El objeto del contrato. El consentimiento
Enviado por Patricia_Silla • 19 de Febrero de 2018 • Ensayo • 748 Palabras (3 Páginas) • 136 Visitas
El consentimiento:
El consentimiento es la declaración de voluntad interna que manifiesta o que tiene el propósito de contratar.
Está muy relacionado con la capacidad porque solo los capaces pueden dar el consentimiento.
Solo las personas capaces por el ordenamiento jurídico pueden prestar válidamente el consentimiento.
(Personas Físicas): La ley para contratar todos son capaces excepto cuando esta lo considere.
Menores de edad
Incapacitados
(Personas Jurídicas): Tendrán capacidad para actuar sobre la persona jurídica aquellos que los consideren representantes legales, los cuales que tienen el poder. No hay que confudir representante legal con aquella persona que pueda acudir a juicio.
El objeto del contrato:
El objeto ha de ser:
Posible: No pueden ser objeto del contrato según el art. 1272 las cosas o servicios imposibles
Lícito
Determinado: aprender o conocer a saber que tipo de contrato está obligado. Según el art. 1273 el objeto del contrato debe ser una cosa determinada en cuanto al género o la especie.
La causa:
El código civil lo cita como indispensable. Aunque si tu no citas ‘’la causa’’ en un contrato, también puede ser válida. La causa puede ser definida de varias maneras, existe la causa de la obligación. La causa de los contratos: honerosos , remuneratorios, gratuitos. Es cierto que muchas veces la causa es el negocio, el ‘’porque’’ lo hemos elaborado.
La forma:
Es la manera de exteriorizar la voluntad de los contratantes. De que manera las partes de un contrato manifiestan su voluntad: forma expresa, tácita, escrita, verbal. Es el medio concreto en que el ordenamiento jurídico o voluntad de las partes exigen para manifestar su voluntad.
Claridad, que este formalizado.
Previene a las partes sobre futuros riesgos
De cara a terceros es importante porque la forma facilita la publicidad y conocimiento.
La forma ad solemnitatem:
Forma consustancial a la validez de ese contrato. Presupuesto de la validez de los contratos
La forma ad probationem
Nos sirve para probar su existencia.
Art. 1278 el código civil establece la libertad de forma.
Existen muchos tipos de contrato que deben estar registrados por escritura pública (constar en documento publico)
Matrimonio
Transmisiones de bienes
Transmisiones de usufructo sobre bienes inmuebles
Eficacia o Ineficacia
Tenemos que señalar en que consiste la eficacia:
Un negocio jurídico despliega los efectos que las partes que tenían previstos para él. Consecuencias que tiene un negocio jurídico y ya se habían previsto para ese tipo.
Ineficacia: Cuando no se producen esas consecuencias, deberían haberse producido unas consecuencias jurídicas y no se han dado.
Automáticas y provocadas:
Automática: sin necesidad de nada más. Por la aplicación del propio ordenamiento jurídico. Jamás válido.
Provocada: únicamente se atribuye a una parte o un sujeto la posibilidad de provocar y tiene que ver con la parte de los contratantes. Yo la provoco.
Absoluta o relativa:
Absoluta: cuando ese contrato no tiene efectos para nadie.
Relativa: cuando el contrato puede desplegar algunos efectos para algunas personas.
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