HAMBRE Y MUERTE EN LA GUAJIRA
Enviado por Camila Romero Cubillos • 12 de Septiembre de 2016 • Ensayo • 1.610 Palabras (7 Páginas) • 300 Visitas
UNIVERSIDAD EAN
FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
CONSTITUCIÓN POLÍTICA, ÉTICA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL
ENSAYO FINAL
HAMBRE Y MUERTE EN LA GUAJIRA
PRESENTADO POR
LAURA CAMILA
ROMERO CUBILLOS
PRESENTADO A
MARTHA CAROLINA
CHAPARRO MEDINA
BOGOTÁ D.C., AGOSTO, 2016
HAMBRE Y MUERTE EN LA GUAJIRA
La Guajira, un departamento más de Colombia, es el protagonista de una gran variedad de ecosistemas, desiertos, selvas secas, montañas, pisos térmicos y un patrimonio cultural inigualable, los cuales parecen no ser suficientes para atraer las miradas de los demás colombianos, los cuales no bastan para obtener la ayuda del Gobierno que claman a gritos ahogados en el silencio. Es el norte más olvidado del país, con una realidad comparable a los peores casos de desnutrición y muerte infantil en África, camuflado bajo la aparente sequía de un fenómeno de El Niño que ya es anciano y que con un semblante audaz busca resguardar al Gobierno y a los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mientras oculta el acaparamiento, el despojo y el control despiadado de las fuentes principales de agua por parte de la minera El Cerrejón. ,
En efecto, los números son alarmantes, pues el promedio supera cifras de Ruanda y Etiopía en África, donde la tasa de mortalidad de infantes (niños menores de cinco años) por cada 1000 nacimientos es de 31 y 41 respectivamente, mientras que en La Guajira es de 45. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar detectó, al final del año 2015, 898 niños desnutridos y 91 madres gestantes con bajo peso en dicho departamento. Los principales causantes de la desnutrición y muerte infantil son la escasez de comida y agua y la insuficiente atención médica que están directamente ligados a la sequía acompañada del acaparamiento de las mayores fuentes de agua, a la creciente corrupción y al abandono del Estado que confirmó “el líder wayuu Javier Rojas Uriana, uno de los peticionarios de las medidas cautelares que otorgó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”. (Guerrero, 2016).
La realidad no podría ser más desalentadora, en un lugar árido donde los principios y derechos fundamentales consagrados en la Constitución dejaron de ser tan fundamentales y ahora son vulnerados a diario sin más respuesta que expresiones artificiales de indulgencia por parte del Estado y el resto de los colombianos.
En definitiva, desde las primeras páginas de nuestra constitución política podemos ver una incongruencia entre los artículos expuestos de manera casi poética con la realidad en el día a día de los 985 498 habitantes de La Guajira. De acuerdo con los artículos 1 y 2 de la Constitución es de suponer que el Estado se define como principal acudiente de la sociedad en conformidad con la ley y que algunos de sus deberes son garantizar que no se vulneren los derechos y principios fundamentales del pueblo colombiano y promover la prosperidad general, partiendo de la solidaridad que debe existir entre las regiones y sus habitantes, lo que se puede interpretar como el deber del Estado por procurar el desarrollo de todo el territorio nacional, no solo de los centros de poder. Sin embargo, el panorama actual demuestra que los recursos se reparten según las ganancias de cada región y no según las necesidades que requiere cada una, esto ha generado que en un mismo país encontremos ciudades y regiones con niveles de desarrollo muy alto, y lugares como La Guajira en donde la pobreza, la falta de recursos y el hambre son el referente.
Con cada niño que fallece por problemas relacionados a la desnutrición, a la escasez de agua o a la ausencia de asistencia médica, se demuestra el fracaso del Estado y sus funcionarios por cumplir los principios fundamentales y deberes para con la población de La Guajira. A tal punto, concierne por tanto el artículo 6, que juzga las acciones de los servidores públicos que no están en conformidad con la Constitución, y por concepto de la omisión en sus acciones y el peculado por la posible malversación de los fondos públicos. Ya que “desde el año 1995 hasta el 2015 el departamento tuvo ingresos por concepto de regalías de carbón y petróleo por 4,8 billones de pesos, sin embargo, este año la Gobernación realizó una petición para entrar en la Ley 550 o de quiebra pues existe una deuda interna de alrededor $360 mil millones y no puede ser sustentada con el presupuesto de $400 mil millones para este año”. (Guerrero, 2016).
Del mismo modo, es violado el precepto constitucional número 44, que señala el derecho de los niños a la vida, a una alimentación balanceada y a la atención de la salud, los cuales resultan vulgarmente deformados cuando escuchamos sobre la muerte de otro niño que habría sido completamente evitable con el cumplimiento de estos dos últimos factores. Estos derechos prevalecen sobre los de cualquier ciudadano. Sin embargo, cada día perdemos a más de una semilla de nuestro futuro sin obtener la ayuda que piden padres como Francisco, “quien en 14 años ha enterrado a cinco de sus hijos que no aguantaron la sequía, la falta de comida y la dificultad de una medicina que en la comunidad Mapashira de Manaure, es exorbitantemente costosa” (Guarnizo, 2014).
En este orden de ideas, es la atención a la salud un derecho para los niños, el cual se expresa en detalle en el artículo 49 de la Constitución. Este manifiesta la responsabilidad del Estado para garantizar servicios de salud descentralizados y por tanto, el acceso total a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Sin embargo, es mayor la demanda de atención médica que la verdadera oferta, los centros de atención usualmente se encuentran lejos de algunos poblados y a su vez están colmados de personas. Es evidente que los recursos asignados por el Estado no se invierten en la salud como una prioridad, y por tanto, los pocos que se llegasen a asignar jamás se solidifican como reales beneficios para la población a causa de la corrupción de sus dirigentes.
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