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Estudio del caso “Campo Algodonero”


Enviado por   •  22 de Marzo de 2020  •  Ensayo  •  1.349 Palabras (6 Páginas)  •  273 Visitas

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Nombre del estudiante:

Profesor:

Materia: Derechos Fundamentales

Nombre del trabajo: estudio del caso “Campo Algodonero”

Fecha de entrega: 04 de marzo, 2020

Campus: Lomas Verdes

Carrera: Derecho Ejecutiva

En el presente trabajo hablaremos de los derechos humanos en el caso conocido como “Campo Algodonero”. Dicho caso involucra al Estado Mexicano demandado por su falta de compromiso para dar justicia a las víctimas (3 mujeres asesinadas en Cd. Juárez, Chihuahua) y familiares, quienes acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para pedir su apoyo, y que derivó en llevar el asunto a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual falló en contra del Estado Mexicano ante las siguientes situaciones: la falta de prevención de delitos de género, pese  al pleno  conocimiento de  la existencia de un patrón     de violencia que  había  dejado  centenares  de  mujeres  y  niñas  asesinadas  a la fecha de los hechos; la falta de respuesta de las autoridades frente a la desaparición de las víctimas; la falta de debida diligencia en la investigación  de los asesinatos de las víctimas,  así  como  la  denegación  de  justicia  y  la  falta de reparación adecuada a favor de sus familiares.

El trabajo trata de manera más general en torno a los derechos humanos, que son un tema recurrente hoy en día tanto en las noticias como en debates acerca de temas jurídicos y sobre todo de aplicación de la justicia. Ofrecemos una definición de la Organización de las Naciones Unidas:

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Organización Mundial de la Salud

Los derechos humanos intrínsecos a nuestra naturaleza y sin los cuales no podríamos vivir como seres humanos. Los derechos humanos nos permiten desarrollar nuestras capacidades humanas y satisfacer diferentes necesidades, entre ellas las necesidades espirituales y sicológicas. Se basan en una exigencia cada vez mayor de las sociedades del mundo por una vida en la cual la dignidad y el valor de cada persona reciban respeto y protección por parte de las estructuras nacionales y supranacionales.

El tema se abordará bajo la perspectiva del Positivismo. El Iusnaturalismo me parece muy valioso desde la perspectiva de que los derechos más fundamentales que existen no están dados, otorgados o concedidos por nadie, sino que son connaturales a los seres humanos, independientemente de su nacionalidad o lugar de residencia, de la época en la que vivan, o de cualquier otra situación que los acompañe durante su vida, como género, preferencia sexual, ideología política, situación económica, creencia religiosa, estado de salud o edad, nivel académico, raza o cualesquiera otros que puedan esgrimirse en contra de persona alguna.

Sin embargo, en lo que se refiere a aspectos más específicos y sobre todo en lo relacionado a temas procesales, el Positivismo es quien manda en la resolución de temas como el que ahora estudiamos.

Vayamos ahora a nuestro tema en cuestión: los derechos humanos en relación con el caso “Campo Algodonero”.

El caso conocido como “Campo Algodonero” es un precedente de gran importancia en la jurisprudencia internacional, en este caso para el continente americano. En él, la Corte Interamericana de Derechos Humanos examina una situación estructural de violencia contra las mujeres basada en su género. En su sentencia, la CIDH concluye que los homicidios de las víctimas (Laura Berenice Ramos, Claudia Ivette González y Esmeralda Herrera Monreal), fueron cometidos por “razones de género”, es decir, constituyen casos de “feminicidio”, que se encuentran enmarcados dentro de un contexto social generalizado de violencia, especialmente contra las mujeres en Ciudad Juárez.

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