“IMPLEMENTAR MODIFICACIONES DEL DS 43 EN ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS”
Enviado por CLAUDIABARRIAAL • 19 de Enero de 2017 • Informe • 5.046 Palabras (21 Páginas) • 887 Visitas
[pic 1]
“IMPLEMENTAR MODIFICACIONES DEL DS 43 EN ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS”
NOMBRE ESTUDIANTE : Almonacid Mancilla Johanna.
Barría Almonacid Claudia. Fuentes Imio Priscila.
Melian Almeida Carla. San Juan Aguilar Yaneth.
CARRERA : Ing. en Prevención de Riesgos
SEDE : Puerto Montt.
PROFESOR DEL MÓDULO: Sra. Pamela Prado Vargas.
PUERTO MONTT, ENERO 2017
- INTRODUCCIÓN
Gran parte de los procesos en productos para Industria Alimentaria, Industria Médica, Industria Farmacéutica y demases requieren de sustancias peligrosas (químicas) para cumplir sus propósitos; algunas se utilizan como materia prima en los bienes de consumo más modernos de la sociedad y las etapas de su ciclo de vida (producción, importación, exportación, transporte, manipulación, manejo, almacenamiento y disposición final) constituyen acciones habituales asociadas directamente con las actividades productivas.
La adquisición de este tipo de materiales o sustancias, trae consigo la incorporación de nuevos riesgos laborales y/o ambientales que se deben identificar, evaluar y controlar, según las disposiciones legales y normativas vigentes.
Chile cuenta con un conjunto de normas que regulan temas específicos sobre sustancias peligrosas, incluyendo las condiciones sanitarias para su importación, fabricación, almacenamiento, transporte y disposición final. La efectividad de dichas disposiciones está directamente relacionada con la capacidad fiscalizadora y las acciones que se lleven a cabo para dar cumplimiento a las mismas.
Por ello y gracias a los conocimientos adquiridos en las respectivas competencias del Instituto AIEP asesoraremos a la empresa Proagar S.A de la ciudad de Llanquihue, donde identificaremos los riesgos asociados al almacenamiento de sustancias peligrosas; haremos una evaluación de las bodegas, almacenamiento a granel y estanques; revisaremos las instalaciones y con el apoyo de una lista de chequeo, profundizaremos en el cumplimiento de los artículos del Decreto Supremo 78; nuestra asesoría consistirá en aplicar las modificaciones de este decreto.
Para efectos de su adecuación promoveremos e implementaremos las nuevas modificaciones que el decreto supremo 43 nos indica, marco legal aplicable a las sustancias peligrosas; formulando un plan o programa de prevención de riesgos laborales de sustancias peligrosas; con el propósito de dar cumplimiento a la actual normativa y así minimizar los riesgos de incidentes y accidentes por acciones y condiciones sub estándares en los recintos de almacenamiento de esta empresa, gestionando su aprobación lograremos cumplir nuestro objetivo.
OBJETIVOS DEL PROYECTO
- OBJETIVO GENERAL.
Promover e implementar un programa con las modificaciones del Decreto Supremo 43 en el almacenamiento de sustancias peligrosas para la protección de la vida y salud de los trabajadores de la empresa PROAGAR.
OBJETIVO ESPECIFICO
Los objetivos específicos son los siguientes:
- Realizar levantamiento de peligro respecto al cumplimiento del DS 78 con el fin de evaluar el riesgo de un accidente y su efecto en el almacenamiento de sustancias peligrosas
- Aplicar la normativa vigente para el almacenamiento de sustancias catalogadas como peligrosas en las actividades que se desarrollen dentro de la empresa.
- Establecer una priorización de las medidas a implementar para dar cumplimiento al reglamento en función del análisis de consecuencia realizado a las bodegas de almacenamiento de sustancias peligrosas.
- Difundir, a través de los canales de comunicación existentes, la información sobre sus peligros y las medidas de seguridad a adoptar para prevenir la ocurrencia.
- Presentar a la empresa Proagar un programa de medidas a implementar para dar cumplimiento al DS 78.
MARCO LEGAL
- Código del Trabajo Artículo 184.
- Ley Nº 16.744 Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
- D.S. 40 Aprueba Reglamento sobre Prevención de riesgos Profesionales
- D.S. 54 Comités Paritario de Higiene y Seguridad
- D.S. 594/99 Titulo VII, art.129 «Prohíbe la presencia de personal sin la protección adecuada ante sustancias peligrosas»
- Nch. 382 of.2004 «Clasificación general de sustancias peligrosas»
- Código Sanitario Artículo 90°.- El Reglamento fija las condiciones en que podrá realizarse la producción, importación, expendio, tenencia, transporte, distribución, utilización y eliminación de las sustancias tóxicas y productos peligrosos de carácter corrosivo o irritante, inflamable o comburente; explosivos de uso pirotécnico y substancias radioactivas que signifiquen un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar de los seres humanos y animales
- NCh 2245 of.2003 «Hoja de datos de seguridad de productos químicos»
- NCh. 2120/8 of.2004 «Sustancias corrosivas»
- D.S. 78/2009 «Aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas»
- D.S. 43/2015 «Modifica D.S.78/2009 «Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas»
INFORMACION DE LA EMPRESA
[pic 2]
Nombre : Proagar S.A
Razón social : Productora De Agar S A Rut : 95.232.000-9
Giro : Industria Procesadora de algas
Ubicación : Planta industrial se ubica en el sur de Chile, en
Llanquihue a 1.000 km de Santiago (capital de Chile), a orillas del río Maullín en la Región de los Lagos de abundantes recursos hídricos de buena calidad.
Gerente General : Tadao Iri Grte.Comercial : Toshiya Osada Subgerente General: Claudia Acuña
Nº de trabajadores : 150 trabajadores
CERTIFICACIONES
Acuerdo de Producción Limpia de la Industria del Salmón (APL) Certificación HALAL
Certificación de Buenas Prácticas de Fabricación (GMP) Certificación de Gestión de Calidad-9001 (ISO 9001:2008) Certificación de Productos (KOSHER)
...