Indepabis Funciones
Enviado por iapes • 2 de Octubre de 2013 • 1.963 Palabras (8 Páginas) • 6.000 Visitas
INDEPABIS
INDEPABIS, son las siglas de “Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios”.
El Indepabis es un Ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Comercio, que tiene como función específica la defensa y protección de los Derechos e Intereses individuales y colectivos en el Acceso de las Personas a los Bienes y Servicios.
El Indepabis fue creado por el gobierno venezolano cuya misión es el garantizar al pueblo venezolano el Acceso a los Bienes y Servicios de manera efectiva y oportuna, mediante la defensa y protección de sus derechos, a través de una institución concebida para el servicio al público y para la acción conjunta entre Gobierno Bolivariano y el Poder Popular organizado actuando en defensa de sus intereses; así como, para la generación de satisfacción y bienestar colectivo, contribuyendo de esta manera con la obtención de seguridad jurídica para todas la familia venezolana y creando condiciones para la prosperidad y el buen vivir.
¿Qué es el INDEPABIS?
El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios es un Ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Comercio, que tiene como función específica la defensa y protección de los Derechos e Intereses individuales y colectivos en el Acceso de las Personas a los Bienes y Servicios; estableciendo los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones; así como, delitos y su penalización, igualmente regular su aplicación por parte del Poder Público con la participación activa y protagónica de las comunidades a través de los Comités de Contraloría Social para el Abastecimiento, con el objeto fundamental de resguardar la paz social, la justicia, el derecho a la vida y la salud del pueblo Venezolano.
Misión
Garantizar al pueblo venezolano el Acceso a los Bienes y Servicios de manera efectiva y oportuna, mediante la defensa y protección de sus derechos, a través de una institución concebida para el servicio al público y para la acción conjunta entre Gobierno Bolivariano y el Poder Popular organizado actuando en defensa de sus intereses; así como, para la generación de satisfacción y bienestar colectivo, contribuyendo de esta manera con la obtención de seguridad jurídica para todas las familias venezolanas y creando condiciones para la prosperidad y el Buen Vivir.
Reseña Historica
La Protección al Consumidor en Venezuela se inició el 15 de agosto de 1944, con la promulgación del Decreto Presidencial N° 17, mediante el cual se crea la Comisión Nacional de Abastecimiento con competencia para regular y controlar el transporte, alquileres y el comercio interior, teniendo atribuciones para fijar precios al mayor y al detal, en los artículos de primera necesidad, esto debido al incremento de la especulación que trajo como consecuencia escasez de productos durante la Segunda Guerra Mundial.
El 02 de agosto de 1947, se publicó en la Gaceta Oficial N° 22.380, la Ley Contra el Acaparamiento y la Especulación, instrumento legal que vino a determinar los delitos, las prácticas, tratos abusivos, la venta clandestina y el traslado de mercancía con el objeto de elevar los precios y la venta condicionada.
Para el 5 de septiembre de 1974, en la Gaceta Oficial N°. 1.680, se aprobó el Proyecto de Ley Antimonopolio y de Protección al Consumidor, el cual acordó la creación de la Superintendencia de Protección al Consumidor, Organismo adscrito al desaparecido Ministerio de Fomento hoy Ministerio del Poder Popular para el Comercio.
Luego el 24 de marzo de 1992, en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.402, se Decreta una nueva Ley de Protección al Consumidor, quedando derogadas las Leyes de los años 1.947 y 1.974. La promulgación de esta nueva norma legal, trajo consigo la creación del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor (I.D.E.C.), teniendo entre sus principios programáticos la Educación, Información, Organización, Orientación y Protección a los consumidores como derechos irrenunciables.
El 17 de mayo de 1995, en la Gaceta Oficial Extraordinaria N°. 4.898, se aprobó una reforma a dicha Ley, donde se incluyó la figura del Usuario dentro del ámbito de su competencia. Esta situación originó que se modificara, tanto el nombre de la Ley como el del Instituto, pasando a llamarse Ley de Protección al Consumidor y al Usuario (L.P.C.U.) e Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y al Usuario (INDECU).
Nueve años después el 04 de mayo de 2004, se publicó en Gaceta Oficial N°. 37.930, la segunda reforma de la citada Ley. Este cambio se produjo con el objetivo de adaptarla a los nuevos requerimientos de nuestra novísima Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra los derechos de los Consumidores y Usuarios como Derechos Constitucionales Económicos en favor de los ciudadanos. Artículo 117, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“Todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen, a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno. La ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas de control de calidad y cantidad de bienes y servicios, los procedimientos de defensa del público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la violación de estos derechos”. Este Artículo establece el basamento Constitucional para dar paso al surgimiento de una nueva Ley y por ende a un nuevo Instituto u Organismo que vele realmente por la Defensa y Protección de los derechos individuales y colectivos en el Acceso a los Bienes y Servicios.
En fecha 21 de febrero de 2007, se publica en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.629, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Defensa Popular contra el Acaparamiento, la Especulación, el Boicot y cualquier otra Conducta que afecte el Consumo de los Alimentos o Productos Sometidos a Control de Precios, este Decreto tiene como Objeto, establecer acciones
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