Formato De Derecho De Peticion
Enviado por wesleyjaram • 19 de Mayo de 2013 • 951 Palabras (4 Páginas) • 656 Visitas
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Doctor (a)
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Secretario (a) de Educación _________________
Referencia: Derecho de Petición por Procedimiento Irregular de Retención en la Fuente.
__________________________ mayor de edad, vecino de ________________ identificado con la cedula de ciudadanía No. ______________ de __________ en mi condición de Docente de ____________ Valle, en uso del Artículo 23 de la Constitución Nacional, interpongo ante su despacho el siguiente Derecho de Petición:
El pasado mes de Diciembre 2011, se reconoció y ordenó el pago a los educadores del Municipio de ________________ el salario del mes de Noviembre 2011 y la Prima Vacacional en forma separada, donde se realizó descuentos tributarios en forma irregular dadas las razones que a continuación se determinan:
Este que está íntimamente relacionado con el pago de ingresos laborales, debe ser sometido al impuesto de Retención en la Fuente. Al parecer dicho gravamen a sido mal determinado por el Ministerio de Educación Nacional, en virtud a que su liquidación se habría efectuado sobre el valor total del pago? y no corresponde a cada mes.
El Estatuto Tributario, tanto en su artículo 385 como en el 386, señala los procedimientos de Retención en la Fuente aplicable a los pagos gravables en una relación laboral o legal y reglamentaria, manifestándose que estos están dados con base en el pago mensual, y no acumulándolos para aplicar la retención sobre dicho valor, pues estaría en contra de los principios de justicia indicado en el artículo 683 del Estatuto Tributario y progresividad del impuesto de renta fijado en la tabla de Retención en la Fuente.
En concordancia con lo anterior, la Dirección dé Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN - "expresó en Concepto No. 001138 de junio 15 de 1993, que:
''Es así, como tenemos que la retención en la fuente, para el caso del pago del reajuste salarial con efectos retroactivos, se debe determinar de la siguiente manera:
El monto total retroactivo se divide por el número de meses a que corresponde la retroactividad, el resultado será el reajuste correspondiente a un mes; a este valor se le suma el valor del sueldo mensual ya pagado, para establecer la base mensual, que es la que debe ubicarse en la tabla de retención (Vigente al momento de efectuarse el pago).
El valor de la retención así determinado, se compara con la retención efectuada al sueldo inicialmente pagado y la diferencia si es positiva, se multiplica por el número de meses a los cuales corresponde el ajuste, con el fin de establecer la retención en la fuente correspondiente al valor total del reajuste ".
En virtud, en que es sido sometido a una retención en la fuente, por un valor superior al que ha debido efectuarse:
“cuando se efectúen retenciones por concepto de impuesto sobre la renta y complementarios, en un valor superior al que ha debido efectuarse, el agente retenedor podrá reintegrar los valores retenidos en exceso o indebidamente, previa solicitud escrita del afectado con la retención acompañada de la prueba, cuando a ella hubiere lugar”.
Además el M.E.N. expidió la Directiva Ministerial No. 28.
DIRECTIVA MINISTERIAL No. 28
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