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JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  21 de Octubre de 2020  •  Ensayo  •  442 Palabras (2 Páginas)  •  90 Visitas

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DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL

ARTÍCULO 239. La Corte Constitucional determinará el número de miembros que se decretó mediante la ley. Buscando integrar el criterio de magistrado para las diversas especialidades del Derecho, elegidos por el Senado de la República por períodos de ocho años.

ARTÍCULO 240. No podrán ser elegidos Magistrados de la Corte Constitucional quienes han desempeñado cargos en el año anterior como, Ministros de Despacho o de la Corte Suprema de Justicia para este cargo.

ARTÍCULO 241. A la Corte Constitucional se le confía la guarda de integridad de la Constitución mediante los términos del presente, cumpliendo con las siguientes funciones.

  1. Decidir sobre las demandas ante la falta de adecuación a lo establecido en la Constitución (Inconstitucionalidad) por parte de los ciudadanos contra las reformas realizadas a la Constitución.

  1. Decidir con anterioridad al pronunciamiento popular, sobre la convocatoria a un referendo o Asamblea Constituyente para la reforma de la Constitución.

  1. Decidir sobre la constitución de las leyes, consultas populares y plebiscitos de orden nacional.
  1. Decidir ante las inconformidades que presenten los ciudadanos en contra de las leyes ya sea por contenido material o vicio de procedimiento en su formación.
  1. Decidir sobre las inconformidades que presenten los ciudadanos contra los decretos dictados por el Gobierno con fundamento en el artículo 150 numeral 10 y 341 de la Constitución.
  1. Decidir sobre las excusas de que trata el artículo 137 de la Constitución.
  1. Decidir de manera definitiva sobre la constitucionalidad de los decretos legislativos que dicte el Gobierno con fundamento en los artículos 212,213 y 215 de la Constitución.
  1. Decidir definitivamente sobre los proyectos de ley objetados por el Gobierno como inconstitucionales y leyes estatuarias.
  1. Revisar las decisiones judiciales relacionadas con acción de tutela de los derechos constitucionales.
  1. Decidir definitivamente sobre los contenidos que se ajustan de los tratados internacionales y de las leyes que los aprueben. Con el fin de remitirlos a la Corte dentro de los 6 días siguientes a la sanción de la ley.  Cualquier ciudadano puede intervenir para defender o impugnar su constitucionalidad.
  1. Darse su propio reglamento

ARTÍCULO 243. Los fallos que la Corte dicte en ejercicio del control jurisdiccional hacen tránsito a cosa juzgada constitucional.

Ninguna autoridad puede reproducir el contenido material del acto jurídico mientras subsistan en la Carta de disposiciones para hacer confrontación entre la norma ordinaria y la Constitución.

ARTÍCULO  244. La Corte Constitucional comunicará al Presidente de la República o al Presidente del Congreso, la iniciación de cualquier proceso que tenga por objeto el examen de constitucionalidad.

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