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Examen IRPF


Enviado por   •  7 de Marzo de 2023  •  Examen  •  1.239 Palabras (5 Páginas)  •  43 Visitas

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Examen IRPF

Diego González Ormazábal

CASO IRREGULARES

Rendimientos del trabajo íntegros:

42.500 euros del salario.

5000 euros premio de antigüedad.

Plan de pensiones de la empresa: 1000

Plan de pensiones personal: 400

Pagos a la seguridad social trabajador: 2500

Cuota afiliación CCOO: 115

Retenciones por valor de 4700.

El rendimiento neto del trabajo personal es la suma de las retribuciones dinerarias y en especie. Las retribuciones dinerarias se compondrán del salario de forma íntegra 42.500 y la antigüedad de acuerdo al art. 18 del IRPF se trata de una renta irregular al ser de los 25 años de trabajo en la empresa y se reduce en un 30% por lo tanto: 3500. Las retribuciones en especie es el pago del plan de pensiones.

Una vez tenemos los rendimientos íntegros habrá que descontar los gastos deducibles del art 19 de la LIRPF(4.615) que son: los pagos a la seguridad social (2500) , la cuota de afiliación al sindicato (115) y un gasto deducible de 2.000 euros en concepto de otros gastos, sin justificación.

De esta forma tendremos el rendimiento neto al que si tuviéramos reducciones por cuantía del art. 20 se le descontarían, pero no hay.

CASO HABITUAL- ESTIVAL

La casa donde reside como vivienda habitual no produce rendimientos inmobiliarios ni se le imputan rentas y por lo tanto no se le deducirán gastos. Pero si puede deducir en la declaración de la renta por compra de vivienda habitual ya que cumple los requisitos de ser la vivienda habitual, que la compra es anterior al 1 de enero de 2013. El porcentaje que se puede desgravar es del 15%. Sobre un máximo de 9.040 euros anuales. La suma de los intereses y la amortización del principal es de 10.000 pero sólo podrá aplicar la deducción del 15% sobre 9.040 lo que da 1.356 euros. ATENCIÓN: Si no estuviera soltera y la hipoteca estuviera a nombre de dos titulares e hicieran la declaración por separado, la base máxima se doblaría y el ahorro máximo seria de 2.712.

El apartamento que adquirió en Alicante en 1996 por 150.000 euros, tiene un valor catastral revisado de 35.000. Sólo se alquila en los meses de verano (4 meses en total) y sólo podrá deducir los gastos proporcionalmente a los meses en los que ha producido rendimientos del capital inmobiliario. La amortización del inmueble se aplica sobre el precio de adquisición sin el precio del suelo.

Concepto

Apartamento Alicante

Ingresos Íntegros

                                        4.800

IBI

450/3                              (150)

Reparaciones y comunidad

700/3                            (233,33)

Amortización

(122.500*3%)/3           (1.125)

Rendimiento inmobiliario

3.291, 67

En los meses en los que no se encuentra arrendado, se le imputan rentas de acuerdo al art. 85 de la LIRPF. Durante los 8 meses produce:

1,1% de 35.000 entre 8: 256,67

Se aplica el 1,1 ya que el valor catastral ha sido revisado en los diez últimos años, anteriores al ejercicio de la autoliquidación.

El local que tiene arrendado produce los siguientes rendimientos:

Concepto

Local

Rendimientos

                                19.500

Renta irregular

30.000*0,7            21.000

IBI

                                 (600)

Amortización

116.000*3%         (3.480)

Rendimiento inmobiliario

36.420

Produce rendimientos el alquiler mensual y el traspaso que se considera una renta irregular por generare durante un largo periodo de tiempo y tiene un derecho de reducción del 30%.

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