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Jurisprudencia Acerca De Los Principios De Legalidad


Enviado por   •  21 de Agosto de 2013  •  Ensayo  •  946 Palabras (4 Páginas)  •  442 Visitas

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JURISPRUDENCIA ACERCA DE LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, EQUIDAD Y RECIPROSIDAD EN EL DERECHO FISCAL.

Tesis semanario judicial de la federación séptima época 232 309 1 de 1

Pleno volumen 187-192, primera parte pág. 113 jurisprudencia (constitucional, administrativa)

[J]; 7a. Época; pleno; s.j.f.; volumen 187-192, primera parte; pág. 113

Proporcionalidad y equidad tributarias establecidas en el artículo 31, fracción iv, constitucional.

El artículo 31, fracción iv, de la constitución establece los principios de proporcionalidad y equidad en los tributos. La proporcionalidad radica, medularmente, en que los sujetos pasivos deben contribuir a los gastos públicos en función de su respectiva capacidad económica, debiendo aportar una parte justa y adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos. Conforme a este principio, los gravámenes deben fijarse de acuerdo con la capacidad económica de cada sujeto pasivo, de manera que las personas que obtengan ingresos elevados tributen en forma cualitativa superior a los de medianos y reducidos recursos. El cumplimiento de este principio se realiza a través de tarifas progresivas, pues mediante ellas se consigue que cubran un impuesto en monto superior los contribuyentes de más elevados recursos. Expresado en otros términos, la proporcionalidad se encuentra vinculada con la capacidad económica de los contribuyentes que debe ser gravada diferencialmente, conforme a tarifas progresivas, para que en cada caso el impacto sea distinto, no sólo en cantidad, sino en lo tocante al mayor o menor sacrificio reflejado cualitativamente en la disminución patrimonial que proceda, y que debe encontrarse en proporción a los ingresos obtenidos. El principio de equidad radica medularmente en la igualdad ante la misma ley tributaria de todos los sujetos pasivos de un mismo tributo, los que en tales condiciones deben recibir un tratamiento idéntico en lo concerniente a hipótesis de causación, acumulación de ingresos gravables, deducciones permitidas, plazos de pago, etcétera, debiendo únicamente variar las tarifas tributarias aplicables, de acuerdo con la capacidad económica de cada contribuyente, para respetar el principio de proporcionalidad antes mencionado. La equidad tributaria significa, en consecuencia, que los contribuyentes de un mismo impuesto deben guardar una situación de igualdad frente a la norma jurídica que lo establece y regula.

Séptima época, primera parte:

Volúmenes 181-186, página 181. Amparo en revisión 5554/83. Compañía cerillera "la central", s.a. 12 de junio de 1984. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Alfonso López Aparicio, David Franco Rodríguez, Raúl cuevas mantecón, Eduardo Langle Martínez, Ernesto Díaz Infante y Jorge olivera toro. Ponente: mariano azuela Güitrón.

Volúmenes 187-192, página 79. Amparo en revisión 2502/83. Servicios profesionales tolteca, s.c. 25 de septiembre de 1984. Mayoría de dieciséis votos. Disidentes: Alfonso López Aparicio y Raúl Cuevas Mantecón. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos.

Volúmenes 187-192, página 79. Amparo en revisión 3449/83. Fundidora de aceros Tepeyac, s.a. 10 de octubre de 1984. Mayoría de catorce votos. Disidente: Raúl cuevas mantecón. Ponente: j. Ramón palacios Vargas.

Volúmenes 187-192, página 79. Amparo en revisión

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