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Ley Organica De Proteccion Al Niño Y Al Adolescente


Enviado por   •  6 de Julio de 2011  •  3.046 Palabras (13 Páginas)  •  1.445 Visitas

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POLITICA DE PROTECCION:

La política de protección y atención a niños, niñas y adolescentes es el conjunto de orientaciones y directrices publicas dictadas por organismos con competencias en la materia, para guiar y dirigir acciones que aseguren y garanticen los derechos y deberes consagrados en esta ley. Estas políticas deben estar dirigidas o encausadas en materia de asistencia, comunicación, integración, coordinación, promoción, evaluación, control, estímulo y financiamiento; donde el Estado y la sociedad en general tienen la responsabilidad de formular y ejecutar dichas políticas de protección conforme a esta ley y sujetas a ella para la protección integral de niños, niñas y adolescentes dentro de su ámbito de competencia.

Los programas los establece la misma ley en sus artículos 123 y 124. y representan la secuencia de las acciones desarrolladas por personas o entidades con diferentes fines con la intención de fortalecer las relaciones afectivas dirigidas a los niños, niñas y adolescentes, para ello se cuenta con programas de asistencia para los niños y familias en situación de pobreza o que afectados por desastres naturales, de apoyo para estimular al niño a la integración del seno familiar, de colocación familiar con el fin de organizar la colocación de los niños y adolescentes en familias sustitutas , de rehabilitación y prevención para atender a los niños y adolescentes que hayan sido objeto de torturas, maltratos, explotación, abuso, así como la atención de aquellos que necesiten la rehabilitación en los casos de drogadicción, alcohol, etc.

De identificación representan programas que atienden las necesidades de inscripción de los niños y adolescentes en el Registro del Estado Civil con la finalidad de poder obtener documentos de identidad, de formación son programas dirigidos a las personas que se dediquen a la atención de niños y adolescentes con la intención de adiestrarlas, así como también cubrir las necesidades de adiestramiento de los niños y adolescentes, de sus padres o representantes, de localización son programas dirigidos a la localización de los padres o representantes de los niños y adolescentes con la intención de atender sus necesidades. De abrigo son programas de protección con la intención de colocar a los niños o adolescente en el seno de una familia sustituta o en una institución adecuada. Los programas comunicacionales garantizan por cualquier medio de comunicación la divulgación para que el niño y adolescente haga efectivo el uso de sus derechos y deberes, los socio-educativos representan la ejecución de sanciones impuestas por infracciones a la ley penal, de promoción y defensa permiten a los niños y adolescentes que conozcan sus derechos y los culturales con la finalidad de difundir los valores autóctonos de la cultura universal.

PAPEL DEL ESTADO, FAMILIA Y COMUNIDAD, OBLIGATORIEDAD:

El Estado tiene la obligación indeclinable de tomar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales, y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar que todos los niños y adolescentes disfruten plena y efectivamente de sus derechos y garantías.

El Estado debe asegurar políticas, programas y asistencia apropiada para que la familia pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para que los padres y las madres asuman, en igualdad de condiciones, sus responsabilidades y obligaciones.

La familia es responsable, de forma prioritaria, inmediata e indeclinable, de asegurar a los niños y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus hijos.

La sociedad debe y tiene derecho de participar activamente para lograr la vigencia plena y efectiva de los derechos y garantías de todos los niños y adolescentes.

El Estado debe crear formas para la participación directa y activa de la sociedad en la definición, ejecución y control de las políticas de protección dirigidas a los niños y adolescentes.

El Estado, la familia y la sociedad deben asegurar, con Prioridad Absoluta todos los derechos y garantías de los niños y adolescentes. La prioridad absoluta es imperativa para todos y comprende:

a) Especial preferencia y atención de los niños y adolescentes en la formulación y ejecución de todas las políticas públicas;

b) Asignación privilegiada y preferente, en el presupuesto, de los recursos públicos para las áreas relacionadas con los derechos y garantías de los niños y adolescentes y para las políticas y programas de protección integral al niño y adolescente;

c) Precedencia de los niños y adolescentes en el acceso y la atención a los servicios públicos;

d) Primacía de los niños y adolescentes en la protección y socorro en cualquier circunstancia.

PROGRAMAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA LOPNA:

Dentro de los Programas de Atención Integral al niño y el adolescente se resalta en el art. 36, el programa para niños(as) y adolescentes discapacitados; se reconoce el derecho a una educación especializada, intervienen los Ministerios de Salud y de Educación., además del PROMUDEH en caso de abandono.

• Se considera que debe haber un Programa para niños y adolescentes maltratados ó víctimas de violencia sexual, a cargo del sector salud y se incluye la atención de la familia.

• Sobre las Instituciones Familiares, en relación a la patria potestad, en relación a la tenencia del niño y del adolescente y respecto al régimen de visitas.

• La administración de Justicia Especializada en el Niño y el Adolescente: se reduce el tiempo de internamiento (6 años) que pasa el adolescente privado de su libertad a un tiempo máximo de 3 años. Sin embargo de acuerdo a la sentencia el adolescente infractor tiene que hacer una reparación civil al agraviado.

La política pública enmarcada en el Código de los niños y adolescentes se orienta principalmente a brindar protección integral y a conceptualizar a los niños y niñas y adolescentes como grupos vulnerables y de alto riesgo, así como sujetos de derechos. Esto es más notorio en el sector salud, en donde la atención del niño y del adolescente es una prioridad y se refleja en los programas de Salud Escolar, en el Programa MAMIS (Módulo de Atención Materno Infantil de Salud).

Artículo 123. Definición. EI programa es la secuencia de acciones desarrolladas por personas o entidades con fines pedagógicos, de protección, atención, capacitación, inserción social, fortalecimiento de relaciones afectivas

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