INTERCAMBIO ECONOMICO
Enviado por SERRABAS • 25 de Noviembre de 2012 • 372 Palabras (2 Páginas) • 476 Visitas
Brasil y Venezuela desarrollan dos importantes proyectos de integración física: la carretera que comunicará a Manaus con Venezuela y la interconexión eléctrica entre la empresa Venezolana del Gurí y esa misma capital amazónica, zona franca e importante centro industrial brasilero.
De lo anterior se desprende el interés particular que tiene Brasil, hacia la integración de Venezuela al MERCOSUR, así como su apoyo unilateral al mismo. Significaría, sobre todo, consolidar sus vínculos con Brasil, país al cual, desde hace dos años, Venezuela le ha dado la mayor prioridad en sus relaciones internacionales debido a la clara posibilidad de tener un comprador privilegiado de energía, relaciones estas que han experimentado una notable mejoría en todos los niveles y se duplicará en pocos años por el significativo aumento de las exportaciones venezolanas de petróleo y la venta de energía eléctrica.
El comercio venezolano con Argentina, Uruguay y con Paraguay se ha visto en creciente aumento, firmando acuerdos para el comercio de energía con los mismos a precios as accesibles que los establecidos en el mercado.
También dentro de estos acuerdos tenemos la creación de un canal televisivo para la región TELESUR, la creación del banco del sur con la finalidad de que este sea un organismo de sustento para los países pertenecientes a este cono. También como incentivo del comercio energético entre los países del MERCOSUR se tiene la intención de la creación de PETROSUR, de manera de mantener acuerdos energéticos donde Venezuela seria la punta de vanguardia.
El Derecho Internacional Privado, es una rama del derecho que tiene como finalidad de: dirimir conflictos de Jurisdicción Internacionales y determina la condición jurídica de los extranjeros. Son Acuerdos y convenios aprobados por la Asamblea Nacional, con basamento legal en la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 236, son las atribuciones y obligaciones del presidente en su numeral 4, dirigir relaciones exteriores celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales. Artículo 232, obligación de garantizar los derechos y libertades de los venezolanos (as). Articulo 153, Ideario Bolivariano, la integración latinoamericana y caribeña. Articulo 152, Las relaciones Internacionales, estos aplicando y procediendo como lo establece la Ley de Derecho Internacional Privado, en su Artículo 2, concatenado con el artículo 60 de la misma ley.
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