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Inconformidad ante el imss


Enviado por   •  19 de Diciembre de 2017  •  Práctica o problema  •  2.410 Palabras (10 Páginas)  •  625 Visitas

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INTEGRANTES DEL CONSEJO CONSULTIVO

DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

                                        

                                        

        SANDRA ENID GÓMEZ MURATALLA, gestionando por mi propio derecho, con cédula de afiliación ante ese Instituto número 5396773031, como lo acredito con las constancias anexas, con domicilio para recibir notificaciones en la Carretera Nacional número 1025, condominio 2, interior 19 en la colonia Mariano Otero, Zapopan, Jalisco, zona conurbada esta ciudad, con número de teléfono  (33) 10 28 18 52, autorizando para que a mi nombre las reciba y me represente como mi apoderado al Licenciado FELIPE de Jesús Treviño Arroyo, a quien le otorgo poder amplio como en derecho proceda, con el debido respeto comparezco a exponer:

       PRESENTO RECURSO DE INCONFORMIDAD

                He sido notificada con fecha 4 de octubre del año 2013 a través del Doctor JOSÉ HUMBERTO SANDOVAL SÁNCHEZ, de ese Instituto, sobre el “alta por máximo beneficio”; toda vez que aún me encuentro afectada en mi salud, la mencionada alta me causa perjuicios, razón por la cual presento este recurso, exponiendo la siguiente narración de hechos y consideraciones de derecho:

                                       H E C H O S:

                PRIMERO.- El día 15 de junio del año 2012, a las 13:30 horas, aproximadamente, al ir conduciendo un vehículo de mi propiedad, para trasladarme a una visita de trabajo, en representación de mi centro de trabajo, MRO SOLUCIONES, S.A. DE C.V., fui embestida por alcance en la parte posterior del vehículo por un vehículo que al parecer se quedó sin frenos, resultando lesionada del hombro izquierdo y lesión en el cuello, quedando incapacitada a partir del día 18 de junio de 2012, hasta el día 22 de julio del año 2012, reanudando mis labores a partir del 23 de julio del año 2012, que se me otorgó el alta por riesgo de trabajo.

                SEGUNDO.- El día 3 de agosto del año 2012, sufrí una recaída con motivo del accidente y fui atendida en ese Instituto, en donde se me otorgaron las atenciones médicas, estudios e incapacidades que fueron necesarias, hasta que finalmente, se determinó darme de alta con fecha 4 de octubre de 2013, a través del Doctor JOSÉ HUMBERTO SANDOVAL SÁNCHEZ, de ese Instituto.

                Cabe mencionar que durante el lapso de tiempo que estuve incapacitada, acudí a las consultas, exámenes, tratamientos, incluso de manera particular se me practicó una cirugía el día 20 de marzo del año 2013, en el Hospital San Javier de esta ciudad, además de seguir con las terapias  que se me indicaron por parte de ese Instituto.

HOJA NUMERO DOS. 

                Es necesario mencionar que contrariamente a los antecedentes del caso, a partir del día 3 de agosto del año 2012, en que sufrí la recaída con motivo del accidente de trabajo y hasta la fecha en la que se me dio de alta, el pago del subsidio se me cubrió como enfermedad general y no como riesgo de trabajo que correspondía, porque evidentemente se trataba de una recaída con motivo del accidente, como se advierte de las notas médicas y certificados de incapacidad que anexo.

        

                TERCERO.- El “alta por máximo beneficio” que recurro, no sólo es ilegal e injusta, porque el subsidio otorgado fue con el rubro de enfermedad general y no de riesgo de trabajo, dejando de tomar en consideración que los padecimientos que presento, son secuelas del accidente y al darme de alta, no se está considerando las molestias que persisten motivo de mi accidente y que el mismo Doctor JOSÉ HUMBERTO SANDOVAL SÁNCHEZ, reconoce en su Resumen Clínico.

                Deseo que la siguiente exposición, no se tome como una queja plañidera, que pretendo causar conmiseración o lástima, pero padezco dolor permanente en el hombro izquierdo que me impide caminar normalmente, agacharme y cuando lo hago, se me dificulta reincorporarme; no puedo estar un tiempo mayor de quince minutos parada o sentada, viéndome obligada a cambiar de posición y penosamente, pero también con verdad, debo decir, que no puedo realizar normalmente actividades personales básicas como lavarme los pies, la espalda, levantar la cabeza, limpiarme al acudir al baño, ni actividades propias de una mujer en el hogar como barrer, trapear o lavar ropa; tampoco puedo cargar objetos con un peso mayor de dos kilos, porque me acusa un dolor agudo en el hombro y la espalda y con frecuencia, cuando mi espera tiende a prolongarse en alguna de las filas que debo hacer en ese Instituto, prefiero estar en mi silla de ruedas, por las molestias que presento y el cansancio de permanecer en una misma posición, razones por las que considero una injusticia que el Doctor JOSÉ HUMBERTO SANDOVAL SÁNCHEZ me otorgue el alta, habida cuenta que él mismo señala en el Resumen Clínico “…ALTA DE NEUROCIRUGIA YA QUE NO REQUIERE MAYOR MANEJO QUIRURGICO DE MI PARTE  2.- SE ENVIA A MEDICINA DEL TRABAJO PARA SU VALORACION YA QUE LLEVA NMAS DE 1 AÑO INCAPACITADA Y AUN PERSISTE CO SINTOMAS DEL HOMBRO IZQUIERDO  3.- TIENE PENDIENTE VALORACION POR MIEMBRO TORACICO POR LA LESION DEL SUPRAESPINOSO, HERIDA OX BIEN CICATRIZADA, DELTOIDES Y TRAPECIO IZQUIERDO CONTRACTURADOS…” (SIC).

                De la redacción del Doctor JOSÉ HUMBERTO SANDOVAL SÁNCHEZ, se desprende que me “envía” a Medicina del Trabajo y manifiesta la razón; el problema es que en Medicina del Trabajo sólo me hacen un “resumen”, reiterando lo que dice el Doctor JOSÉ HUMBERTO SANDOVAL SÁNCHEZ en su Resumen Clínico respecto a que sigo lesionada, es más, me dicen que “van a revisar mi caso” y hasta me solicitan mi número de teléfono, según ellos para hablarme si hay alguna novedad, según lo acredito con la constancia anexa.

HOJA NUMERO TRES

            Lo anterior, se lo expuse de manera personal al entonces Director de la Clínica 178, Doctor JOSE MIRELES GIRON, el día 8 de octubre de 2013, a las 16:00 horas aproximadamente, pero me manifiesta exactamente la misma razón, señalando incluso que si el Doctor JOSÉ HUMBERTO SANDOVAL SÁNCHEZ dice que puedo trabajar, entonces debo trabajar; en la misma reunión, se encontraba presente el hoy Director de la Clínica 178, Doctor CARLOS DÍAZ, quien al oír mi reclamo, también opinó, sólo que con la majadería, despotismo e insensibilidad que lo distinguen, diciéndome que yo me veía muy bien para trabajar y en tono de burla me preguntó si yo trabajaba moviendo el hombro.

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