Ficha Jurisprudencial Sentencias de Tutela
Enviado por Laura Salamanca • 4 de Marzo de 2019 • Informe • 1.203 Palabras (5 Páginas) • 239 Visitas
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FICHA JURISPRUDENCIAL 1
INTRODUCCIÓN AL DERECHO
DOCTORA MARTHA MIRANDA
Ficha de Análisis Jurisprudencial [pic 2]
Corte Constitucional
Aspectos Generales
Magistrado Ponente | Nilson Pinilla Pinilla |
Accionante | Nicolás Peláez Salazar |
Accionado | Colegio Seminario Menor Arquidiocesano |
Número de Radicado | T-2806949 |
Fecha de la Ddecisión | 22 de Febrero de 2011 |
Tema (S) (Derechos Constitucionales que concentran la atención de la Corte) | Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad |
Subtema(S) (Hechos o condiciones más relevantes que concentran la atención de la corte) | Manuales de convivencia de las instituciones educativas |
Planteamiento del Problema Jurídico Principal
(Se debe redactar)
¿ESTA EL COLEGIO SEMINARIO MENOR ARQUIDIOCESANO VULNERANDO EL DERECHOS AL DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD DEL JOVEN NICOLÁS PELÁEZ SALAZAR? |
Breve recuento de la situación de hecho
(Sintetizar)
El joven Nicolás Peláez Salazar presento una acción de tutela en contra del Colegio Seminario Menor Arquidiocesano, para que se le brinde una solución que le permita tener el cabello como consideré conveniente y poder desarrollar libremente su personalidad, la cual se ha visto afectada por el Colegio Seminario Menor Arquidiocesano en su manual de convivencia donde se es exigido “llevar cabello corto y peinado normal, sin exageraciones, aseado y sin ninguna clase de cintas o de tintes” , manifestado que esto es conocido y aceptado por los acudientes y el estudiante al momento de matricularse es la institución y aclarando que si están inconforme con esta se encuentra en libertad de escoger otra institución. Oponiéndose así a modificar el manual de convivencia. |
Enunciación de derechos alegados por el accionante como presuntamente violados por el demandado
Libre Desarrollo de la Personalidad |
Razones por las cuales considera el demandante que la autoridad demandada amenaza o viola sus derechos
(¿Por qué demanda? – Sintetizar)
Se considera que se le amenaza o viola sus derechos al exigirle un corte de cabello en particular por parte del Colegio Seminario Menor Arquidiocesano, realizando sanciones y anotaciones por incumplir esta norma establecida en el manual de convivencia. Las cuales han generado conflictos en su núcleo familiar, asimismo invadiéndose el espacio personal y siendo acusado de formas déspota por parte de los docentes, directivos, y Coordinadores. |
Razones por las que considera el demandado que no ha violado los derechos fundamentales alegados por el demandante
(Sintetizar)
El Colegio Seminario Menor Arquidiocesano indica que si existe inconformidad con el manual de convivencia por parte del estudiante o acudientes este tiene libertad de escoger otras instituciones y no esta obligado a permanecer. Además, que el mismo garantiza que han tenido el conocimiento del contenido del manual de convivencia por parte de los padres y el estudiante al momento de firmar el contrato aceptándolo en el acto. |
Sentido de la decisión que revisa la Corte
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| Totalmente | ||
Parcialmente | ||||
|
| Totalmente | x | |
Parcialmente |
Decisión de la Corte Constitucional
La decisión de la Corte frente a la pretensión o las pretensiones es: |
| X | Totalmente | x |
Parcialmente | ||||
| Totalmente | |||
Parcialmente |
Derechos y normas constitucionales que toma en consideración la Corte para tomar su decisión
(Enunciar)
Articulos 86 y 241-9 de la Constitución 31 a 36 del Decreto 2591 de 1991 Articulo 16 de la Constitución Articulo 67 de la Constituión |
Conceptualización que hace la Corte de los derechos que analiza
(Obiter dicta – Sintetizar)
La Corte toma en cuenta el argumento del Colegio que dice que los padres de familia y estudiantes tiene claro antes de firmar la matricula tienen conocimiento del manual de convivencia y saben que este debe ser cumplido a cabilidad. Tambien toma en cuenta los “fines de la educacion” de articulo 67 de la Constitucion Politica |
Ratio decidendi principal
(Fundamento sustancial o esencial de la corte al resolver el problema jurídico planteado
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