Fisclaia Comisaria De Familia
Enviado por edinsonro • 13 de Noviembre de 2013 • 1.786 Palabras (8 Páginas) • 557 Visitas
Devuelven funciones de policía judicial a las comisarías de familia
26 de Junio 2:40 PM
Con el fin de fortalecer las investigaciones por conductas punibles en las que estén vinculados niños y adolescentes, la Fiscalía General de la Nación otorgó, por cinco años, funciones de policía judicial a las comisarías de familia, dentro de su respectiva jurisdicción.
Vale la pena recordar que estas atribuciones le fueron otorgadas a las comisarías de familia en el 2006, por el mismo periodo (Resolución 3640).
De esta forma, comisarios, sicólogos, trabajadores sociales y médicos que integren el equipo interdisciplinario de esas entidades tendrán funciones transitorias de policía judicial como recibir denuncias, realizar entrevistas e inspecciones y recaudar evidencias y elementos materiales probatorios cuyos hallazgos se efectúen como consecuencia de tales inspecciones.
La entidad aclaró que las comisarías no están facultadas para realizar estudios y análisis de laboratorio, inspección a cadáveres, interrogatorios, exhumaciones, registros y allanamientos o capturar al indiciado.
La Fiscalía General de la Nación brindará el apoyo técnico y la instrucción necesaria para el cumplimiento de las funciones de policía judicial, especialmente en el manejo de los elementos materiales proba¬torios y la evidencia física y en la apropiada aplicación del procedimiento de cadena de custodia reglamentado y adoptado por la entidad.
Comisarias en Colombia
Durante un proceso de vigilancia a las comisarías de familia del país, la Procuraduría General de la Nación advirtió que estas entidades no brindan servicios adecuados. Por esta razón, recomendó que se cree una institución de nivel nacional que consolide la acción de estos organismos, para mejorar la atención.
Así lo señala el informe Comisarías de familia, línea de base nacional, en el que el Ministerio Público analizó el trabajo de las 1.224 comisarías registradas en todo el país.
De acuerdo con el documento, el número de comisarías de familia es limitado en algunos departamentos. Amazonas, Guaviare, Vaupés, Guainía, Vichada y Arauca, por ejemplo, cuentan con menos de 10 de estos despachos.
(Fiscalía General de la Nación, Resolución 918, jun. 15/12)
Fiscalía General de la Nación
RESOLUCIÓN 918 DE 2012
(Junio 15)
“Por la cual se otorgan transitoriamente algunas funciones de policía judicial a las comisarías de familia en todo el territorio nacional”.
El Fiscal General de la Nación,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 251 numeral 5º de la Constitución Política de Colombia, modificado por el artículo 3º del Acto Legislativo 3 de 2002; el artículo 203 de la Ley 906 de 2004 y el numeral 6º del artículo 11 de la Ley 938 de 2004, y
CONSIDERANDO QUE:
La policía judicial ha sido definida como la función que cumplen las entidades del Estado para apoyar la investigación penal, y en ejercicio de las mismas dependen funcionalmente del Fiscal General de la Nación y sus delegados.
El artículo 251 de la Constitución Política, modificado por el artículo 3º del Acto Legislativo 3 de 2002, faculta al Fiscal General de la Nación para “otorgar atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de policía judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación”.
Así mismo, el artículo 203 de la Ley 906 de 2004, establece que “ejercen funciones de policía judicial, de manera transitoria, los entes públicos que, por resolución del Fiscal General de la Nación, hayan sido autorizados para ello. Estos deberán actuar conforme con las autorizaciones otorgadas y en los asuntos que hayan sido señalados en la respectiva resolución”.
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 numeral 6º de la Ley 938 de 2004 el Fiscal General de la Nación está facultado para expedir las resoluciones de que trata el artículo 203 del Código de Procedimiento Penal.
Mediante Resolución 0-3604 del 3 de noviembre de 2006, el Fiscal General de la Nación confirió facultades transitorias de policía judicial, por el término de cinco (5) años, a los comisarios de familia, psicólogos y trabajadores sociales que integran las comisarías de familia, término que a la fecha se encuentra ampliamente vencido.
Las atribuciones de policía judicial otorgadas a las comisarías de familia mediante la Resolución 3640(sic) de 2006, se confirieron bajo la vigencia del Decreto 2737 de 1989 “Código del Menor”, norma que fue derogada por el actual Código de la Infancia y la Adolescencia, regulado en la Ley 1098 del 6 de noviembre de 2006.
El actual Código de la Infancia y Adolescencia en relación con la creación, composición y funciones de las comisarías de familia, dispone:
“ART. 83.—Comisarías de familia. Son entidades distritales o municipales o intermunicipales de carácter administrativo e interdisciplinario, que forman parte del sistema nacional de bienestar familiar, cuya misión es prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la ley.
“ART. 84.—Creación, composición y reglamentación. Todos los municipios contarán al menos con una comisaría de familia según la densidad de la población y las necesidades del servicio. Su creación, composición y organización corresponde a los concejos municipales”.
“Las comisarías de familia estarán conformadas como mínimo por un abogado, quien asumirá la función de comisario, un psicólogo, un trabajador social, un médico, un secretario, en los municipios de mediana y mayor densidad de población. Las comisarías tendrán el apoyo permanente de la Policía Nacional. El Gobierno Nacional reglamentará la materia con el fin de determinar dichos municipios”.
“ART. 86.—Funciones del comisario de familia. Reglamentado por
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