LIMITACIÓN DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL DE LOS FUNCIONARIOS OFICIALES
Enviado por Maria Luisa Rodriguez • 24 de Noviembre de 2020 • Tarea • 253 Palabras (2 Páginas) • 141 Visitas
Maria Luisa Rodriguez Cortes
Derecho Colectivo del Trabajo
Taller #1
LIMITACIÓN DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL DE LOS FUNCIONARIOS OFICIALES.
Podemos ver que en el artículo 416 del CST, se contienen las limitaciones de las funciones para los sindicatos que son de empleados públicos, estos sindicatos no pueden presentar pliegos de peticiones, ni celebrar convenciones colectivas, que así en el artículo 55 de la constitución política se garantice el ejercicio al derecho a la negociación colectiva, este se encuentra limitado únicamente por las excepciones de la ley. Pero además los demás sindicatos de los trabajadores oficiales tienen todas las atribuciones de los otros sindicatos de trabajadores y sus pliegos de peticiones se transmitirán en los mismos términos que los demás, aun si estos no puedan hacer huelga
Esto se justifica por la vinculación legal y reglamentaria que tienen los empleados públicos. En la ley 411 se reguló el procedimiento para la negociación exclusiva de las condiciones de empleo entre entidad y autoridad pública competente y las organizaciones sindicales de empleados públicos, se aplica a toda entidad y organismo, con excepción a los siguientes:
- Empleados públicos que desempeñen empleos de alto nivel político, jerárquico o directivo, que tengan funciones de atribución de gobierno, representación, autoridad o de conducción nacional. el cual su ejercicio implique que se adopten políticas públicas.
- Trabajadores oficiales
- Fuerzas militares y Policía Nacional
Por otro lado para hacer efectivo el derecho a la negociación pública para las organizaciones sindicales de empleados públicos, éstos podrán acudir a otros medios que garanticen la concertación de condiciones de trabajo
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