FAMILIA NEORROMATICA
Enviado por susihurtado • 18 de Agosto de 2013 • 917 Palabras (4 Páginas) • 258 Visitas
CARACTERÍSTICA GENERAL.-
Tienen como base y como origen EL DERECHO ROMANO, además tienen como elementos comunes:
a) LAS FUENTES DEL DERECHO;
b) LA FINALIDAD DE LA NORMA JURÍDICA;
c) LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO,
d) EL PROCESO DE CREACIÓN DE LA NORMA;
e) LA CLASIFICACION DEL DERECHO Y LA FUNCION JUDICIAL.
I.- FUENTES FORMALES DEL DERECHO.-
1.- LA COSTUMBRE.-
Para que pueda ser considerada fuente del derecho requiere de una legitimación especial por parte del poder público:
a) Repúblicas: Tiene trascendencia en el proceso legitimador la voluntad popular reflejada en sus representantes.
b) Monarquías : El Pueblo tiene poca participación en el proceso legitimador de la costumbre como fuente del derecho.
2.- LA LEY.-
Se toma como una REGLA DE CONDUCTA establecida por una autoridad con rango de obligatoriedad. Generalmente es el resultado de un proceso legislativo, distinto en cada sistema de gobierno ; sin embargo es considerada en los países de tradición romanista como la FUENTE FUNDAMENTAL del derecho. ( SAVIGNY: La única verdadera y legítima base del derecho, las otras son complementos secundarios no indispensables.)
3.- LA JURISPRUDENCIA.-
Tiene tres acepciones:
a) Como la Ciencia del Derecho (El conocimiento de las cosas divinas y Humanas la ciencia de lo Justo y de lo injusto)
b) como el conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de los tribunales.
c) como la Interpretación de la leyes y su aplicación oportuna;
4.- LA DOCTRINA.-
Estudios que los Juristas realizan sobre el derecho encaminado a la interpretación de las normas jurídicas y a la aplicación de éstas. También se considera como el resultado de la obra del jurisconsulto, plasmada en los libros que servirán a los estudiantes de las universidades para mostrarles los principios básicos del derecho, tomándose como la base del sistema legal. Es algo así como LA VERDAD CIENTÍFICA.
II.- CLASIFICACION DEL DERECHO.-
Se debe fundamentalmente a ULPIANO quien hacía la siguiente distinción del Derecho:
a) Derecho Público: Es aquél que atañe a la conservación de la cosa romana; beneficia a la comunidad.
b) Derecho Privado: es el que concierne a la utilidad de los particulares, beneficia a los particulares.
Esta distinción fue difundida por los Glosadores y posglosadores y tuvo gran relevancia en el movimiento codificador bajo los siguientes aspectos:
a) Derecho Público: Se refiere a la organización del Estado, en cuanto a sus funciones y sus relaciones internas y frente a los particulares.
b) Derecho Privado: Solo contempla relaciones entre particulares.(RADBRUCH: “Si hay un deber que tiene su fundamento en el mandato de otra persona pertenece regularmente al DERECHO PUBLICO; los deberes JURÍDICO PRIVADOS surgen por AUTOSUMISION del obligado”).
A partir del siglo XX debido al surgimiento del Constitucionalismo Social, se incluyó como parte de esta Clasificación al DERECHO SOCIAL.- Integrado con el conjunto de prerrogativas que les son inherentes a los grupos vulnerables de la sociedad, con la finalidad de obtener para ellos el ideal de la JUSTICIA DISTRIBUTIVA. Parte
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