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Etapas De La Formación De Ley


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2013  •  641 Palabras (3 Páginas)  •  367 Visitas

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ETAPAS DE LA FORMACIÓN DE LA LEY

1. INICIATIVA: Acto formal por el cual se somete al Congreso Nacional un proyecto de ley.

Cuando es presentado por el Presidente se denomina Mensaje, y cuando es de algún parlamentario, se denomina moción. No pueden firmarlas o suscribirlas de 10 DIPUTADOS, NI MÁS DE 5 SENADORES. Puede ser entonces 1 senador o un diputado, (hasta 5 o 10 respectivamente)

La Regla general es que cualquier senador o diputado, o el Presidente de la República puedan presentar indistintamente en cualquier rama del Congreso Nacional cualquier clase de materia que sea necesario que se regule por una ley. Hay ciertas excepciones que son las siguientes, en que respecto de determinadas materias deben presentarse en una determinada rama del Congreso es decir que la Cámara de origen debe ser o el Senado o la Cámara de Diputados.

A la Cámara de Diputados debe ser la cámara de origen –es decir debe necesariamente presentarse en dicha corporación, aunque deba como todo proyecto de ley discutirse y aprobarse con posterioridad en el Senado-, respecto a la discusión sobre tributos de cualquier naturaleza, sobre los presupuestos de la administración Pública y sobre reclutamiento, solo pueden tener origen en la C. de Diputados.

Las leyes sobre amnistía e indultos generales sólo pueden tener origen en el Senado..

En cuanto a la materia, existe lo que se denomina iniciativa exclusiva del Presidente de República, es decir solo el Jefe de Estado puede proponer proyectos de ley, por ejemplo respecto a la alteración de la división política o administrativa del país o con la administración financiera o presupuestaria del Estado, Crear nuevos servicios públicos, fijar aumentar remuneraciones, pensiones, montepíos.

2. DISCUSIÓN. Conjunto de actos que tienen lugar al interior de ambas cámaras, ya sea en la Sala o Comisión.

3. APROBACIÓN: Acto por medio del cual cada rama del Congreso Nacional manifiesta su conformidad con el proyecto de ley previamente discutido.

El Presidente puede aceptar o bien rechazar las reformas propuestas, si el Congreso insiste por los 2/3 el Presidente debe promulgarlo a menos que consulte a la ciudadanía mediante plebiscito.

El Presidente de República si esta de acuerdo con las reformas constitucionales debe proceder a sancionar el proyecto de ley, pudiendo ser esta expresa o tácita.

4. SANCIÓN. Acto por el cual el Presidente da su conformidad al Proyecto de ley previamente aprobado por ambas cámaras.

Tipos: Expresa: El Presidente promulga el proyecto sin más trámite.

Tácita: Al transcurrir 30 días desde su recepción, si el Presidente no dice nada el Proyecto se entiende aprobado por el transcurso del tiempo.

Pero el Presidente también tiene otra alternativa, pues puede tener reparos en

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