Jubilacione SEspeciales Uruguay
Enviado por tami_084 • 9 de Mayo de 2012 • 261 Palabras (2 Páginas) • 603 Visitas
Jubilación especial - 16713 y 18395
BENEFICIARIOS
Trabajadores de:
• La industria y el comercio
• Administración pública (excepto militares y policiales)
• Rurales
• Servicio doméstico
• Actividad lícita y remunerada que constituya su principal medio de vida y no esté amparada por otro régimen jubilatorio
Subsidio Transitorio por incapacidad PARCIAL
• Los trabajadores hasta 25 años de edad, requieren un mínimo de 6 meses de actividad
• Los trabajadores de más de 25 años de edad, requieren un mínimo de 2 años de actividad
Jubilación por incapacidad TOTAL
• Los trabajadores hasta 25 años de edad, requieren un mínimo de 6 meses de actividad
• Los trabajadores de más de 25 años de edad, requieren un mínimo de 2 años de actividad
• En caso de incapacidad sobrevenida en causa u ocasión de trabajo, no se requiere un mínimo de años.
• En caso de incapacidad sobrevenida luego del cese, se requiere un mínimo de 10 años de actividad, tiene que ser su única pasividad y se debe probar residencia en el país desde la fecha de cese.
ATENCIÓN: Aplica para todas las causales cuando el cese o la configuración de la causal sea posterior a la vigencia de la Ley 18395, lo siguiente:
COMPUTO FICTO DE SERVICIOS A LA MUJER POR CARGAS DE FAMILIA
1 AÑO ADICIONAL DE SERVICIOS POR CADA HIJO NACIDO VIVO O POR CADA HIJO QUE HAYAN ADOPTADO SIENDO ESTE MENOR O DISCAPACITADO CON UN MÁXIMO TOTAL DE 5.
NO SE PODRAN UTILIZAR PARA REFORMAR CEDULA JUBILATORIA ALGUNA.
DOCUMENTACIÓN
• C.I. vigente
• Credencial Cívica
• Certificado Medico
• Documentación que avale la prestación de los servicios que declara.
COMO SE CALCULA?
En todos los casos será el 65% del sueldo básico.
DONDE SE TRAMITA?
Debe concurrir a la Sucursal de BPS más cercana.
...