El poder: Es, finalmente, el último elemento constitutivo del Estado
Enviado por lulibalboa1 • 5 de Mayo de 2018 • Síntesis • 4.944 Palabras (20 Páginas) • 116 Visitas
El poder: Es, finalmente, el último elemento constitutivo del Estado.
En sentido amplio podemos definirlo como la capacidad de incidir en el comportamiento ajeno. La capacidad de alguien- una persona o un grupo- para imponer sus decisiones en el ámbito de un determinado grupo (cualquiera sea su envergadura, desde una familia hasta toda la población del Estado). Más precisamente, el poder estatal consiste en la potencia que tiene el Estado en orden al direccionamiento de una sociedad para el cumplimiento de los fines del Estado, pudiendo incluso acudir al uso de la coacción.
Es una potencia que debe ser puesta en acto lo cual compete a la los gobernantes cuya actividad se imputa al Estado que como persona jurídica es representada por el gobierno.
En el seno de una sociedad actúan diversas formas del poder (poder económico, religioso, social, comunicacional, etc.) y también históricamente, en las distintas formas de organización que se dieron los hombres, ha existido un poder que actuaba sobre el territorio y la población pero qué es lo que hace del poder un elemento constitutivo del Estado?: unidad e independencia de otros poderes, así como su objetividad y racionalidad.
En cuanto a la unidad: el poder estatal es único en oposición al fraccionamiento del poder en el marco del feudalismo en el que el poder terrenal estaba distribuido entre los señores feudales e incluso la Iglesia. Ya hemos explicado que por ej. cuando un monarca iba a la guerra necesitaba el concurso, el apoyo con dinero y tropas de los señores feudales.
Decimos que el poder estatal es independiente: Porque el poder estatal en la modernidad y la formación de las monarquías absolutas se independiza de la Iglesia (aun cuando esta le sirviera para justificar su origen) y de los otros poderes (económico, social): se independiza de los señores feudales, que se convierten en cortesanos, por debajo del rey.
A partir de allí, el poder estatal se afirma como superior respecto de los demás poderes que se desenvuelven en la sociedad y al mismo tiempo es de carácter global pues todos los habitantes y todo el territorio están sometidos a ese poder único e irresistible (es decir con capacidad de imponer sus decisiones mediando la coacción) siendo el único poder habilitado incluso por los destinatarios del poder para imponer sus decisiones coactivamente. Consecuentemente estamos en presencia de un poder legítimo. La legitimidad, más allá de los distintos sentidos que se la fue dando a lo largo de la historio, importa, supone el consentimiento y aceptación por la población, respecto de quién manda y de su derecho a mandar, a ejercer el poder.
El tema de la legitimidad se plantea a partir de la formación del Estado, pues antiguamente, el poder era aceptado como un fenómeno evidente y natural. En cambio, con el ingreso a la modernidad, se hace necesario justificar el poder, hay una necesidad de justificar el poder y la obediencia al poder.
Esto ya se observa con el absolutismo monárquico que es la primera manifestación del poder estatal; en ese contexto se va abriendo un proceso de objetivación y racionalización del poder. EL poder era inherente, propio del monarca que encarnaba la máxima expresión del poder (era el soberano) no estando sujeto a limitaciones jurídicas o a otros poderes salvo el espiritual pero que al mismo tiempo era fuente legitimadora de su poder. Pero, al hacerse más complejo el manejo del gobierno, el monarca comienza a delegar funciones en distintos organismos y consejos que actúan en su nombre pero que lentamente van adquiriendo autonomía en su funcionamiento con lo cual se avanza en la racionalización e institucionalización del poder que se pone por encima de los hombres, de los detentadores del poder, separándose el poder del Estado de las personas que lo ejercen.
Este proceso de objetivación y racionalización alcanza su mayor expresión con el constitucionalismo y la configuración del Estado de Derecho que implica el sometimiento de las personas pero también del poder al derecho que ya no es subjetivo sino objetivo, que ya no es arbitrario sino racional.
Legitimidad del poder: Esto entonces nos lleva a la legitimidad del poder estatal, cuestión que se plantea a partir de la formación del Estado moderno pues antes, en las formas de organización política anteriores, el poder era aceptado como un fenómeno evidente y natural. En cambio, con la formación del Estado y el ingreso en la modernidad, se torna necesario justificar el poder y la obediencia al poder.
En el marco del absolutismo monárquico (que encarna la primera manifestación histórica del Estado) se inaugura un proceso que tiende a la objetivación y racionalización del poder. El poder aparece como inherente al monarca que es el soberano, no sujeto a limitaciones jurídicas ni a otros poderes (salvo al espiritual pero que en simultáneo es fuente de su legitimidad) pero, en la medida que se torna más complejo el manejo de los asuntos del Estado, el rey comienza a delegar funciones en distintos órganos y consejos que actúan en su nombre pero que paulatinamente, van adquiriendo autonomía en su funcionamiento; de esta forma se avanza en la institucionalización del poder que se pone por encima, se separa de las personas que lo ejercercen.
Este proceso de objetivación y racionalización alcanza su mayor grado de expresión con el advenimiento del movimiento constitucionalista y la configuración del Estado de Derecho (que sujeta también al poder al derecho) y que ya no es subjetivo sino objetivo, no es arbitrario sino racional.
Legitimidad de origen y de ejercicio del poder:
Hemos mencionado la legitimidad y dijimos que ella moderanmente implica, el consentimiento, la aceptación para quien manda y el reconocimiento de su derecho el poder. Toda autoridad necesita la investir de legitimidad su propio origen y sus actos para sostenerse pues no le alcanza solo con la fuerza; esto nos lleva al tema de la legitimación de origen y la legitimación de ejercicio.
La legitimidad de origen, hace al título del gobernante, y eso depende del ordenamiento jurídico positivo de cada Estado; la legitimidad de origen refiere a cómo los detentadores del poder han accedido a ese ejercicio; es decir, fundados o basados en qué orden normativo, sea por elección, por sucesión, por nombramiento, por sorteo, etc. Ej: Así, Isabel II accedió al trono de Inglaterra por vía sucesoria –a la muerte de su padre Jorge VI- según las reglas constitucionales inglesas y lo mismo sucederá a su muerte (o abdicación) a favor de su hijo Carlos o de su nieto Guillermo. El rey Juan Carlos de Borbón, accedió al trono de acuerdo a la ley de sucesión (aprobada en España en 1947) durante el régimen franquista, abriendo cause a la restauración de la monarquía. Luego, su hijo Felipe VI, lo sucedió por abdicación, todo en el marco de la Constitución y las leyes de España; un ministro o secretario de Estado, tendrá un acceso legítimo a su cargo, cuando es nombrado según las reglas constitucionales y legales del Estado.; en nuestro país, el acceso legítimo al ejercicio de las funciones estatales- ej. la presidencia y vicepresidencia de la Nación, se asienta en normas constitucionales y legales (Código Electoral Nacional) que regulan la celebración periódica de elecciones.
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