HISTORIA DE LAS INSTITUCIONES JURÍDICAS SALVADOREÑAS
Enviado por Juan Navarrete • 25 de Septiembre de 2016 • Documentos de Investigación • 7.720 Palabras (31 Páginas) • 1.844 Visitas
UNIVERSIDAD DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO[pic 1]
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES
MATERIA:
INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO I
CATEDRÁTICO:
LIC. JUAN CONSTANTINO PÉREZ
TRABAJO:
HISTORIA DE LAS INSTITUCIONES JURÍDICAS SALVADOREÑAS
ALUMNOS:
JUAN JOSÉ NAVARRETE ROSALES
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
OBJETIVOS
Objetivo General:
Objetivo Específico:
MARCO TEÓRICO
LECCIÓN PRIMERA
LECCIÓN SEGUNDA
LECCIÓN TERCERA
LECCIÓN CUARTA
LECCIÓN QUINTA
LECCIÓN SEXTA
LECCIÓN SÉPTIMA
LECCION OCTAVA
LECCION NOVENA
LECCIÓN DÉCIMA
LECCIÓN DÉCIMA PRIMERA
LECCIÓN DÉCIMA SEGUNDA
LECCIÓN DÉCIMA TERCERA
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
Ei presente trabajo tiene como finalidad mostrar una recopilación de los aspectos más importantes del libro “Historia de las instituciones jurídicas de El Salvador” escrito por el abogado y escritor Napoleón Rodriguez Ruiz, salvadoreño.
En este encontramos trece lecciones importantes sobre la evolución de las diferentes instituciones que han existido en nuestro país. Sabemos que es importante conocer los sucesos anteriores y más importante, sucesos que han marcado un precedente a las instituciones como las conocemos actualmente.
OBJETIVOS
Objetivo General: Describir de manera clara y concisa las lecciones que se encuentran dentro del libro “Historia de las instituciones Jurídicas de El Salvador”.
Objetivo Específico: Comprender cuál ha sido el aporte que todas estas lecciones han tenido sobre la situación jurídica en El Salvador
MARCO TEÓRICO
LECCIÓN PRIMERA
CONCEPTO DE INSTITUCIÓN DISTINTAS ACEPCIONES DE ESTA PALABRA.
- La palabra INSTITUCIÓN, viene del latín “institutio onis”: establecimiento o fundación de algo.
- Su significado jurídico: se entiende como un fundamento o cimiento de algo, establecimiento primordial de una cosa y por traslación, núcleo o centro fundamental de vida, de enseñanza o de doctrina.
- El derecho objetivo se basa en las instituciones como grandes unidades formadas por un conjunto de normas que regulan relaciones jurídicas de la misma clase y que tienen una unidad de objeto y de fin. Se distribuye el sistema jurídico del Estado.
- Se entiende por instituciones a aquel núcleo de enseñanza o de doctrina que es el primer grado de ella y debido se aplica tal nombre a los trabajos u obras destinados a iniciar los estudios en la ciencia del derecho o una rama de ella.
LECCIÓN SEGUNDA
DISTRIBUCIÓN SISTEMÁTICA EN PERÍODOS PARA EL ESTUDIO DE LA EVOLUCIÓN DE LAS INSTITUCIONES.
La historia de las instituciones jurídicas es parte de la historiografía general del Estado.
Se divide en 3 grandes periodos:
- Período colonial o pre independiente, que llamaremos Derecho antiguo que
- extiende sus raíces hasta la época de antes del descubrimiento de América.
- Período de transición o Derecho Intermediario.
- Derecho Nuevo.
El Derecho nuevo, se llama así porque en el año 1860, se cierra nuestro ciclo vacilante de adaptación y cesamos de vivir de prestado de la legislación española. Y ahora ya hemos dictado todos nuestros Códigos.
PERÍODO PRE-INDEPENDIENTE O COLONIAL
REGIMEN JURIDICO A QUE QUEDARON SUJETOS LOS TERRITORIOS INDIANOS
Los Cuerpos de leyes que rigieron son:
Fuero Juzgo: La palabra “Fuero” ha tenido y aún tiene distintas acepciones. En la antigüedad y especialmente en la Edad Media.
A lo que se entendía por “fueros” es a las Compilaciones y Códigos Generales de Leyes, usos y costumbres que, consagrados por una observancia general y constante, llegaron a adquirir con el transcurso del tiempo la fuerza de ley no escrita, cartas de privilegios o instrumentos de excusiones de gabelas, concesiones de gracias, mercedes, franquezas y libertades, cartas pueblas o los contratos de población en que el dueño del terreno pactaba con los pobladores o colonos, las condiciones bajo las cuales debían cultivarla, instrumentos o escrituras de donación otorgadas por algún señor o propietario a particulares, iglesias, monasterios, cediéndoles tierras, posesiones y cotos, declaraciones hechas por los Magistrados sobre los términos de los Consejos, sobre las penas y multas en que debían incurrir los que los quebrantasen, cartas expedidas por los reyes o por los señores en virtud del privilegio dimanado de la soberanía en que se contienen Ordenanzas, Constituciones y Leyes Civiles y Criminales dirigidas a establecer con solidez los comunes de Villas y ciudades, erigirlas en municipalidades y asegurar en ellas un gobierno templado y justo.
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