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Juicio En Materia Familiar En El Estado De méxico


Enviado por   •  23 de Abril de 2014  •  988 Palabras (4 Páginas)  •  8.894 Visitas

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EL JUICIO ORAL EN MATERIA FAMILIAR

(LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO)

FASES DEL JUICIO

El Juicio denominado oral, en realidad es mixto, puesto que consta de fases escritas y orales, para efectos de este trabajo se les denominará como etapas.

PRIMERA ETAPA ESCRITA.- Escritos de demanda, contestación y en su caso reconvención. Las pruebas deben ofrecerse en los escritos que fijarán la litis.

El procedimiento empieza por escrito, con la presentación de la demanda, si ésta fuere oscura o irregular, el Juez debe prevenir al actor, una sola vez, para que dentro de tres días la aclare, corrija o complete, señalándole específicamente sus defectos; apercibiéndole que de no hacerlo no le será admitida (Artículo 2.109 del Código de Procedimientos Civiles).

Admitida la demanda, se emplazará al demandado, la contestación y la reconvención, también se presentan por escrito. En ellos, se deben ofrecer todas y cada una de las pruebas que tengan las partes (Artículo 5.40 del Código de Procedimientos Civiles), las que deberán relacionarse con los hechos controvertidos (Artículo 5.32 fracción I del Código de Procedimientos Civiles).

SEGUNDA ETAPA.- En ésta inicia propiamente la oralidad del procedimiento con lo que el código Adjetivo denomina como Audiencia Inicial.

I.- Enunciación de la litis.

II.- Conciliación.

a).- Si se logra, formulación y aprobación de convenio.

b).- Conciliación parcial, se formula convenio en los puntos en coincidencia y continúa el procedimiento en los que existe controversia.

III.- Depuración Procesal, si no se concilia, el Juez resolverá sobre las excepciones procesales y cosa Juzgada.

IV.- Admisión y preparación de pruebas.

V.- Revisión en las medidas provisionales.

AUDIENCIA INICIAL

En ésta segunda etapa, empieza propiamente la oralidad del proceso, con la audiencia inicial.

Contestada la demanda, la vista de las excepciones y defensas y en su caso la reconvención, se señalará fecha dentro de los 5 días siguientes para la Audiencia Inicial.

La Audiencia Inicial comprenderá:

I.- Enunciación de la litis.

II.- Fase conciliatoria.

El Juez procurará conciliar a las partes, si se logra la conciliación se formulará el convenio, para aprobarlo el Juez vigilará que los derechos de los menores incapaces queden garantizados.

Si solo se logra conciliación parcial, cuando la naturaleza de la litis lo permita se formulará convenio y continuará el procedimiento en los puntos sobre los que no se llegó a un acuerdo.

III.- Fase de depuración Procesal.

Se resolverá de las excepciones procesales y cosa juzgada.

Tratándose de la excepción de falta de personalidad o de la objeción a la del representante del demandado, de declararse fundadas, si la causa fuere subsanable se otorgara un plazo de diez días para hacerlo.

De no realizarse si fuere el actor se sobreseerá la controversia, si fuese el demandado, se seguirá el juicio en rebeldía.

IV.- Admisión y preparación de las pruebas.

Se admitirán las pruebas, si alguna de las ofrecidas no reúne los requisitos legales el juez requerirá al oferente para que lo subsane en el acto, si no lo hace se admitirá la misma. Se tendrán por desahogadas las que así procedan y se ordenará la preparación de las pruebas que requieran.

V.- Revisión de las medidas provisionales.

El

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