La Ley.
Enviado por magysita_95 • 14 de Agosto de 2014 • Tesis • 2.027 Palabras (9 Páginas) • 211 Visitas
La Ley
La ley como fuente del derecho objetivo puede tomarse en tres sentidos: en Sentido Amplísimo ley es toda norma jurídica obligatoria; en Sentido Amplio es toda norma jurídica de origen estatal en forma escrita y de cierto modo solemne y en Sentido Restringido es el mandato de carácter general emanado del órgano del Estado a quien corresponde la función legislativa mediante el proceso establecido en la constitución. Estas distintas acepciones permiten elaborar una definición más específica de la ley
Ley es la ordenación de la razón al bien común promulgada por aquel que tiene a su cuidado la comunidad; es toda norma jurídica reguladora de los actos y de las relaciones humanas, aplicable en determinados tiempo y lugar. Es todo precepto dictado por autoridad competente, mandando o prohibiendo una cosa en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernantes.
La ley en la teoría general del derecho puede ser tomada en dos aspectos Uno formal que se refiere a la que ha sido dictada por el poder legislativo conforme a los procedimientos específicamente preestablecidos y otro Material, que alude a toda norma jurídica cuyo contenido regula una multiplicidad de casos, haya sido dictada o no por el órgano legislativo
Caracteres de la Ley
Caracteres externos
Generalidad y abstracción: es decir la ley no se dicta para casos particulares ni personas individualmente consideradas, sino que están sometidas a ellas todos los que se encuentran en el supuesto de hecho o hipótesis de la misma.
Permanencia: porque la ley solo puede extinguirse o cambiarse por los procedimientos establecidos en la constitución o en las leyes.
Legitimidad Formal: deben ser dictadas por el poder social competente (poder legislativo a través de sus órganos) y por otros órganos competentes para producir normas jurídicas de carácter general.
Caracteres Internos
Son más bien condiciones esenciales para que la ley llene su función rectora y humana.
Debe ser Honesta: no debe estar en pugna con un principio superior perteneciente al derecho natural ni con una ley de jerarquía superior con el Derecho positivo.
Debe ser Justa: porque se ordena al bien común.
Debe ser Posible: no debe exigir actos heroicos.
Adecuada a las costumbres del lugar y conveniente en el tiempo.
Debe ser Clara.
Provechosa: estatuida para utilidad de los ciudadanos y no para beneficio particular; debe estar orientada para obtener el bien común en armonía con la seguridad y la justicia.
Obligatoriedad: La ley es obligatoria y coercible. Obligatoria porque impone un deber para obtener el bien común; debe existir una obligaciónmoral de obedecer el derecho; y Coercible para que sea capaz de ser exigida por la fuerza cuando no se cumple espontáneamente.
Tipos de Leyes
Sistema al que pertenecen
Nacionales: son aquellas que rigen en un país determinado
Extranjeras: son aquellas que rigen en un país diferente al nuestro
De Uniforme: Tratados internacionales ratificados válidamente por las repúblicas
De Acuerdo a las Fuentes del Derecho
Consuetudinaria: basadas en las costumbres
Legislativas: emanan del órgano legislativo.
Jurisprudenciales: emanan de los tribunales.
Voluntarias: los contratos
Por su Jerarquía
Constitucionales
Ordinarias
Reglamentarias
Individualizadas
Por el Ámbito de Validez
Validez Espacial: según el espacio donde se pueda aplicar la ley
Validez Temporal:
Vigencia Indeterminada: cuando establece cuando comienza a tener vigencia pero no cuando termina la misma.
Vigencia Determinada: cuando establece cuando comienza a tener a vigencia y cuando termina la misma.
Por la Sanción
Más que perfectas: La Consecuencia lleva consigo la nulidad del acto y el pago de una multa
Perfectas: prevén la inexistencia o nulidad del acto
Menos que perfectas: prevén sanción pero el acto produce sus efectos
Imperfectas no prevén ninguna sanción.
Leyes Orgánicas
Artículo 203. Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Todo proyecto de ley orgánica, salvo aquel que la propia Constitución así califica, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las dos terceras partes de los y las integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de ley. Esta votación calificada se aplicará también para la modificación de las leyes orgánicas.
Las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas serán remitidas, antes de su promulgación, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico. La Sala Constitucional decidirá en el término de diez días contados a partir de la fecha de recibo de la comunicación. Si la Sala Constitucional declara que no es orgánica la ley perderá este carácter.
Leyes Habilitantes
Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y el marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio.
Reglamentos:
Es la norma jurídica de carácter general dictada por la Administración Pública, para su aplicación a todos los sujetos de derecho y en todos los casos que caigan dentro de sus supuestos de hecho.
Proceso de Elaboración de la Ley Formal
Se desarrolla a través de las siguientes etapas:
Iniciativa:
Comprende la elaboración del proyecto de ley que tendrá que presentarse a la Asamblea Nacional por aquellos que tienen la facultad de iniciarla. En nuestro país Artículos 204 y 281 numeral 7 de la C.R.B.V.
Discusión
Una vez presentado el proyecto de ley se discute dos veces en la Asamblea.(Artículo 207 C.R.B.V.) Aprobado el proyecto se declara sancionada la ley.
Promulgación
Corresponde al poder ejecutivo; Comprende los siguientes actos:
Promulgación de la ley: acto solemne en el que el jefe de estado atestigua la existencia de una ley y ordena a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Publicación de la ley: consiste en la notificación solemne de la ley a todos sus súbditos (Artículo 215 C.R.B.V.)
Entrada en Vigor: es el momento en que la ley
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