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Fundamentos de urbanismo


Enviado por   •  5 de Abril de 2021  •  Apuntes  •  2.647 Palabras (11 Páginas)  •  165 Visitas

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FUNDAMENTOS DE URBANISMO

  1. CONCEPTO DE URBANISMO

Urbanística 🡪 Ciencia que estudia loa sistemas urbanos y sus relaciones.

Urbanismo 🡪 Conjunto de técnicas y herramientas aplicadas para conformar el escenario físico en el que se desarrolla la actividad humana: el sistema urbano (= cuidad).

Ciudad 🡪 Espacio donde se concentran personas y actividades constituyendo un sistema urbano.  La ciudad se divide en zonas según su historia, usos y clases sociales que la conforman.

  1. NIVELES DE ACTUACIÓN

El urbanismo tiene 2 niveles:

  • ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • Su objetivo es la organización y estructuración de un territorio (Comunidad Autónoma/ Áreas funcionales), en el que los núcleos de población son tratados como focos generadores de actividad, integrados dentro de un sistema de relaciones múltiples (personas y actividades).
  • Busca una estructura general del territorio.
  • Se encarga de la distribución de los distintos usos y actividades territoriales.
  • Evalúa los impactos económicos sociales y ambientales.
  • Controla y coordina las actuaciones públicas y privadas sobre el territorio.

  • ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Se encarga de la ordenación de las zonas industriales, residenciales, etc., en la ciudad; además del reparto de cargas y beneficios.

               Sus objetivos son:

  • Organización y estructuración de un territorio municipal (municipio) estableciendo la ordenación del suelo ocupado (SUELO URBANO) y a ocupar (SUELO URBANIZABLE), para satisfacer las necesidades de la población y de las actividades (usos del suelo).
  • Protección de las áreas excluidas del desarrollo urbano (SUELO NO URBANIZABLE).
  • Definición de la estructura de un ámbito territorial y su ordenación pormenorizada, dando lugar 2 escalas: la ordenación urbanística estructural y la pormenorizada. (detalladas en el punto 6.1)

[pic 1]

  1. CONCEPTO DE PLAN
  • Planes de Ordenación del Territorio: documentos que formalizan un conjunto de acciones formando parte de amplias estrategias unificadas, destinadas a la ordenación sobre el espacio de los diferentes usos. Precisan las actividades socio-económicas, así como la protección de determinados espacios frente a la urbanización y edificación. (detallados en el punto 5)
  • Planes de Ordenación Urbanística: Instrumentos para regular las contradicciones que pueden producirse entre los intereses y estrategias de los diferentes agentes urbanos, indicando dónde, cómo y cuándo se puede urbanizar y construir, además se encarga del reparto de cargas (los costes que supone llevar a cabo la construcción) y beneficios. (detallados en el punto 6.1)

  1. PRINCIPIOS LEGALES BÁSICOS

Las 2 figuras de planeamiento (ordenación territorial y ordenación urbanística) se rigen por una legislación, los principios legales básicos son los siguientes:

  • Nadie puede ser privado de sus bienes y derechos, si no es por causa de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización (EXPROPIACIÓN FORZOSA).
  •  El propietario de un suelo urbano o un suelo urbanizable no tiene capacidad para edificar en él.
  • El aprovechamiento urbanístico es ajeno al derecho de propiedad del suelo.
  • Las actividades humanas ligadas al territorio, en cuanto a propiedades privadas, deben acomodarse al interés general y a las realidades físicas y naturales del entorno.

  1. LEY DE ORDENACION DEL TERRITORIO DEL PAÍS VASCO (ORDENACIÓN DEL TERRITORIO)

La Ley 4/1990 de Ordenación del País Vasco tiene como objetivo principal asegurar la coordinación de las acciones con incidencia territorial, a desarrollar por las Administraciones públicas.

Lo hace a través de los siguientes instrumentos (planes de ordenación del territorio):

  • Directrices de Ordenación Territorial (D.O.T)
  • Planes Territoriales Sectoriales (P.T.S)
  • Planes Territoriales Parciales (P.T.P)

PLANES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

  • Directrices de Ordenación Territorial (D.O.T)
  •  Establecen los ejes básicos de actuación futura sobre el medio ambiente; los recursos naturales; los espacios urbanos, industriales y rurales; las infraestructuras y equipamientos, y el patrimonio histórico-cultural.
  • Constituyen la base de referencia para el desarrollo armónico y coordinado de la Comunidad Autónoma del País Vasco (C.A.P.V) y se fundamentan en criterios de interconexión e integración (visión global y objetivos coherentes en la ordenación de territorio y en la ordenación urbanística.)
  • Las D.O.T. son la herramienta para lograr un modelo territorial más sostenible y equilibrado social, económica y funcionalmente.

  • Planes Territoriales Sectoriales (P.T.S)

Constituyen instrumentos de ordenación sectorial, desarrollan las D.O.T en la Comunidad Autónoma del País Vasco según sectores o temática (económicos, sociales, ambientales, etc.).

  • Planes Territoriales Parciales (P.T.P)

Desarrollan las D.O.T en las áreas o zonas supramunicipales (áreas funcionales), concretando para cada una de ellas los criterios específicos que las Directrices establecen.

  1. LEY 2/2006, DE 30 DE JUNIO, DE SUELO Y URBANISMO

El Urbanismo es una función pública, que tiene por objetivo la ordenación, programación, dirección supervisión, control y, en su caso, ejecución de:

  1. La utilización del suelo.
  2. La transformación urbanística del suelo mediante la ejecución de la ordenación urbanística.
  3. La construcción y la edificación.
  4. El uso, conservación y rehabilitación de construcciones.

  1.  ORDENACIÓN URBANÍSTICA
  • Ordenación urbanística estructural
  • Red dotacional de sistemas generales (las establece el Plan General de Ordenación Urbana)

Se trata de las dotaciones generales a nivel de áreas funcionales.

  1. Espacios libres y zonas verdes y uso público.
  2. Equipamientos colectivos públicos.[pic 2][pic 3]
  3. Equipamientos colectivos privados.
  4. Infraestructuras y redes de comunicación.
  5. Vías públicas, peatonales y de circulación rodada.
  6. La dotación residencial protegida.
  • Ordenación urbanística pormenorizada
  • Red dotacional de sistemas locales (las establece el Plan Parcial de Ordenación)

Define las dotaciones a nivel local.

  1. Espacios libres y zonas verdes.
  2. Equipamientos colectivos públicos y privados.
  3. Infraestructuras.
  4. Redes de comunicación.

 PLANES DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

La ordenación urbanística tiene 2 escalas: estructural y pormenorizada.

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[pic 5][pic 6]

  1.  CLASES Y CATEGORÍAS DE SUELO

Clasificación del suelo: (La clasificación de los suelos la realiza el Plan General de Ordenación Urbana.)

La ordenación urbanística estructural distingue las siguientes clases de suelo:

  • Urbano             Consolidado[pic 7][pic 8]

                                                No consolidado

  • Urbanizable           Sectorizado[pic 9][pic 10]

                                                       No sectorizado

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