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El Positivismo


Enviado por   •  10 de Octubre de 2013  •  1.338 Palabras (6 Páginas)  •  1.083 Visitas

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INDICE

I.I Introducción

I.2 ¿Qué es el positivismo juridico?

I.3 Antecedentes del positivismo jurídico

I.4 El derecho como hecho y como norma

I.5 La justificación de las normas.

I.6 La perspectiva del ordenamiento.

I.7 Contingencia de las normas y crisis de la idea de justicia.

I.8 Como repensar la contingencia de las normas

I.9 Como resolver las controversias

I.10 Conclusión

I. 11 bibliografía.

I.I Introducción

El presente trabajo sobre el Positivismo Jurídico pretende darnos una breve reseña histórica del tema en general, así como definir el mismo en una forma precisa y sencilla, de comprensión un tanto genérica y no tan filosófica como nos la presentan los textos. Asimismo analizaremos algunos aspectos de los diferentes tipos de Positivismo que se han expuesto en el plano intelectual y sus antecedentes.

La palabra positivismo fue incluida en el lenguaje filosófico y científico por Augusto Compte para designar el movimiento intelectual que él creía haber iniciado. Según Compte el principal agente en el progreso del ser humano es su desarrollo intelectual. Nuestra inteligencia se despierta, primero, gracias al estímulo de nuestras necesidades naturales y a nuestros deseos más bastos y ordinarios; y estos durante un largo tiempo determinan casi exclusivamente la dirección en que trabajará nuestra inteligencia.

El positivismo jurídico

I.2 ¿Qué es el positivismo juridico?

Es un conjunto de normas puesta por los seres humanos, a través del Estado, mediante un procedimiento formalmente valido, con la intención o voluntad de someter la conducta humana al orden disciplinario por el acatamiento de esas normas.

El positivismo jurídico que se difunde a partir de la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX, se manifiesta en una tendencia por elaborar racional y formalmente el derecho positivo.

La idea del derecho responde aquí a una concepción formalista, centrada en la forma o manera en que debe ser realizada una acción para que sea un acto jurídico, y no en su contenido, justo o injusto, ni en su finalidad. Sólo interesa asegurar un razonamiento coherente, prescindiendo de su contenido. Es un retorno a Kant y a su normatividad y formalismo. Se produce sobre todo a través de las concepciones jurídico-filosóficas de dos de los hombres más representativos del positivismo: Rodolfo Stammler y Hans Kelsen.

El positivismo jurídico surge inspirado en el positivismo filosófico –que proyectó sobre la filosofía los métodos científicos–, al conjuro de la ideología surgida a partir de la Revolución francesa, y en coincidencia con el auge de las grandes codificaciones que pretendían asegurar los valores orden, seguridad y paz para establecer las nuevas políticas liberales.

I.3 Antecedentes del positivismo jurídico

A través de la historia esta corriente ha tenido distintas variaciones, entre los cuales se encuentran: a) Los alemanes en el siglo XIX que lo denominaban derecho positivo por posición (por los legisladores) en oposición al derecho natural; b) En el sentido de la Filosofía positiva por el francés Augusto Comte (la actitud científica, es incompatible con las actividades metafísicas y aprioristas concretándose a la experiencia sensible).

I.4 El derecho como hecho y como norma

Todo hecho social y normativo es a la vez valioso, lo que quiere decir que el Derecho se presenta también como valor. Es portador de unos valores, especialmente el valor de justicia, que intenta proyectar sobre la realidad jurídica.

En el origen de toda norma jurídica está presente siempre un juicio de valor, de tal forma que la dimensión valorativa puede considerarse como uno de los elementos originarios del Derecho. La propia existencia del Derecho positivo apunta hacia la presencia de unos principios o valores que actúan como si estuvieran situadas más allá o por encima de ese derecho positivo.

I.5 La justificación de las normas.

El punto crucial sobre el cual se juega toda teoría positivista del derecho es el de la justificación de las normas. Para una teoría del derecho se trata de un problema científicamente ineludible, en cuanto abarca la identificación misma de las normas jurídicas. En efecto, solo si se resuelve adecuadamente es posible mostrar donde se fundamenta la obligatoriedad de las normas jurídicas, y, por tanto, distinguir tales normas

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