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El nuevo Concivinato y matrimonio


Enviado por   •  9 de Octubre de 2015  •  Ensayo  •  1.779 Palabras (8 Páginas)  •  311 Visitas

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4.1.4 Concubinato

Concepto de concubinato: Es el termino que seleda a la union de dos indivivuos del mismo o diferentes sexo sin estar en un marco juridico. Para considerarse concubinato se debe pasar un año conviviendo.

  1. Antigua Roma: Se desia concibino a un joven varon que era tomado como amante y con un nivel superior a los demas esclabos.

Tambien eran las mujeres de menor condision que se unian a hombres de mejor pasision. Esta era por que se consideraban que no eran difnas para poder tener matrimanoi, porque se ganaban la vida con su trabajo.

En ocasiones algun hombre que ya abia tenido hijos en un matrimonio y perdian a su esposa, tomaban un concubinato para no exponer a sus hijos al capricho de una madrastra. En el caso de tener un hijo con el concibinato sera un hijo natural pero heredara la sexta parte de los bienes del padre.

  1. España Antigua: Sele dabe mas interes por que no les permitian mujeres legitimas a los hombres, esto podrian distraer de sus obligaciones-

LIMITES DE CONCUBINATO EN ROMA:

  1. Estaba prohibido entre las que hubieran contraido previamente justiae nuptiae con terceras partes.
  2. La prohibición se extendía a aquellos que estuvieran en los grados de parentesco no permitidos.
  3. Debia existir el libre consentimiento tanto del hombre como de la mujer y haber mediado violencia o corrupción.
  4. Sólo podia darse entre personas púberes.
  5. Estaba prohibido tener más de una concubina.

ELEMENTOS DE CONCUBINATO:

  1. Unidad: Implica que solo se puede establecerse entre un solo hombre y una sola mujer.
  2. Consentimiento: Se fundamenta en el acuerdo de voluntades en convivir juntos como pareja bajo el mismo techo, sin ningún impedimento para contraer nupcias.
  3. Perpetuidad: Deben prolongado en el tiempo, minimo dos años
  4. Formalidad: No existe ninguna formalidad, solo el acuerdo de los concubino en permanecer juntos bajo un mismo techo, y sin que ninguno tenga impedimentos para el matrimonio además tambien debe ser probado por quien lo alegue y deeclarado mediante sentencias definitivamente firme

En ocasiones se expide en la jefatura civil una constancia de convivencia la cual es meramente para efectos de adquisision de vivienda o para gazar de beneficios en los seguros, cabe señalar que son requisitos solicitados por algunos organismos, y que por la costumbre y usa se emplean para comprobar la existencia de una relacion concibinaria, debiendose destacar que el medio para comprobar dicha existencia a fines de reclamar herencia, por ejemplo, se la sentencia antes dicha.

  1. Disolubilidad: Pueden quedar disuelto por la voluntad de las partes en cualquier momento. Todo vez que interrumpan la cohabitación y por ende la permanencia.

4.1.5 Iustae Nuptiae

CONSEPTO: Iustae Nuptiae (justas nupcios). Asi denominaba los romanos el matrimonio legal.

 El antiguo derecho solia darse como cum manu que significa que sale de la patria potestad de su familia para estar en la de su esposo.

Y el derecho clasico cambio al sine mamu en el cual la mujer no perdia sus lazos con su familia.

Sin duda el fundamento legal de la familia de la Antigua Roma fue el matrimonio. Tambien se reconosieron atrás uniones(concubinato). El advinimiento del cristianismo elevo y sacraliza el matrimonio, condenando el concubinato.

4.1.5.1 Impedimentos impedientes y dirimentos

  1. La existensia de otros lazos matrimoniales.
  2. El parentesco. El limite de lo permisible varia generalmente entre tres y cuatro grados.
  3. La afinidad. Se prohibe el matrimonio  entre afines en linea recta y según le apoca – los grandos variaron entre tres y cuatro-.
  4. La diferencia en el rango social.
  5. La existencia de relaciones de tutela o curatela, entre los conyuges.
  6. Extempus luctos:  Tempus luctos  limite de tiempo en que deberia la mujer viuda guardar luto por la muerte de su esposo para despues volverse a casar.
  7. El hecho de haber sido adúlteros.

Si la pareja se une y existe alguno de los impedimentos se tratara el matrimonio como concudinato.

4.1.5.2Requisitos para contraer Iustae Nuptiae

Existen 3 riquisitos para poder contraer iustea nuptiae

  1. Tener la aptitud legal (connubium). Solo la tienen los ciudadanos romanos. El matrimonio conun extranjero es considerado no juridico (iniustum), el matrimonio de esclavos es llamado contubernium

   

  • Connubium es el derecho de contraer matrimonio valido para el derecho civil, según lo dispuesto en el antiguo derecho romano.

Los hijos nacidos de podres unidos en virtud del “ ius connubium” seguian la condición del padre, siendo tambien cuidadanos; de lo contrario, lo del padre no ciudadanos, según la Ley Minica, salvo que hubiera errores, y se hubiera considerado romano a un extranjero

  • Iniustum es la union de ciudadanos y extranjeros.

  1. Ser puberos, o sea tener capacidad biologica, para engendrar y concebir; los sabiniones lo determinaban por la inspectio corporis; los proculeyanos – opinión que prevalecio-  establecieron la pubertad de las mujeres a los doce años y la de los varones a los catorce años de edad.

     

  • Inspectio corporis: Inspeccion del cuerpo humano. Inspección realizada para establecer la llegada del infante a la pubertad

  1. El consentimiento sin vicios de los contrayentes y de los padres. El matrimonio romano ya desde antes del cristianismo dio relevancia al consentimiento de los contrayentes aunque fueran alieni iuris y se perfeccionaba por el simple consentimiento y la affectio maritalis.

  • Alieni  iuris: Es un termino que deriva del latin, que en nuestro idioma podria traducirse como “sin derecho” o especificamente “bajo el derecho de otro”.

Persona que se hallan bajo el dominio, sejecion, yugo o posesion de otro.

  • Affectio Meritalis: Se trata de la voluntad de ser marido o de ser mujer. La voluntad de afecto, socorro y auxilio mutuo entre los dos conyuges durante el matrimonio.

4.1.5.3 Forma de celebracion de la Iustea Nuptiae

  1.  Por conforreatio: Ceremonia religiosa que se lleva a cabo en presancia de diez testigos y del flomen dialis; es representativo delmatrimonio entre patricos y es una prueba evidente de su conexión con la sociedad gentilicia preestatal y su carácter netamente religioso
  2. Por coemplio: Acto juridico que consiste en una venta ficticia utilizando la mancipatio.

  • Mancipatio: Es un contrato verbal  formal y solemna con el que se transmitia la propiedad de las cosas mancipables (res mancipi): los fondos rusticos y urbanos, los esclavos, los animales de tiro y carga y las servidumbres rusticas.
  1. Por usus: por la simple convivencia ininterrumpida de un año antre el hombre y la mujer. Para evitar a la manus por el usus la mujer podia ausentarse de la damus durante tres dias.

4.1.5.4 Efectos juridicos de la Iustae Nuptiae

  1. La fidelidad: Al respecto el derecho romano es mas severo con la mujer adúltera que con el adúltero.
  2. El deber reciproco de hacer vida en común.
  3. La obligación mutua de dar alimentos, según sus posibilidades y nececidades.
  4. La patria potestad en relación entre los cónyuges.
  5. La prohibición de donacion entre los cónyuges.
  6. La prohibición de ejercer acciones contra el cónyuge, sobre todo aquellos que acarrean la infamia. Sin embargo el pretor creo la actio rerum amotarun, para que uno de los cónyuges lograran la restitucion de las cosas robadas.

  • Actio Rerum Amotarun: Accion por las cosas robadas, Accion pretoria que, ante la eventualidad de un divorcio se concedia a uno de los cónyuges contra el otro, para obtener una indemnización igual a la de los bienes ocultados por el consarte.

4.1.5.5 Regimen Patrimonial de los Iustae Nuptiae

Cuando el matrimonio se lleva acabo en cun mamu, la mujer estara  incapasitada para ser titular del derecho de propiedad y los bienes de la pareja seran manejados por el marido. En cambio si el matrimonio es sine manu cada uno era propietario de susu propios bienes. Si la esposo era sui iuris era capas de hacer movimientos legales, se prevalecera el principio de separación de bienes. En caso de que tengan un acuerdo pueden formular un contrato donde formen una sociedad total o parcial.

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