FORO. AMBITO JURIDICO DE LA PREVENCIÓN
Enviado por Yolanda Copete Sanchez • 17 de Octubre de 2021 • Apuntes • 1.621 Palabras (7 Páginas) • 238 Visitas
Tema 1
Día a día la ciencia y la tecnología avanzan cada vez más, la gestión de la prevención de riesgos laborales debe ir de la mano de dichos avances.
A continuación, os propongo que, en este foro, debatamos sobre cómo las nuevas tecnologías pueden mejorar la gestión de la seguridad y salud en el trabajo y cuáles son algunas de las aplicaciones prácticas que existen en la actualidad.
Hola a todos.
Antes de comentar y daros feedback, expondré mi opinión sobre cómo las nuevas tecnologías pueden mejorar la gestión de la seguridad y salud en el trabajo y cuáles son algunas de las aplicaciones prácticas que existen en la actualidad.
La gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa debe de estar integrada para todos los puestos de trabajo, en toda la etapa productiva y se ha de tener en cuenta una serie de principios y obligaciones que debe de cumplir el empresario.
Citaré para ello el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su apartado d y e:
1. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales:
d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.
De manera que es imperativo legal que el empresario tenga en cuenta la evolución de la técnica. Es un principio de aplicación de la PRL en la empresa.
Tanto en el apartado de gestión de la prevención como en la obligación de la empresa de dotar a los trabajadores de equipos de protección colectiva, individual, maquinaria, herramientas…
Y para saber como las NNTT pueden ayudar en la gestión propiamente dicha, me centraré no ya en los ejemplos que comentáis, que son magníficos, sino en ejemplos de gestión:
Aplicaciones ofimáticas, apps para gestionar y controlar la presencia de contaminantes: http://calculadores.inssbt.es/
Aplicaciones que facilitan la comunicación entre empresa y SS en la comunicación de accidentes, enfermedades… Adjunto el link: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/cpross/09cpross/!ut/p/z1/jZBND4IwDIZ_iweO0iJCxNtijF9wMIY4dzFoxsAgI9uUxF_vol5MFO2pbZ63fVtgQIHV2bUUmSllnVW23rFw73vh0IvQi2e4mCJJk1Ua-Wt_RgLYdgEYIbB_9PglyE_98hdgLxioZJIIYE1min5Z5xLosVFSa6AYvbItsK5Jj0seQIdV60VU8vB8G6kP_sguVTzniiv3omy7MKbRYwcdbNvWFVKKirtHeXbwk6SQ2gB9J2HDNTTnlN7iOZ6C6hrnpHcHIfEh4g!!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
https://delta.empleo.gob.es/Delta2Web/main/principal.jsp
Tema 2
Partiendo de las obligaciones que tienen los trabajadores en materia preventiva, según establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales:
¿Crees que, a nivel general, ha ido aumentando la concienciación de los empleados en el cumplimiento de estos deberes desde que, en 1995, entró en vigor la Ley?
¿Esto ha redundado en una reducción de la siniestralidad laboral? Qué te parece que el actual cuadro de enfermedades que establece el RD 1299/2006 no contemple ningún riesgo psicosocial?
Considero que sí, que ha aumentado la concienciación de los empreados respecto al cumplimiento de la Ley de PRL. Ésto ha hecho que disminuya la siniestralidad laboral. Pero el hecho de que no en todas las empresas se haga correctamente la formación sobre la salud y seguridad en el trabajo hace que todavía quede recorrido de mejora en este aspecto. Considero que lo más importante es que el empresario tome conciencia de lo importante que es para que se transmita ese pensamiento a los trabajadores mediante la adecuada formación y puesta en práctica de la normativa al respecto. Hoyen dia todavía oigo comentarios por parte de trabajadores que incumplen la normativa por que la consideran molesta, poco eficaz o no necesaria. Y en otrsos casos el motivo del uncimplimiento es el empresario dado que consideran que el coste es demasiado elevado.
Por ello considero que ha mejorado pero que todavía lo tiene que hacer más, para que no se den tantos casos como estos mencionados.
¿Esto ha redundado en una reducción de la siniestralidad laboral?
Como ya he comentado antes es dudoso dado que según el informe Evolución de los accidentes de trabajo en España llevado a cabo por CCOO, se destaca que Al revisar los índices de incidencia, un índice que muestra la siniestralidad relativa expresada en número de accidentes por cada 100.000 trabajadores ocupados, se aprecia un ligero descenso anual del 0,2% tanto en jornada como in itinere. En el caso de los accidentes mortales, el índice de incidencia en jornada de trabajo ha aumentado un 1%, mientras que in itinere se mantiene al mismo nivel que en 2017. También destacar que hubo un incremento de afiliados a la SS de un 3.5%. Por ello actualmente la situación parece algo estancada pese a que todo depende de cuanto atrás echemos la vista. Si realizamos un análisis desde 1996 hasta 2016, 20 años, destacamos que en 2016, ocurrieron 555.722 accidentes laborales en España, siendo una cifra muy por debajo de los 1.022.067 accidentes de 2007 pero muy por encima de los 468.030 accidentes laborales que se produjeron en 2013. En 2013 se dio la cifra más baja desde 1988, pero a partir de este año se han ido produciendo un ascenso en el número de accidentes, seguramente producidos por una reactivación en el sector de la construcción. Teniendo en cuenta que la ley es del 1995, no parece que ésta tuviera un gran impacto, también es verdad que en estos datos no se tienen en cuenta el número total de afiliados a la SS. Para realizar un análisis mejor deberíamos tener los índices de incidencia y frecuencia, más como el de gravedad. Por ello sí, si realizamos un análisis retrospectivo cabe pensar que el aumento de la concienciación de los empleados respecto al cumplimiento de la LPRL ha colaborado para reducir la siniestralidad laboral.
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