FUSIÓN DE SOCIEDADES
Enviado por Rodriguez170601 • 14 de Agosto de 2021 • Documentos de Investigación • 350 Palabras (2 Páginas) • 130 Visitas
FUSIÓN DE SOCIEDADES
Comprende la unión de una o más empresas para constituir otra diferente a ellas, así como también cuando una o más empresas menores se incorporan a una mayor, o son adquiridas por otra empresa, cabe señalar que estas empresas no se disuelven ni se liquidan sino se extinguen.
La Fusión entra en vigencia en la fecha fijada en los acuerdos de fusión, cesando las operaciones derechos y obligaciones de las empresas que se extinguen, los que son asumidos por la sociedad absorbente o incorporante.
Escritura Pública de Fusión
Debe contener:
- Los acuerdos de las juntas generales de las sociedades participantes;
- El pacto social y estatuto de la nueva sociedad o las modificaciones del pacto social y del estatuto de la sociedad absorbente
- La fecha de entrada en vigencia de la fusión
- La constancia de los avisos (03) publicados (art. 355 LGS)
- Los demás pactos que las sociedades participantes estimen conveniente.
TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDADES
La transformación constituye un medio práctico de evitar el proceso de liquidación y extinción de una sociedad para después sobre el mismo patrimonio fundar otra. El solo hecho de la Transformación no implica ningún cambio en la personería jurídica.
Las empresas que se transforman desde el punto de vista tributario pueden seguir trabajando con el mismo juego de libros o listados contables, sus representantes deben presentarse ante la administración tributaria a fin de comunicar la nueva forma de organización empresarial adoptada.
Procedimientos a seguir para la transformación
ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL: Para adoptar el acuerdo de transformación será necesario por lo menos que el acuerdo sea tomado por la mayoría absoluta de las acciones suscritas con derecho a voto
PUBLICACIONES DEL ACUERDO: el acuerdo en junta general este debe publicarse por tres veces con intervalo de 05 días cada uno.
ESCRITURA PÚBLICA Y VIGENCIA DE LA TRANSFORMACIÓN: La transformación se formaliza por escritura pública
DEL DERECHO DE SEPARACIÓN: En este caso a los accionistas disidentes se les paga sus acciones en primera instancia por el acuerdo entre el accionista y la sociedad, en caso de no haber acuerdo las acciones que se coticen en bolsa se pagan al valor ponderado medio del último semestre.
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