesionales de la justicia cuya actuación está dirigida por la aplicación de reglas generales emanadas de las leyes.
El resultado es que el ordenamiento privado es capital para el rendimiento de una economía, cualesquiera que sean las condiciones de legalidad. La adaptación es el problema central de la organización económica. En función de las características o atributos de las actividades (transacciones) a organizarse, la Economía de la Gobernanza se centra en la eficacia comparativa (relativa) con la que distintos modos o alternativas de gobernanza consiguen el buen orden (adaptación) durante el intervalo de implementación contractual ex post.
El objetivo de este tema es mostrar los fundamentos teóricos básicos sobre los que se edifica la Economía de la Gobernanza. En primer lugar, se muestra el origen del que arranca el estudio de la gobernanza, y que se localiza en el artículo de Ronald Coase “the nature of the firm”, publicado en 1937. A continuación, se abordan los conceptos nucleares que forman parte del universo conceptual de la Economía de la Gobernanza, en particular, los conceptos de gobernanza, adaptación, transacción, costes de transacción e interdisciplinariedad. Luego se plantea la lógica básica de la organización económica, la hipótesis de alineamiento eficiente de las transacciones. A continuación, se presta atención a una serie de consideraciones sobre las que se apoya el análisis micro analítico de la Economía de la Gobernanza referidas a los atributos comportamentales, la transformación fundamental y la ley contractual de los modos de gobernanza y que ayudan a conseguir una mayor comprensión en el modo de razonamiento desarrollado sobre la organización económica por esta disciplina. Luego, se describe la denominada “estructura de fallas de la organización” y que nos permite comprender cuáles son las principales causas que provocan fricciones en el uso del mercado como forma de organización económica, es decir, costes de transacción extraordinariamente elevados. Por último, se hace una reflexión final sobre las interacciones que se establecen entre la gobernanza (orden privado), la dimensión del entorno institucional y la dimensión individual.
3.2 ORÍGENES: LA EMPRESA COMO FORMA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA ALTERNATIVA AL SISTEMA DE PRECIOS
La Economía de la Gobernanza/Economía de Costes de Transacción encuentra sus antecedentes en las ideas desarrolladas en el trabajo de Ronald Coase “The nature of the firm”, 1937. En este trabajo, Coase ofrece una nueva visión de la naturaleza de la empresa frente a la visión que resulta de la Economía Neoclásica. La empresa para los neoclásicos es una herramienta que transforma inputs en outputs de acuerdo con un determinado proceso tecnológico (concepción tecnológica). Para Coase, la empresa es una forma de organización y coordinación de la actividad económica alternativa al mecanismo de precios -mercado-. Es decir, la empresa es una estructura de gobernanza de la actividad económica (concepción organizativa).
Coase parte de la observación de que los economistas describen habitualmente el funcionamiento del sistema económico como un sistema de intercambio de bienes y servicios en el cual las cantidades ofertadas y demandadas de un bien o servicio son reguladas/coordinadas por los precios. Es decir, si en un determinado momento se produce un exceso de oferta y, por lo tanto, un desequilibrio en el modelo oferta-demanda, los precios se reducen para recomponer el equilibrio en el mercado. De manera análoga, si hay un exceso de demanda, los precios aumentan y así se vuelve a reestablecer el equilibrio en el mercado. Sin embargo, Coase considera que esta descripción del sistema económico es incompleta, dado que existen muchas transacciones que no se coordinan a través del sistema de precios, sino que se efectúan al interior de las empresas. Así, cuando un trabajador se desplaza del departamento A al departamento B dentro de una empresa, éste no lo hace por un cambio en los precios relativos sino porque alguien le ha dado esa orden. Por lo tanto, además del instrumento de coordinación “precio” (mano invisible) también hay otro instrumento de coordinación que es el “empresario” (mano visible). Esta observación del sistema económico le lleva a plantearse por qué unas transacciones se coordinan a través de los mercados (mecanismo de precios) y otras internamente, es decir, en las empresas. Coase responde que esto es así porque el uso del mercado es costoso, es decir, los costes de obtener un bien o servicio en el mercado es más que el precio del bien, y esto hace que para determinadas transacciones sea más económico utilizar la empresa. El uso del mercado acarrea los llamados costes de transacción -concepto como veremos en el siguiente epígrafe nuclear en la Economía de la Gobernanza-. En el mercado, además de lo que pagamos por la transacción misma -el precio-, también hay que incurrir en unos costes como son, por ejemplo, costes de tiempo e información, necesitamos adquirir información sobre las características de los bienes que vamos a adquirir -la información no está libremente disponible y de manera gratuita- y tiempo para tomar decisiones. Por tanto, de acuerdo con Coase, la empresa tiene una función económica, cual es la de ahorrar en costes de transacción. Pero, si la empresa ahorra en costes de transacción, surge una pregunta: ¿por qué no coordinar todas las actividades dentro de una gran empresa? Coase responde que la integración de actividades en la empresa no está exenta de costes, la integración genera costes de gobierno o de organización interna (costes burocráticos) lo que provoca unos límites al crecimiento de la empresa. De este modo, el artículo de Coase también ofrece una respuesta al tamaño de las empresas -ley de Coase-: “una empresa detendrá su expansión cuando el coste marginal de realizar una transacción extra en su interior es igual al coste marginal de la transacción en otra empresa/mercado abierto, es decir, externalizarla”.
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