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La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes (LOPNA)


Enviado por   •  2 de Julio de 2020  •  Informe  •  1.105 Palabras (5 Páginas)  •  334 Visitas

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           La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes (LOPNA), Tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la familia y la sociedad deben brindarles desde el momento de su concepción.

      En este sentido el Estado está obligado a velar por la aplicación de estos derechos de conformidad con su legislación nacional y las demás obligaciones que hayan contraído en virtud de los instrumentos internacionales pertinentes en esta materia.

 La protección integral viene a ser una serie de instrumentos jurídicos cuyo fin esencial es proteger y garantizar la protección de los niños, niñas y adolescentes en todas sus áreas de desarrollo, tratando de lograr un engranaje entre la  familia, estado y comunidad, para lograr que se respeten  y garanticen los derechos de éstos.

        La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación define en su artículo 2 a la “defensa integral” como el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones y las personas con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la integridad y el desarrollo integral de la nación”.

Resulta de importancia enseñar estos conceptos desde las escuelas, más aún, cuando la seguridad y defensa ya no se concibe meramente desde el ámbito militar, sino integral; es decir de toda la sociedad y en todos los ámbitos: político, cultural, económico, geográfico, ambiental y social.

Dentro de las políticas educativas que el Estado a través del Ministerio Popular para la Educación (MPPE), ha venido implementando y desarrollando en los planteles del país, se encuentran los consejos educativos, los cuales dentro de los distintos comité que lo conforman se encuentran los Comité de Seguridad y Defensa Integral, quienes tienen claramente definidas sus funciones establecidas:

La administración educativa, los directivos, profesores, personal administrativo, obreros y demás, deben llevar a cabo acciones y actuaciones que promuevan y garanticen la seguridad física emocional y social durante el horario escolar, implicando al alumnado y a las familias en la gestión de la seguridad y la promoción de la cultura preventiva.

      Los espacios educativos no están exentos de la presencia de la violencia escolar, la cual incide en el desarrollo normal y la sana convivencia que debe imperar en los mismos.

      La violencia en los planteles puede ser verbal, física o psicológica, percibida como agresión, intimidación, amenaza, humillación o chantaje, tener su origen dentro del centro o fuera del mismo. En ella se identifica a la víctima y al victimario; si bien la tendencia es a tomar partido por la víctima, el problema (como lo sugiere Jesús Machado) se debe afrontar desde las dos perspectivas, en la medida que ambos se encuentran atrapados en una misma situación.

      Como en toda sociedad, también en la escuela está presente la agresividad y esta desencadena problemas más o menos graves en el contexto escolar. Los docentes sufren las agresiones de sus alumnos, los alumnos a su vez, están expuestos a las agresiones de sus compañeros y de los profesores; y todos ellos sufren, aunque de distintas maneras, la presión de la violencia estructural.

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