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Fuero Laboral


Enviado por   •  28 de Febrero de 2014  •  1.186 Palabras (5 Páginas)  •  284 Visitas

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EL FUERO LABORAL

Esta es una forma especial de protección otorgada por el CT a determinados trabajadores en virtud del cargo o función que desempeñan o de la condición en que se encuentran, y su objeto es evitar que sean despedidos arbitrariamente de su trabajo, en tanto dure su estado.

El CT establece en su art. 174 que el despido de un trabajador sujeto a fuero laboral requiere la autorización previa de un tribunal. El despido que no cumpla con este requisito será nulo y no producirá efecto alguno.

Titulares del fuero laboral

De acuerdo a nuestra legislación los siguientes trabajadores gozan de fuero laboral, por los plazos que se indica:

- La mujer embarazada y puérpera goza de fuero desde el momento de la concepción y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad (art. 201 CT)

- Los trabajadores que concurran a la constitución de un sindicato de empresa, de establecimiento de empresa y de interempresas gozan de fuero desde los 10 días anteriores a la celebración de la asamblea constitutiva y hasta 30 días después de realizada. (art 221 inc 3 CT)

- Los candidatos al directorio de los sindicatos de empresa, de establecimientos de empresa, interempresas y de trabajadores eventuales o transitorios gozan de fuero desde que el directorio en ejercicio comunique por escrito al empleador o empleadores y a la inspección del trabajo que corresponda, la fecha en que deba realizarse la elección y hasta que esta se lleve a cabo. Esta comunicación deberá efectuarse con una anticipación no superior a 15 días de aquel en que se efectúe la elección, si la elección se posterga, el fuero cesará en la fecha en que esta debió celebrarse (art 238 CT)

- Los directores sindicales desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en el cargo, siempre que la cesación en el no se produzca por censura en la asamblea sindical, por sanción aplicada por el tribunal competente, en cuya virtud deban abandonar el cargo, o por el término de la empresa (art 243 inc 1 CT)

- Los delegados sindicales son elegidos por los trabajadores de una empresa que estén afiliados a un sindicato interempresas o de trabajadores eventuales o transitorios, siempre que sean ocho o más y que no se hubiere elegido a uno de ellos como director del sindicato respectivo (art 229 CT) Los delegados sindicales gozan de fuero en las mismas condiciones que los directores sindicales.(art 243 inc 3 CT)

- Un miembro titular del comité paritario de higiene y seguridad que representa a los trabajadores goza de fuero laboral hasta el término de su mandato, que se extiende por dos años.(art 243 inc 4 CT)

- Los miembros del directorio de una federación o confederación gozan de fuero laboral hasta seis meses después de expirado su mandato, aun cuando a dicha fecha no conserven la calidad de dirigentes sindicales de base (art 274 inc 1 CT)

- El delegado del personal es elegido por los trabajadores que laboran en una empresa o establecimiento en que es posible constituir uno o más sindicatos y su función es servir de nexo de comunicación entre el grupo de trabajadores que lo eligió y el empleador (art 302 incs. 1 y 2 CT) El delegado del personal de fuero en las mismas condiciones que los directores sindicales (art. 303 inc. 3 CT)

- Los trabajadores involucrados en un proceso de negociación colectiva reglada gozan de fuero laboral desde los 10 días anteriores a la presentación de un proyecto de contrato colectivo hasta 30 días después de la suscripción del mismo, o de la fecha de notificación a las partes del fallo arbitral que se hubiere dictado (art 309 CT)

- Los directores de asociaciones de funcionarios de la administración pública gozan de fuero desde la

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