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La designación del Fiscal Anticorrupción a nivel Federal y Estatal


Enviado por   •  21 de Agosto de 2017  •  Apuntes  •  5.279 Palabras (22 Páginas)  •  247 Visitas

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La designación del Fiscal Anticorrupción a nivel Federal y Estatal.

The designation of the Anti-Corruption Prosecutor at Federal and State levels.

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Carlos Alberto Aceves García [1]

Sumario: I. Introducción. II. Problemáticas y perspectivas del nombramiento del Fiscal Anticorrupción en México. III. Marco normativo para la designación del Fiscal anticorrupción  .IV. Avances y retos del Fiscal Anticorrupción en Jalisco. V. Conclusiones. VI. Bibliografía.

Resumen: El análisis de la designación del Fiscal Anticorrupción tanto a nivel Federal como en el Estado de Jalisco involucra aspectos políticos, jurídicos y sociales; Particularmente las problemáticas y perspectivas de su nombramiento, avances y retos apegados al marco normativo, para que de manera ordenada y sistemática concluyan con la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción.

Palabras clave: Corrupción, Fiscal, Administración Pública, fiscalización, auditoria, autonomía, averiguación previa, Derecho a la información, Derecho administrativo, Derecho penal.

Abstract: The analysis of the designation of the Anti-Corruption Prosecutor, both at the Federal level and in the State of Jalisco, involves political, juridical and social aspects; Particularly the problems and prospects of their appointment, progress and challenges attached to the regulatory framework, so that in an orderly and systematic manner they conclude with the implementation of the National Anti-Corruption System.

Key words: Corruption, Public Prosecutor, Public Administration, Audit, Audit, Autonomy, Preliminary Inquiry, Right to Information, Administrative Law, Criminal Law.

I. Introducción

Desde la Reforma Constitucional de mayo de 2015, donde se crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), México emprende el camino para combatir el cáncer que ha destruido la confianza del ciudadano hacia las instituciones públicas, aquella némesis que ha obstaculizado la mejora de nuestra economía nacional y ha incrementado los niveles de violencia en todo el país. (Animal Político, 2017)

Ante dicha reforma, el Estado mexicano en primera instancia se ve en la necesidad de aprobar y promulgar dos leyes generales, una que distribuyera competencias entre los órdenes de Gobierno y estableciera  las responsabilidades administrativas, obligaciones y sanciones para los servidores públicos, por otro lado una  ley general que instituyera las bases de coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción. (Senado de la República, 2017)

En ese orden de ideas, existía la obligatoriedad de crear una Fiscalía Especializada en Materia de Delitos relacionados con Hechos de Corrupción que fuera la mano operativa del sistema y gozara de autonomía funcional, presupuestal y de gestión, capaz de investigar, integrar y someter expedientes a consideración de los jueces penales asuntos de corrupción. Dicha Institución estaría a cargo del Fiscal Anticorrupción, quien a su vez tendría que ser nombrado por el Senado de la República.

Una de las primeras tareas para que la Fiscalía Anticorrupción entrara de lleno a la operatividad, era hacer mancuerna con las principales autoridades del comité coordinador, por ello hubo la necesidad de modificar y promulgar una decena de leyes que complementaran al SNA, en primera instancia se debía de regular la organización y facultades de la  Auditoría Superior  de la Federación, así como aquellas leyes que normaran  la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales.

Otra parte fundamental para el desarrollo del SNA y para impulsar el trabajo colectivo de la Fiscalía, era la creación de la ley orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, misma que le dotaría plena autonomía para dictar sus fallos, establecer su organización, funcionamiento y los recursos que servirían para impugnar sus resoluciones. Dentro del ejecutivo Federal se llevaría a cabo adecuaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública con el objeto de que la Secretaría responsable del control interno asumiera las facultades necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones.

Finalmente, uno de los detalles más finos del SNA y de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos relacionados con Hechos de Corrupción, la organización, operación y   coordinación con los Congresos de las Legislaturas de los Estados y de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizaran las adecuaciones normativas correspondientes a la entrada en vigor de las leyes Generales, con ello se lograría una homologación con el sistema y permitiría que cada entidad federativa contara con su propio Fiscal Anticorrupción. (40 organizaciones académicas y sociales, 2017)

De acuerdo con dicha reforma constitucional, el Sistema Nacional Anticorrupción estará conformado por un comité coordinador, mismo que será el órgano más importante , ya que es el responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Nacional y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción; en cuanto a su integración estará conformada por los titulares de las dependencias ejes del Sistema: Un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo presidirá; el titular de la Auditoría Superior de la Federación; el titular de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción; el titular de la Secretaría de la Función Pública; un representante del Consejo de la Judicatura Federal; el Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y el  Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Al hacer un análisis basto, nos encontraremos con un Comité plural, el cual permite hacer contrapesos en la toma de decisiones, lo que permitirá darle un poco más de certidumbre al ciudadano y confianza a la Instituciones.

En cuanto a las Instituciones rectoras del SNA que se comentaron con anterioridad tenemos en primer plano a la Secretaria de la función Pública, encargada de vigilar y evaluar el funcionamiento de la Administración Pública; a la Auditoria superior de la Federación, cuya atribución principal es detectar casos de corrupción en las instituciones; al Consejo de la Judicatura Federal quien a su vez promoverá de información necesaria en aras de combatir a la impunidad en el poder judicial; al Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) para que vincule información con el SNA y las entidades federativas ;el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que como se mencionó tendrá la facultad de atraer por medio de su sala especializada los casos graves de corrupción e impartir justicia; el Comité de Seguridad Ciudadana donde cinco personas serán el enlace con la ciudadanía para prevenir la corrupción y tener el control democrático del SNA y finalmente la Institución de la cual versa el presente ensayo ,la Fiscalía Anticorrupción, independiente capaz de investigar, integrar y someter expedientes a consideración de los jueces penales asuntos de corrupción, dicha institución goza de autonomía, funcional, presupuestal y de gestión.

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