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Ensayo sobre las acciones posesorias, una de amparo posesorio y otra otra de la recuperación de la posesión, debiendo estipular sus similitudes y diferencias


Enviado por   •  21 de Enero de 2022  •  Ensayo  •  742 Palabras (3 Páginas)  •  138 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNICA DE MANABI [pic 1][pic 2]

FACULTAD DE CIENCIAS HUMANISTICAS Y SOCIALES

 

NOMBRE:

SANDY PAMELA SANCHEZ VELEZ

MATERIA:

DERECHO CIVIL

PROFESOR:

AB. JEAN ÁLAVA

TEMA:

Ensayo sobre las acciones posesorias, una del amparo posesorio y otra de la recuperación de la posesión, debiendo estipular sus similitudes y diferencias.

 

 

Ensayo sobre las acciones posesorias, una del amparo posesorio y otra de la recuperación de la posesión, debiendo estipular sus similitudes y diferencias.

 ACCIONES POSESORIAS

Art.960.- Las acciones posesorias tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes raíces o de derechos reales constituidos en ellos.

Según el código civil las acciones posesorias insiste para mantener o recuperar una cosa sobre la cual se tiene una relación del poder recordemos que las relaciones de poder son la tenencia y la posición, Entonces los actos lesivos que pueden darse contra la posesión o tenencia de una cosa son la turbación y el desapoderamiento para tutelar la posesión se ejercen estas acciones posesorias.

La turbación es básicamente una tentativa de despojo es decir es un intento de hacerse con el objeto y hay turbación cuando de los actos no resulta una exclusión absoluta del poseedor o del tenedor, y esta turbación tiene los siguientes elementos:

  • Ejecución de actos materiales.
  • Intención de despojar.
  • Sin autorización.
  • Que no se produzca desapoderamiento.

Por ejemplo supongamos que yo soy tutelar de dominio del inmueble número 24 y veo que han usurpado el inmueble número 22 y el número 23 y que se están preparando para usurpar mi terreno. Este es un típico ejemplo de turbación ya que hay un intento de hacerse con el objeto.

Por su parte el desapoderamiento es la efectiva deposición consumada y ahí desapoderamiento cuando los actos tienen el efecto de excluir absolutamente al poseedor o al tenedor. El desapoderamiento tiene también los siguientes elementos:

  • Ejecución de actos materiales.
  • Intención de despojar.
  • Sin autorización.
  • Efectivo desapoderamiento.

Por ejemplo si en el mismo caso que veríamos recién, estas personas efectivamente usurpan mi terreno y yo ya no ostento posesión del mismo es decir que ya no tengo  la posibilidad fáctica de ejecutar actos materiales sobre este inmueble.

Considerando que las acciones posesorias son la acción de despojo y la acción de manutención.

Acción de despojo: su finalidad es recuperar la tenencia la posesión de una cosa la segunda cuestión se relaciona con la legitimación activa es decir quién puede interponer una acción de despojo dado a esto podemos establecer que todo poseedor o tenedor sobre una cosa o una universalidad de hecho aunque sea vicioso puede interponer esta acción de despojo esto quiere decir por ejemplo quesillo usurpado un terreno hace ya 12 años y en el medio construido mi casa yo soy claramente un poseedor ilegitimo de mala Fe viciosa porque he tenido la posesión de este inmueble mediante la clandestinidad aún así si viniera otra persona y mediante el uso de violencia me sacara este terreno, yo podría interponer una acción de despojo ante la justicia para recuperar la posesión porque esta acción tiene por finalidad recuperar la tenencia o la posesión aunque la posesión sea viciosa. ¿A quién se dirige la acción de despojo? Se dirige contra el autor del acto lesivo, subgéneros y sucesores particulares de mala fe.

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