LA PRUEBA EN EL DERECHO CONTEMPORANEO
Enviado por geomary • 13 de Mayo de 2017 • Apuntes • 3.275 Palabras (14 Páginas) • 210 Visitas
LA PRUEBA EN EL DERECHO CONTEMPORANEO.
INTEGRANTES:
DOCENTE ASESORA: BIBIANA SUARES
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS
PROGRAMA: DERECHO
VIII SEMESTRE
2017 I PERÍODO
CONTENIDO
- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
- DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
- DELIMITACIONES
- TEMPORAL
- ESPACIAL
- CONCEPTUAL
- JUSTIFICACIÓN
- OBJETIVOS
- GENERAL
- ESPECIFICOS
- BIBLIOGRAFÍA
- FICHAS BIBLIOGRAFICAS
- RELACIÓN DE FICHAS BIBLIOGRAFICAS.
- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
- DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
La historia dice que el derecho empieza a surgir no solo para impulsar la organización de los territorios y regular las relaciones entre sus habitantes, sino que la idea de derecho comienza a expandirse como una respuesta a la urgente necesidad de humanizar las relaciones entre administrados y la administración. Siendo de conocimiento entonces, que en la antigüedad los castigos que se imponían traían consigo una naturaleza cruel, que no era más que de lo que se estaba construyendo a el hombre.
Los jefes, los monarcas, los soberanos, los emperadores y los reyes se adentraban a la imposición de castigos crueles donde no se respetaban los derechos mínimos a los cuales el ser tiene acceso, a aquellos inherentes a su calidad y dignidad de persona. Es decir, practicaban correctivos totalmente aislados de las justas sanciones aplicables a cada caso, lo cual se extendía a factores muchos más arbitrarios bajo el entendido que eran impuestos solo bajo sus propios juicios, sin importar o brindarle la oportunidad de defensa a las personas en torno a los hechos que le adjudicaban responsabilidad. Todos sin la posibilidad de demostrar lo contrario, eran expuestos a sufrimientos brutales y castigos inhumanos, donde la verdad carecía de algún escaso juicio de valor que permitiera determinarla.
Lo anterior empieza hacer motivo de positivas reformas, en tanto que la crueladad empezó a configurarse como el principal impulso de lucha, y tras largas, sangrientas y dolorosas disputas la sociedad empezó a disfrutar de valiosas conquistas, las cuales hoy permiten vivir dentro de un orden superior.
Colombia a partir de 1991 empezó contar otra historia, pues antes de, vivía de un estado de anomía total en donde era casi imposible regular el comportamiento de sus ciudadanos y por ende dificultaba su transcendencia. Así lo entendió la constituyen y por tal a partir de la Constitución Política de Colombia de 1991, el Estado Colombiano goza de una norma superior más garantista respetuosa de los derechos inherentes a la calidad de ser. Respaldando su ordenamiento jurídico con la suscripción de tratados internacionales que se sumergen en la lucha por el respeto a los derechos intrínseco de cada persona.
La constitución responde abiertamente a los derechos humanos, que se constitucionalizan como derechos fundamentales, los cuales tienen una protección esencial y el Estado las blinda para que el acceso a estos derechos sea cierto, eficaz, transparente, con celeridad, justicia y verdad.
Estás garantías implican, que el ciudadano se sienta protegido y seguro al acceder a los procedimientos y procesos que se requieran para hacer valer sus prerrogativas en la sociedad y ante la ley, es decir, que cuando se le atribuyan unos hechos y se le reclaman unas pretensiones, deben ser vencidos en juicios donde se logre demostrar la verdad, a través de la observancia al debido proceso consagrado en el artículo 29 de la constitución y el real acceso a la justicia artículo 229, con sujeción estricta a la prueba y legitimando la facultad del Estado para sancionar, partiendo de su papel de administrador de justicia a través de los jueces y los equivalentes jurisdiccionales.
El derecho de acción se materializa a través de la demanda, y el sujeto demandado tiene derecho a defenderse de tal, haciendo efectivo su derecho de contradicción, y del mismo modo los dos sujetos procesales y los que intervengan en el proceso tienen derecho a probar la veracidad de sus intereses frente al juez, haciendo uso del derecho a la prueba. Es así, como la prueba justifica su valor constitucional, en tanto que contribuye a contrarrestar la arbitrariedad dentro de los procesos y limita la legitimidad del Estado, otorgándole a la verdad un valor superior en tanto que sirve como instrumento para demostrar la asistencia del derecho. El derecho a probar se erige entonces como un mecanismo de solución ante los problemas políticos, sociales, administrativos, judiciales y jurídicos que puedan vulnerar los derechos de los ciudadanos y sus garantías procesales.
El derecho a la prueba como instrumento para valorar eficazmente los hechos facticos de cada situación en particular, se hace necesario en tanto que las decisiones que se tomen dentro de un proceso no pueden supeditarse al simple juicio de valor que haga el juez de los hechos, se le deben brindar también herramientas que le sirvan para realizar un estudio más objetivo de cada caso y dar un juicio de valor sujeto a pruebas que permitan argumentar la veracidad de las decisiones finales que se tomen dentro de un proceso. A demás de esto el fallo no puede quedar sujeto a simples presunciones, creencias personales, o las opiniones personales del juez.
Ahora bien, existen otros motivos que justifican el rango constitucional al que se ha elevado a la prueba, pues ante ciertos estados como por ejemplo el de excepción no se pueden dejar a los sujetos procesales desamparados y siendo víctimas de manipulación probatoria, vulneraciones al principio de presunción de inocencia y/o alteración de la realidad. Es por tanto que las garantías y los derechos constitucionalmente fundamentales no pueden llegar a suspenderse, pues no se está frente a derechos transitorios.
Es a partir del carácter fundamental que se le atribuye a la prueba, donde nacen los principales problemas con respecto a su verdadero alcance como componente esencial dentro del proceso, y como vía obligatoria para la garantía del debido proceso y el derecho a acceder a la justicia. La jurisprudencia Colombiana atendiendo a la importancia material de la prueba se ha referido en diferentes ocasiones al respecto y ha seguido la línea constitucional como es obvio, en tanto que sostiene que la prueba como derecho subjetivo, no se eleva a fundamental por el solo hecho de ser un mandato constitucional, sino que ello se debe a que hace parte de las propiedades más íntimas del ser humano, y es precisamente esa naturaleza las que la hace exigible frente al Estado y las instituciones encargadas de cumplir con sus funciones.
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